CREG - Auto Inicio 20250000464 EXP 20240073

Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Auto Inicio 20250000464 EXP 20240073
Autor
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
—

SCFT004_V1

Auto Experto Comisionado Delegado ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Bogotá, D.C., AUTO 0000464 de 2025

LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

EXPERTO COMISIONADO DELEGADO RES. N° UAE_99_287 de 2025

(Comisionado William Abel Mercado Redondo: UAE_99_287 de 2025) Asunto: Inicio de Actuación Administrativa para la aprobación del Mercado Relevante Especial de Distribución conformado por el centro poblado de Payacal del municipio de La Mesa del departamento de Cundinamarca, de los Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo - GLP por redes de tubería. Radicado CREG E2023018761

Número de solicitud de Apligas: 2971.

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el Numeral 73.11 del Artículo 73 y en el Literal d) del Numeral 74.1 del Artículo 74 de la Ley 142 de 1994, le compete a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la función de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos.

La Comisión expidió tanto la metodología para la remuneración de la actividad de

distribución de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 de 2018 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante la Metodología de Distribución; como los criterios generales para remunerar la actividad de comercialización minorista de gas combustible a usuariosPC FT 010_V9 ___________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 regulados y las reglas para la aprobación de los cargos tarifarios correspondientes, en adelante la Metodología de Comercialización, contenida en la Resolución CREG 102 003 de 2022.

Mediante la Circular CREG 030 del 10 de abril de 2019 la Dirección Ejecutiva divulgó el procedimiento aplicable al trámite de solicitud y aprobación de mercados relevantes de distribución de gas combustible por redes y de sus cargos tarifarios de distribución de gas combustible para el siguiente período tarifario, conforme a Metodología. De acuerdo con lo establecido en las Metodologías, tanto para efectos de aprobación de cargos de distribución como de comercialización para los Mercados Relevantes de su interés, las empresas que desarrollen dichas actividades deben hacer uso del aplicativo Apligas para efectuar el cargue de la información para la presentación de las solicitudes tarifarias de su interés. La empresa NORTESANTANDEREANA DE GAS NORGAS S.A. E.S.P. (en adelante

NORGAS S.A. E.S.P), a través de comunicación radicada en la CREG bajo el número E2023018761 del 23 de octubre de 2023, solicitó la aprobación de cargos de Distribución de Gas Licuado de Petróleo - GLP por redes y la aprobación del Componente Fijo del Costo de Comercialización para el mercado relevante especial, conformado como sigue: Cód. DANE Centro Poblado Municipio Departamento 25386031 Payacal La Mesa Cundinamarca La empresa NORGAS S.A. E.S.P., efectuó el cargue de la información para la solicitud tarifaria en cuestión en el aplicativo Apligas, la cual fue confirmada bajo el número 2971, consecutivo asignado por el aplicativo, para las actividades de distribución yPC FT 010_V9 ___________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 comercialización.

En su solicitud tarifaria NORGAS S.A. E.S.P. informa que el mercado relevante propuesto NO cuenta con aportes de recursos públicos para la cofinanciación de infraestructura de redes de distribución de gas Licuado de Petróleo. Verificada la completitud de la solicitud tarifaria, se encuentra procedente adelantar el análisis del estudio tarifario presentado por la empresa NORGAS S.A. E.S.P., para efectos de la aprobación del Mercado Relevante Especial de Distribución para el Siguiente Período Tarifario y de los Cargos de Distribución por redes de tubería y del

Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo - GLP para dicho mercado relevante nuevo. La correspondiente actuación administrativa para el trámite de la solicitud tarifaria presentada estará sujeta, en lo pertinente, a lo establecido en el Capítulo II del Título VII, Artículo 106 y siguientes de la Ley 142 de 1994 y, en lo no previsto en ellos, a las normas de la Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución CREG UAE_99_287 de 2025, con el propósito de agilizar los procesos y actividades de la administración, se delegó al Experto Comisionado William Abel Mercado Redondo, que ostenta la profesión de abogado, y actualmente es el director ejecutivo suplente, el impulso de las actuaciones administrativas con el objeto de tomar decisiones de carácter particular y concreto en las actividades reguladas de distribución y comercialización de gas combustible por redes de tubería, entre otras. En consecuencia,PC FT 010_V9 ___________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Dar inicio a la Actuación Administrativa de aprobación de los Cargos de Distribución por redes de tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo - GLP presentada por la empresa

NORGAS S.A. E.S.P., así como del mercado relevante especial conformado como sigue, según la Metodología vigente: Cód. DANE Centro Poblado Municipio Departamento 25386031 Payacal La Mesa Cundinamarca ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar la apertura del correspondiente expediente administrativo, el cual deberá contener todos los documentos y diligencias relacionados con la Actuación Administrativa de que trata el ordinal anterior. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación en el portal web de la CREG y en el Diario Oficial el resumen de la solicitud tarifaria objeto de la presente Actuación Administrativa, que se anexa al presente Auto, para los efectos del Artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar la presente decisión al representante legal de la empresa NORGAS S.A. E.S.P. o a quien haga sus veces, el contenido del presente Auto, al correo electrónico norgas@colgas.com suministrado para el efecto.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

WILLIAM ABEL MERCADO REDONDO

Experto Comisionado Delegado por el Director Ejecutivo

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