CRC - Concepto 2025539610 de 2025
Comisión de Regulación de Comunicaciones
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Disponible
Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2025539610 de 2025
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad_Prensa
- Año
- 2025
Outlook
RESPUESTA A RADICACION ENTRADA No. 2025826581
DesdeComisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co> FechaMié 3/12/2025 3:50 PM Para MVELASQUEZ@ICCONSTRUCTORA.CO <MVELASQUEZ@ICCONSTRUCTORA.CO> CC Comisión de Regulación de Comunicaciones <comunicacioncrccare@crcom.gov.co>; ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-4-72.COM <ENVIOCORREOCERTIFICADO@CORREOCERTIFICADO-4-72.COM> 1 archivo adjunto (937 KB) Respuesta Email Firmado 2025826581 - 3122025.pdf;
RADICACION DE SALIDA No. 2025539610
Rad. 2025826581 Cod. 9000 Bogotá D.C. Señor MICHAEL S. VELÁSQUEZ Coordinador técnico de Diseño IC Constructora mvelasquez@icconstructora.co
Bogotá D.C REFERENCIA: Consulta sobre aplicación anticipada del RITEL (CRC-7930) Respetado señor Velásquez, La Comisión de regulación de comunicaciones (en adelante, CRC), recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual hace una consulta sobre aplicación anticipada del RITEL (CRC-7930).
Previo a dar respuesta a su inquietud, resulta pertinente mencionar que esta Comisión al rendir conceptos, lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 “Por
medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta, y no 4/2/26, 8:23 a.m. Elementos enviados: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/0/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm… 1/3constituye de manera alguna aprobación de diseños u obras relacionadas. Ahora bien, frente a la Resolución CRC 7930 de 2025, con la cual se actualiza el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL), debe indicarse que la finalidad de la actualización es optimizar los procesos y facilitar la implementación del RITEL. Lo anterior, en atención a las tendencias constructivas y desarrollos tecnológicos en la prestación de servicios. En este punto resulta oportuno indicar que esta actualización del reglamento rige de manera obligatoria en todos aquellos inmuebles que estén sometidos al régimen de copropiedad o propiedad
horizontal establecido en Colombia por la Ley 675 de 2001 o las normas que la modifiquen, sustituyan o complementen, cuyo uso sea vivienda, y que a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución CRC 7930 de 2025 (1 de julio de 2026) no cuenten con licencia de construcción como obra nueva, o no hayan iniciado la etapa de preventa de cualquier proyecto constructivo. Así mismo, dado que la finalidad de la actualización es facilitar la implementación del reglamento, los demás inmuebles que no están acogidos de manera obligatoria por la medida, pueden acogerse a la actualización de manera voluntaria, recordando que, en todo caso, la certificación correspondiente solo podrá darse una vez entre en vigencia la actualización (1 de julio de 2026). Ahora bien, puntualmente para su consulta, las dos fases de proyecto que ya están en ejecución deben de avanzar en su ejecución de acuerdo con la resolución vigente. Para la tercera fase, y de acuerdo con las indicaciones de tiempos, podrá desarrollar los diseños técnicos para dicha fase bajo la Resolución CRC 7930 de 2025, ya que su proceso de certificación se dará posterior a la entrada en vigencia de la nueva resolución, acogiéndose de manera anticipada para el desarrollo técnico de la infraestructura soporte y la red TDT En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que requieran.
Proyectado por: Juan David Botero
Revisado por: Miguel Andrés Durán
Finalmente, le solicitamos diligenciar la encuesta haciendo click en el siguiente enlace: encuesta . La información es muy valiosa para la CRC ya que nos permite mejorar la calidad de nuestra atención. Le solicitamos que en caso de que requiera elevar una petición adicional sobre éste u otro tema lo realice a través denuestro correo institucional atencioncliente@crcom.gov.co, único correo habilitado para la radicación de lassolicitudes o acceda al siguienteformulario .
NOTA: Este mensaje fue enviado por el sistema de Gestión Documental de la Comisión de Regulación de Comunicaciones . Por favor no intente responder a este mensaje, dado que este buzón de correo no es revisado por ningún funcionario de esta Entidad.
En caso de requerir información adicional, por favor acceda al siguiente formulario . Cordial saludo, 4/2/26, 8:23 a.m. Elementos enviados: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/0/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm… 2/3Nota Confidencial: Esta comunicación constituye un pronunciamiento oficial de la Comisión de Regulación deComunicaciones, y esta entidad no se hace responsable por las alteraciones que pueda sufrir este mensaje despuésde su envío. 4/2/26, 8:23 a.m. Elementos enviados: Comisión de Regulación de Comunicaciones - Outlook https://outlook.office.com/mail/0/id/AAMkAGIxOTVhNmIwLTYxNWQtNDY4Yy1hZDg0LWZlMmJhNDMwZWVjOABGAAAAAABiL%2FpnORiZRJmFbm… 3/3