CRC - Concepto 2025540609 de 2025
Detalles
- Título
- CRC - Concepto 2025540609 de 2025
- Autor
- Comisión de Regulación de Comunicaciones
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Libertad de Prensa
- Año
- 2025
Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278 Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025 Rad. 2025828371 Cod. 8000 Bogotá D.C.
Señor:
STIVER SEBASTIAN MARTÍNEZ ROJAS.
Ingeniero Electricista MARVAL Correo: smartinezr@marval.com.co
REF: Consulta adopción anticipada de la actualización del RITEL – Resolución CRC 7930 de 2025.
Respetado señor Martínez: La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su comunicación con el número de consecutivo arriba anunciado, mediante la cual hace consulta con relación al asunto de la referencia.
Antes de proceder a responder sus inquietudes, se considera pertinente mencionar que el pronunciamiento que presenta esta Comisión en relación con los asuntos expuestos en su escrito de consulta se efectúa con sujeción de lo establecido en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA 1y de las competencias que se le han otorgado en el ordenamiento jurídico vigente. De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normatividad le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta.
autoridades administrativas, sobre lo que cabe recordar que en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta. Teniendo en cuenta lo anterior, y en atención a su consulta en la cual manifiesta: «Por medio de la presente, solicito respetuosamente el acompañamiento técnico para evaluar la viabilidad de adoptar anticipadamente la actualización del Reglamento Interno de Telecomunicaciones (RITEL), establecida mediante la Resolución CRC 7930 de 2025, en los proyectos de vivienda que actualmente nos encontramos estructurando y que se hallan en fase conceptual.», la CRC le informa lo siguiente. La Resolución CRC 7930 de 2025, mediante la cual se actualiza el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL), tiene como finalidad facilitar la implementación del reglamento en aquellos inmuebles sometidos al régimen de copropiedad o propiedad horizontal establecido en la Ley 675 de 2001, o en las normas que la modifiquen, sustituyan o complementen, cuyo uso sea vivienda y que, a la fecha de entrada en vigencia de la citada resolución (1.º de julio 1 Artículo 28. Alcance de los conceptos. Salvo disposición legal en contrario, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución. Digitally signed by ANDRES
JULIAN FARIAS FORERO Date: 2025.12.12 16:15:1405:00
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Continuación: Consulta adopción anticipada de la actualización del RITEL – Resolución CRC 7930 de 2025. Página 2 de 2
Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025 de 2026), no cuenten con licencia de construcción como obra nueva o no hayan iniciado la etapa de preventa. Sin perjuicio de lo anterior, es viable que proyectos que ya cuenten con licencia de construcción se ajusten a las especificaciones técnicas establecidas en la Resolución CRC 7930 de 2025, siempre que su aplicación sea de manera integral, sin fraccionamientos o adopciones parciales. Adicionalmente, dichos proyectos deberán surtir su etapa de certificación con posterioridad a la entrada en vigor de la mencionada resolución. En caso contrario, deberán esperar hasta la fecha indicada para realizar el proceso de certificación bajo las condiciones previstas en esta actualización normativa. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que se requiera. Cordial saludo,
ANDRÉS JULIÁN FARÍAS FORERO
normativa. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que se requiera. Cordial saludo, ANDRÉS JULIÁN FARÍAS FORERO Coordinador de Relacionamiento con Agentes (E)
Proyectado por: Manuel Alejandro Rojas Nieto
Revisado por: Miguel Andrés Duran