CRC - Concepto 2025539085 de 2025
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Disponible
Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2025539085 de 2025
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad_Prensa
- Año
- 2025
Outlook
RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2025718135
Desde Comisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co> Fecha Vie 28/11/2025 2:54 PM
CC ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-4-72.COM
RADICACION DE SALIDA No. 2025539085
Rad. 2025718135 Cod. 9000 Bogotá, D.C.
REF: RITEL - ACLARACIÓN IMPLEMENTACIÓN RES. 7930 DE 2025
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con radicado 2025718135, mediante la cual solicita se aclare si, para proyectos que ya cuenten con licencia de construcción antes de la fecha de entrada en vigor de la Resolución 7930 de 2025, se puede implementar la infraestructura soporte de acuerdo con las consideraciones técnicas de esta. Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas.
que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas. Ahora bien, frente a su solicitud, la Resolución CRC 7930 de 2025, mediante la cual se actualiza el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL), tiene como finalidad facilitar la implementación del reglamento en aquellos inmuebles sometidos al régimen de copropiedad o propiedad horizontal establecido en la Ley 675 de 2001, o en las normas que la modifiquen, sustituyan o complementen, cuyo uso sea vivienda y que, a la fecha de entrada en vigencia de la citada resolución (1.º de julio de 2026), no cuenten con licencia de construcción como obra nueva o no hayan iniciado la etapa de preventa. De igual forma, los demás inmuebles que no se encuentren obligados por esta medida podrán acogerse voluntariamente a la actualización, recordando que la certificación correspondiente solo podrá otorgarse una vez entre en vigencia la actualización, es decir, a partir del 1.º de julio de 2026. 12/1/26, 9:56 p.m. Elementos enviados: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm%… 1/3En este sentido, es viable que proyectos que ya cuenten con licencia de construcción se ajusten a las especificaciones
técnicas establecidas en la Resolución CRC 7930 de 2025, siempre y cuando dichos proyectos surtan su etapa de certificación con posterioridad a la entrada en vigor de la mencionada resolución. En caso contrario, deberán esperar hasta la fecha indicada para realizar el proceso de certificación bajo las condiciones previstas en esta actualización normativa. En los anteriores términos damos respuesta a su solicitud y estamos atentos a realizar cualquier aclaración al respecto. Cordialmente,
Proyectado por: David Alberto Murillo N.
Aprobado por: Miguel Andrés Durán D.
Finalmente, le solicitamos diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta . La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. Le solicitamos que en caso de que requiera elevar una petición adicional sobre éste u otro tema lo realice a través denuestro correo institucional atencioncliente@crcom.gov.co, único correo habilitado para la radicación de lassolicitudes o acceda al siguienteformulario .
NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad.
En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario . Cordial saludo, Nota Confidencial: Esta comunicación constituye un pronunciamiento oficial de la Comisión de Regulación de Comunicaciones, y esta entidad
no se hace responsable por las alteraciones que pueda sufrir este mensaje después de su envío. 12/1/26, 9:56 p.m. Elementos enviados: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm%… 2/3https://outlook.office.com/mail/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm%… 3/3