CRC - Concepto 2025542549 de 2025

Comisión de Regulación de Comunicaciones

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Detalles

Título
CRC - Concepto 2025542549 de 2025
Autor
Comisión de Regulación de Comunicaciones
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2025

Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278 Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025 Información pública Rad. 2025829666 Cod. 8000 Bogotá, D.C.

Señor:

CRISTIAN CAMILO GRISALES LONDOÑO

Coordinador de Diseños Dirección Ejecutiva Operaciones CONSTRUCTORA BOLÍVAR Correo electrónico: cristian.grisales@constructorabolivar.com REF: Consulta sobre empleo de cajas de comunicaciones existentes como caja exterior Respetado señor Grisales: La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) recibió su consulta con radicado número 2025829666, mediante la cual realiza una solicitud la posibilidad de «[…] conectar las Etapas 4 y 5 del proyecto Entrelomas a una caja de comunicaciones ya instalada y en uso dentro del conjunto […]», acompañada de una justificación técnica y argumentos adicionales. Inicialmente, le informamos que la CRC es una Unidad Administrativa Especial del orden nacional con independencia administrativa, técnica, patrimonial y presupuestal, con personería jurídica, que forma parte del sector administrativo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Así mismo, es el órgano encargado de promover la competencia en los mercados, el pluralismo informativo, evitar el abuso de posición dominante, regular los mercados de las redes y los servicios de comunicaciones y garantizar la protección de los derechos de los usuarios. Lo anterior, con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad de las redes y servicios de comunicaciones,

la protección de los derechos de los usuarios. Lo anterior, con el fin que la prestación de los servicios sea económicamente eficiente, y refleje altos niveles de calidad de las redes y servicios de comunicaciones, incluidos los servicios de televisión abierta radiodifundida y de radiodifusión sonora. También resulta pertinente mencionar que, esta Comisión al rendir conceptos lo hace de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 1755 del 2015 «Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo». De este modo, el alcance del pronunciamiento solicitado tendrá los efectos que la normativa le otorga a los conceptos rendidos por las autoridades administrativas. Por tanto, en la medida en que los conceptos no pueden analizar situaciones de orden particular y concreto, los mismos deben hacer referencia de manera general y abstracta respecto de las materias sobre las que versa su consulta. Respecto a la solicitud, se precisa que el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones (RITEL), contenido en el Anexo 8.1 de la Resolución CRC 5050 de 2016 1, no contempla, en su texto normativo, mecanismos de excepción o flexibilización para la conexión de nuevas etapas a infraestructura interna preexistente, salvo que se demuestre el cumplimiento integral de los requisitos mínimos que 1 Resolución CRC 5050 de 2016. Disponible en: https://normograma.crcom.gov.co/crc/compilacion/docs/resolucion_crc_5050_2016.htmDigitally signed by

7BE14E8666BF476A885DAC4347CDD749

Date: 2025-12-26

16:00:14 -05:00

Reason: Fiel Copia del

Original

Location: Colombia

Calle 59A BIS No. 5-53, Edificio Link Siete Sesenta, piso 9 Bogotá, D.C. Código postal 110231 - Teléfono +57 601 319 8300 Línea gratuita nacional 018000 919278

Continuación: CONSULTA EMPLEO DE CAJAS DE COMUNICACIONES EXISTENTES COMO CAJA EXTERIOR Página 2 de 2

Versión No. 16 Aprobado por: Coordinación Relaciones con Grupos de Valor Fecha de vigencia: 13/01/2025 Información pública establece el reglamento. La CRC, en su competencia regulatoria, no está facultada para autorizar excepciones particulares ni para avalar soluciones técnicas que se aparten de lo dispuesto en el reglamento, siendo responsabilidad del constructor y del organismo de inspección verificar el cumplimiento normativo y la viabilidad técnica de la solución propuesta. En este punto, también es importante mencionar que la CRC expidió la Resolución 7930 de 2025 «Por la cual se actualiza el Reglamento Técnico para Redes Internas de Telecomunicaciones» 2. Esta resolución rige a partir del 1 de julio de 2026 y entre sus modificaciones establece nuevas dimensiones para algunos elementos como las cámaras de entrada y de enlace. Por lo que le recomendamos revisar si bajo esta actualización la infraestructura existente cumple o excede los requisitos mínimos del RITEL, teniendo en cuenta que la obtención de la certificación sería después de la fecha mencionada. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier información adicional que requiera. Cordialmente,

cuenta que la obtención de la certificación sería después de la fecha mencionada. En los anteriores términos, damos respuesta a su comunicación y quedamos atentos a cualquier información adicional que requiera. Cordialmente, MARIANA SARMIENTO ARGÜELLO Coordinadora de Relaciones con Grupos de Valor

Proyectado por: Andres Sanabria Revisado por: Miguel Andrés Duran 2 Resolución CRC 7930 de 2025. Disponible en: https://www.crcom.gov.co/sites/default/files/normatividad/00007930.pdf

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