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CRC - Concepto 2025519647 de 2025

Comisión de Regulación de Comunicaciones

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Detalles

Título
CRC - Concepto 2025519647 de 2025
Autor
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2025

Outlook

RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2025811497

Desde Comisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co> Fecha Vie 27/06/2025 10:06 AM CC Comisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co>;

ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-4-72.COM <ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-472.COM>

RADICACION DE SALIDA No. 2025519647

Rad. 2025811497 Cod. 9000 Bogotá D.C.

REFERENCIA: ACLARACIÓN CANLIZACIÓN DE ENLACE - CANALIZACIÓN DE DISTRIBUCIÓN La Comisión de Regulación de Comunicaciones (en adelante, CRC), recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual realiza consulta sobre aclaración canalización de enlace - canalización de distribución.

Inicialmente es de aclarar que la Comisión de Regulación de Comunicaciones, es el órgano encargado de promover la competencia en los mercados, promover el pluralismo informativo, evitar el abuso de posición dominante, regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones y garantizar la protección de los derechos de los usuarios; con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad, de las redes y los servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora, de

conformidad con el artículo 19 de la Ley 1341 de 2009, modificado por el artículo 15 de la Ley 1978 de 2019. Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas. 21/8/25, 3:30 p.m. Correo: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm%… 1/3De acuerdo con su consulta donde consulta de manera explícita: “¿es posible compartir en cámaras de enlace tanto para la canalización de enlace y la de distribución, si y solo si, se

respete la capacidad de la tubería de cada una acorde a lo indicado en la reglamento?” Es importante aclarar que el reglamento en su objeto determina las condiciones mínimas para el desarrollo de la infraestructura soporte y la red TDT. En el caso de las cámaras de enlace estas estarán distribuidas en el diseño de la infraestructura soporte de acuerdo a las condiciones del diseño arquitectónico y determinaciones del ingeniero diseñador de la red. El numeral 2.2.3 Cámaras de enlace, determina de manera explícita: “Podrán ser varias cámaras de enlace en caso de requerirse, o ninguna si las condiciones del diseño no la hacen necesaria. (…) Así mismo, el diseñador de la red, tiene la potestad técnica de incluir más de una caja de enlace de ser necesaria, con el fin de mejorar las condiciones técnicas de la infraestructura soporte, ahora bien, tener una sola cámara de enlace para canalización de enlace y la canalización de distribución no se encuentra viable, debido a que la canalización de distribución numeral 2.2.6 va desde el SETI o SETU hasta los gabinetes de piso, de manera explícita dice. “Su función es brindar un espacio para la instalación del cableado desde los salones y/o gabinetes de equipos de telecomunicaciones hacia los gabinetes de piso.” Por lo anterior, se plantea de manera única la canalización de distribución. El diseñador de la infraestructura soporte deberá definir en el proceso de coordinación técnica con la arquitectura las rutas favorables para que tanto la canalización de enlace como la canalización de distribución cumplan a cabalidad con las condiciones mínimas del reglamento. Para finalizar, los invitamos a revisar mayor información dispuesta en el micrositio del Reglamento que puede consultar

canalización de enlace como la canalización de distribución cumplan a cabalidad con las condiciones mínimas del reglamento. Para finalizar, los invitamos a revisar mayor información dispuesta en el micrositio del Reglamento que puede consultar en https://www.crcom.gov.co/es/pagina/ritel, donde puede revisar los documentos sometidos a comentarios, los comentarios recibidos, las respuestas dadas e incluso el análisis de impacto normativo realizado. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.

Proyectado por: Juan David Botero O Revisado Juan Pablo Hernández Finalmente, le solicitamos diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta .

La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. Le solicitamos que en caso de que requiera elevar una petición adicional sobre éste u otro tema lo realice a través denuestro correo institucional atencioncliente@crcom.gov.co, único correo habilitado para la radicación de lassolicitudes o acceda al siguienteformulario .

NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad. 21/8/25, 3:30 p.m. Correo: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook

https://outlook.office.com/mail/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%

2FpnORiZRJmFbm%… 2/3En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario . Cordial saludo, Nota Confidencial: Esta comunicación constituye un pronunciamiento oficial de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y esta entidad no se hace responsable por las alteraciones que pueda sufrir este mensaje después de su envío. 21/8/25, 3:30 p.m. Correo: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm%… 3/3

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