Creacion_Bono_Entrenamiento_Defensa_Personal
CONCEJO MUNICIPAL
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Detalles
- Título
- Creacion_Bono_Entrenamiento_Defensa_Personal
- Autor
- CONCEJO MUNICIPAL
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- —
BE GUATEMALA .
" Concejo Municipal. ACUERDO COM-28-2010 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en la Constilución Política de la República - de Guatemala y el Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del o Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, a quien le corresponde la administración de sus intereses y la obtención, distribución y ejecución de sus recursos.
CONSIDERANDO: Que para la mejor ejecución de sus funciones la Municipalidad de Guatemala cuenta con la Policía Municipal, dependencia que tiene como objeto el brindar seguridad tanto dentro del Palacio Municipal como fuera de el, a los vecinos de la ciudad de
Guatemala.
CONSIDERANDO: Que los miembros de la Policia Municipal desarrollan una actividad de mucha trascendencia la cual requiere de dedicación y esfuerzo tanto mental como físico, motivo por el cual resulta procedente el otorgamiento de un “Bono" con el objeto que los empleados municipales que son miembros de la Policía Municipal puedan recibir entrenamiento en defensa personal.
POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 3, 9, 52, 53 inciso a) del Código Municipal, contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República: 19 inciso f) de la Ley del Servicio Municipal, contenida en el Decreto número 1-87 del Congreso de la República.
ACUERDA: Artículo 1. Creación. Se crea el "BONO PARA ENTRENAMIENTO DE DEFENSA
número 1-87 del Congreso de la República.
ACUERDA: Artículo 1. Creación. Se crea el "BONO PARA ENTRENAMIENTO DE DEFENSA PERSONAL" para los Policías Municipales que asisten a dicho entrenamiento desde el mes de enero del presente año, fijándose dicho Bono en la cantidad de doscientos
quetzales (Q200.00) mensuales.DE GUATEMALA: Concejo Municipal Hoja No. 2 Acuerdo COM-28-2010 Artículo 2. El "BONO PARA ENTRENAMIENTO DE DEFENSA PERSONAL" será otorgado Únicamente a los siguientes miembros de la Policía Municipal, Agentes: Gloria Delfina Rodríguez Aguilar, Edras Manolo Hernández Hernández, Ángela Mejía Godoy, Lindaflor Guadalupe Cifuentes Arredondo, Mónica Paola Morales Cordón, Edwin René Martínez O Rodríguez, Lecne! Barillas Guzmán, Oficiales II Jairo Estuardo Matzul Alfaro, José Leonel Pineda Estrade, Elsy Amarilis Recinos Eguizabal, Aroldo Muñoz Torres, Héctor Grijalva Hernández, Saqueo Morales Solomán, Lucía Antonia Pérez Hernández, Oficiales 11 Maynor David Rodríguez Pichiya, Luis Saúl De León De León, Fredy Alexander Cardona Oroxón, Eric Fernando Gómez Recinos, Oswin Isoi Hernández Paiz, Erick Marroquín Mendoza, Eusebio De La Trinidad Mayorga Cerón, Oficial | Byron Barillas Solares, SubComisarios Fredyl Ronaldo Véliz Donis, José Andrée Flores Tobar.
Artículo 3. El bono que por el presente Acuerdo se crea, será otorgado Únicamente durante el período de tiempo en que dicho entrenamiento sea necesario a criterio de la Dirección encargada y siempre que cada uno de los miembros de la Policía Municipal inscritos, efectivamente se encuentre recibiendo el entrenamiento. Asimismo, no se tomará en cuenta para el cálculo de indemnización laboral, horas extras, bonificación anual (Bono 14) y Aguinaldo. Artículo 4. La Dirección de Recursos Humanos tendrá a su cargo la gestión del LO otorgamiento del "BONO PARA ENTRENAMIENTO DE DEFENSA PERSONAL", quedando bajo su estricta responsabilidad la implementación de los mecanismos administrativos que permitan la verificación y controles respectivos. Articulo 5. Para los efectos de cumplimiento del presente Acuerdo, se instruye a la Dirección Financiera de la Municipalidad de Guatemala, realizar las respectivas operaciones contables, financieras y presupuestarias. Articulo 6. El presente Acuerdo entrará a regir inmediatamente. Dado en ef salón de sesiones "Miguel Angel Asturias” del Palacio Municipal, a los ene Adolfo Cifuentes Mendoza E eulretaro Municipal AEALID o < > ens ©