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CREG - Resolución 501 072 de 2024

Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Resolución 501 072 de 2024
Autor
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

República de Colombia Ministerio de Minas y Energía COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 2024 (10 OCT. 2024) Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 2696 de 2004 y 1260 de 2013.

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG, fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.

Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, publicada en el Diario Oficial del 3 de febrero de 2018, se expidió la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222

Nacional, SIN, la cual fue aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022, 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024. Mediante la Resolución CREG 137 de 2019 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la EMPRESA DE ENERGÍA DEL PACÍFICO S.A. E.S.P. (hoy CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P.). El plan de inversiones inicialmente aprobado fue modificado para el periodo 2023-2027 mediante la Resolución CREG 501 035 de 2024. En el documento CREG 901 073 de 2024 se encuentra el soporte de la Resolución CREG 501 035 de 2024, donde se incluyen los criterios de revisión de la información, las bases de datos utilizadas y los cálculos realizados por la Comisión, para definir las variables aprobadas.RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 2/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024.

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., mediante comunicación con radicado CREG E2024008507 del 20 de junio de 2024, presentó recurso de reposición contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. En la comunicación citada, CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. expresó lo siguiente: (…) JULIÁN DARÍO CADAVID VELÁSQUEZ , mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía número 71.624.537, expedida en Medellín, actuando en calidad de Representante Legal de CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. (en adelante CELSIA COLOMBIA), encontrándome dentro del término legal, respetuosamente mediante el presente documento me dirijo a ustedes, a fin de interponer RECURSO DE REPOSICIÓN en contra del Acto Administrativo mediante el cual la CREG modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. aprobado en la Resolución CREG 137 de 2019, Resolución No. 501 035 de 2024, con la finalidad de que se REVOQUE la mencionada decisión. Recurso que me permito sustentar con las siguientes consideraciones jurídicas (…) Al respecto, el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece qué recursos proceden contra los actos administrativos, y en el numeral 1 dispone:

me permito sustentar con las siguientes consideraciones jurídicas (…) Al respecto, el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece qué recursos proceden contra los actos administrativos, y en el numeral 1 dispone:

  1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.

Por su parte, el artículo 93 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo consagra: ARTÍCULO 93. Causales de revocación. Los actos administrativos deberán ser revocados por las mismas autoridades que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores jerárquicos o funcionales, de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de los siguientes casos:

1. Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o a la ley.

2. Cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él.

3. Cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona.

En tal sentido, la figura de la revocatoria directa sólo opera por las causales taxativamente señaladas en la Ley. Adicionalmente, en cuanto a la improcedencia de la revocación directa de los actos administrativos, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo señala: ARTÍCULO 94. Improcedencia . La revocación directa de los actos administrativos a solicitud de parte no procederá por la causal del numeral 1 del artículo anterior, cuando el peticionario haya interpuesto los recursos de que dichos actos sean susceptibles, ni en relación con los cuales haya operado la caducidad para su control judicial.RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 3/24

del artículo anterior, cuando el peticionario haya interpuesto los recursos de que dichos actos sean susceptibles, ni en relación con los cuales haya operado la caducidad para su control judicial.RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 3/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. Revisados los argumentos expuestos por el recurrente, no encuentra esta Comisión procedente conceder la revocatoria del acto administrativo particular, en tanto no se demuestra la vulneración de las causales establecidas en el artículo 93 antes citado. En conclusión, por lo anteriormente expuesto no se accede a lo solicitado. A continuación, se relacionan las demás solicitudes presentadas por la empresa y el análisis de la Comisión para cada una:

I. Primera solicitud

(…) 2.1 Resultados valoración CELSIA COLOMBIA Una vez revisado el valor del plan de inversiones solicitado por CELSIA COLOMBIA en agosto de 2022, para el periodo 2023 -2027, evidenciamos muchas diferencias con respecto a la valoración inicial presentada por la CREG, las cuales dan un valor acumulado para los 5 años de $54.781 Millones de pesos.

(…) Análisis de la Comisión La valoración inicial presentada por la Comisión considera el reconocimiento de todos los activos solicitados por el OR, con base en un aplicativo desarrollado para tal fin, el cual incluye todas las consideraciones y reglas para la valoración de cada uno de los activos solicitados en el plan de inversión según la metodología de la Resolución CREG 015 de 2018. Dicha valoración puede incluir variaciones relacionadas con la forma en que el OR reporta la información y las Unidades Constructivas, UC, especiales. Por lo tanto, el resultado de la valoración presentada por la Comisión en el documento CREG 901 073 de 2024 corresponde al ejercicio de simular el reconocimiento de todas las UC solicitadas por el OR, a excepción de las UC especiales y las UC que no cumplan con los criterios de valoración como, por ejemplo, módulos comunes solicitados para la misma subestación, nivel de tensión y año de entrada en operación, conductores sin el número de conductores definido, entre otros.

II. Segunda solicitud (…) 2.2 Falta de Información indispensable para identificar las Unidades Constructivas con fines de seguimiento.

El documento adjunto soporte “Inventario_reconocido_INVA_OR_-_CELSIA_2023_2027”, debe contar con toda la información necesaria requerida para identificar plenamente cada unidad constructiva reportada y aprobada, conforme a lo establecido en la Circular CREG 029 de 2018, con la finalidad de poder hacer un adecuado seguimiento de las inversiones a través de los informes anuales mencionados en la Circular CREG 024 de 2020 y en el numeral 6.7 de la Resolución CREG 015 de 2018, así como para poder llevar a cabo las futuras auditorías

informes anuales mencionados en la Circular CREG 024 de 2020 y en el numeral 6.7 de la Resolución CREG 015 de 2018, así como para poder llevar a cabo las futuras auditorías definidas en la Resolución CREG 101 022 de 2022. Por lo anterior, se solicita que la CREG adicione el formato “Inventario_reconocido_INVA_OR__CELSIA_2023_2027”, incluyendo la información por aquella aprobada, y la cual falta porRESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 4/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. omisión de la CREG y no de CELSIA COLOMBIA, quien al momento de realizar la solicitud de aprobación del plan de inversión del periodo 2023-2027, reportó todos estos campos y diligenció los formatos establecidos, dando aplicación al numeral 6.2 de la resolución CREG 015 de 2018. La información faltante de reporte por parte de la CREG es la relacionada a continuación:

  • En el formato "formato7_UC_lineas", no se incluye el campo "IUA provisional". • En el formato "formato8_UC_eq_linea", no se incluye el campo "IUA provisional". • En el formato "formato11_trafos_N1", no se incluyen los campos "IUA ajustado", "IUA Reemplazado" y “Año entrada operación”.
  • En el formato "formato11_trafos_N1", no se incluyen los campos "IUA ajustado", "IUA Reemplazado" y “Año entrada operación”. • En el formato "formato12_redes_N1", no se incluyen los campos "IUA ajustado", "IUA Reemplazado" y “Año entrada operación”. (…) Análisis de la Comisión Luego de verificar la observación del OR, así como la revisión de los datos, se valida que en el archivo “Inventario_reconocido_INVA_OR_-_CELSIA_2023_2027” entregado como anexo al documento CREG 901 079 de 2024 los campos indicados por el OR no se encuentran en el archivo mencionado.

Sin embargo, vale la pena destacar que los formatos definidos por la Comisión en la Circular CREG 051 de 2018 para la presentación de los planes de inversión en los formatos 5.7, 5.8, 5.11 y 5.12 no se encuentran dichos campos definidos, y aun cuando en el archivo “ Inventario_reconocido_INVA_OR__CELSIA_2023_2027” aparecen algunos de estos campos, en los formatos ya mencionados se encuentran celdas vacías. Ahora bien, teniendo en cuenta que los campos indicados por el OR, si bien no hacen parte de los formatos oficiales, facilitan la trazabilidad de la información de UC asociadas con líneas y con activos de baja tensión, se considera apropiado mantener la información de los campos diligenciados por el OR, la cual no se exigió como obligatoria en todos los casos, por la dificultad asociada a su diligenciamiento completo por parte de algunos OR.

mantener la información de los campos diligenciados por el OR, la cual no se exigió como obligatoria en todos los casos, por la dificultad asociada a su diligenciamiento completo por parte de algunos OR. Dado que CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., efectivamente aportó dicha información, esto facilita el seguimiento del plan de inversión con fines regulatorios que pueda realizar la Comisión, a la vez que no implica ningún inconveniente en el procesamiento y valoración de la información. Considerando lo presentado por el OR en el radicado CREG E2023016540 del 15 de septiembre de 2023, donde se incluyeron los campos que menciona, la Comisión decide acceder a la solicitud e incluir los campos solicitados en los inventarios reconocidos

III. Tercera solicitud (…) 2.3 Indebida exigencia de solicitud de concepto UPME para proyectos tipo IV en nivel de tensión 4.

Dentro de las unidades constructivas no aprobadas por la Comisión en el documento soporte anexo a la Resolución No. 501 035 de 2024, se encuentran los proyectos de nivel de tensión 4RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 5/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la

Resolución CREG 501 035 de 2024. con inversión tipo IV, ya que, a criterio de la CREG, estos proyectos requieren de aprobación por parte de la UPME: “(…) No obstante, las UC de nivel de tensión 4 con tipo de proyecto IV, requieren el concepto UPME (…)”, Sin embargo, tal afirmación es incorrecta y pareciera ser más una interpretación subjetiva de la norma por parte de quien expide el Acto, que una exclusión basada en el incumplimiento objetivo de la norma, puesto que el capítulo 6 de la Resolución CREG 015 de 2018 determinó de manera expresa y taxativa los tipos de proyectos bajo los cuales se deben incluir los proyectos de inversión del OR y los criterios generales aplicables a seguir en la formulación y presentación del plan de inversión, clasificación y criterios generales que están claramente determinados y cuya finalidad de determinación está enfocado a la consideración de la demanda y el sistema eléctrico, y son lo suficientemente claros, fáciles de entender que no generan dudas o inquietudes, de manera que no es posible que la CREG interprete estas disposiciones desatendiendo su tenor literal, pues como se dijo este es tan claro que la CREG solamente puede aplicar estas disposiciones y no interpretarlas, de manera que el rechazo al reconocimiento de las unidades constructivas de tensión 4 con proyecto tipo IV por no contar con aprobación UPME es errónea y además violatoria de los principios de confianza legitima y buena fe, ya que la

aprobación de la UPME está determinada de manera clara y textual para los proyectos tipo I y II exclusivamente, no para los tipo IV como mal lo entiende la CREG: (…) Análisis de la Comisión La Resolución CREG 015 de 2018 establece en el numeral 6.3.4 del Anexo General que los proyectos de inversión en el Sistema de Transmisión Regional, STR, tipo I y II requieren aprobación por parte de la Unidad de Planeación Minero-Energética, UPME, de acuerdo con los criterios definidos por dicha entidad. Por otro lado, los proyectos de inversión tipo IV según el numeral 6.3.3.2 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, corresponden a proyectos que buscan mejorar la confiabilidad y calidad del servicio, la reducción y mantenimiento de pérdidas, la renovación tecnológica de los activos de uso del sistema y otras áreas que identifique el OR. CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. presentó los siguientes proyectos en nivel de tensión 4 con tipo de inversión IV: Código proyecto Nombre del proyecto Año entrada operación

CELSIACOL_EXP_NORM_SUB

_CODAZZI115_2023

Normalización y Cambio Configuración S/E Codazzi 115 Kv 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_SM_C

O115_2023 Bahia de linea en San Marcos segundo circuito San Marcos-Codazzi 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_SB_CO

115_2023 Bahia de linea en Santa Barbara segundo circuito Santa Barbara-Codazzi 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_ESTAM

115_2023 Nueva Subestacion Estambul 115 kV y obras asociadas 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_SB_CO

115_2023 Bahia de linea en Santa Barbara segundo circuito Santa Barbara-Codazzi 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_ESTAM

115_2023 Nueva Subestacion Estambul 115 kV y obras asociadas 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_GUAC

115_2023 Segundo acople de barras en subestaciones Guachal 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_TYUM1

15_2023 Segundo acople de barras en subestacion Termoyumbo 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_CRT11

5_2023 Ampliación y Cambio Configuración Cerrito 115 kV 2023

CELSIACOL_EXP_SUB_PALMA

S115_2024 Subestacion Las Palmas 115 kV y transformación 115/34kV 2024RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 6/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. Código proyecto Nombre del proyecto Año entrada operación E_AMP_PSEC Reconfig y Ampliac S/E Palmasec 115 2025 E_AMP_ALFE Ampliación S/E Alférez II STR 2025

CELSIACOL_EXP_SUB_PACIFI CO115_2025 Subestación PACÍFICO 115 kV (2025) 2025

CELSIACOL_EXP_SUB_ESTAM

115_2025 Transformación 300 MVA 220/115 kV (6x50 MVA) Estambul 115 kV 2026 E_SUB_MEDI S/E Mediacanoa 115 kV 2026

CELSIACOL_EXP_SUB_ESTAM

115_2025 Transformación 300 MVA 220/115 kV (6x50 MVA) Estambul 115 kV 2026 E_SUB_MEDI S/E Mediacanoa 115 kV 2026 E_SUB_LAUR S/E La Uribe 115 kV 2026 E_FACT_VAL FACTS_Cartago_Zarzal_La Unión 2025 EXP-EQSE-IT-NT0-Y1 Reposicion Equipos de Subestacion 2023 EXP-EQSE-IT-NT0-Y2 Reposicion Equipos de Subestacion 2024 EXP-EQSE-IT-NT0-Y3 Reposicion Equipos de Subestacion 2025 EXP-EQSE-IT-NT0-Y4 Reposicion Equipos de Subestacion 2026 EXP-EQSE-PT-NT4-Y1 Equipos de Subestacion 2023 EXP-EQSE-PT-NT4-Y2 Equipos de Subestacion 2024 EXP-EQSE-PT-NT4-Y3 Equipos de Subestacion 2025 EXP-EQSE-PT-NT4-Y4 Equipos de Subestacion 2026 EXP-EQSE-PT-NT4-Y5 Equipos de Subestacion 2027 EXP-UCSE-INT-NT4-Y4 Interrruptores en subestaciones 2026 EXP-UCSE-N4-Y2 Equipos de Subestacion 2024 EXP-UCSE-TC-NT4-Y3 TC¿s en subestaciones 2025 EXP-UCSE-TC-NT4-Y5 TC¿s en subestaciones 2027 EXP-UCSE-TC-NT5-Y2 TC¿s en subestaciones 2024 EXP-UCSE-TC-NT5-Y3 TC¿s en subestaciones 2025

EXP-UCSE-TC-NT5-Y4 TC¿s en subestaciones 2026 EXP-UCSE-TC-NT5-Y5 TC¿s en subestaciones 2027 PROY-GEMA -2023 Inversión Gestión de Activos 2023 2023 PROY-UCLN-NT4-Y2 Reposicion de Redes 2024 PROY-UCLN-NT4-Y4 Reposicion de Redes 2026

EXP-UCLN-NT4-Y3 Redes 2025

SDEAI_4_23 Extincion de incendio Sub 115 2023 SDEAI_4_24 Extincion de incendio Sub 115 2024 SDEAI_4_25 Extincion de incendio Sub 115 2025 SDEAI_4_26 Extincion de incendio Sub 115 2026 MEUNI_23 MERGING UNIT Subestaciones 2023 2023 MEUNI_24 MERGING UNIT Subestaciones 2024 2024 MEUNI_25 MERGING UNIT Subestaciones 2025 2025 MEUNI_26 MERGING UNIT Subestaciones 2026 2026 Entre estos proyectos se destacan los siguientes, frente a los cuales CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. suministra el concepto entregado por la UPME: (…) Se relaciona el listado de los Proyectos conceptuados por la UPME y el numero de la Resolución expedida por la ésta, los cuales también se adjuntan a este recurso como Pruebas (Pruebas

No.1, 2, 3 y 4):RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 7/24

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la

Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024.

CÓDIGO CREG NOMBRE CONCEPTO UPME FECHA

(dd/mm/aaaa)

CELSIACOL_EXP_SUB

_ESTAM115_2023

Nueva Subestacion Estambul 115 kV y obras asociadas 20211520009191 11/02/2021

CELSIACOL_EXP_SUB _PACIFICO115_2025 Subestación PACÍFICO 115 kV (2025) 20201520049011 15/10/2020

CELSIACOL_EXP_SUB

_PALMAS115_2024

Subestacion Las Palmas 115 kV y transformación 115/34kV 20221000163531 16/12/2022

CELSIACOL_EXP_SUB

_CRT115_2023 Ampliación y Cambio Configuración Cerrito 115 kV 20221000163541 16/12/2022

CELSIACOL_EXP_NOR

M_SUB_CODAZZI115_

2023 Normalización y Cambio Configuración S/E Codazzi 115 Kv 20211520009191 11/02/2021

CELSIACOL_EXP_SUB

_SB_CO115_2023

Bahia de linea en Santa Barbara segundo circuito Santa BarbaraCodazzi 20211520009191 11/02/2021

CELSIACOL_EXP_SUB

_TYUM115_2023

Segundo acople de barras en subestacion Termoyumbo 20211520009191 11/02/2021

CELSIACOL_EXP_SUB

_GUAC115_2023

Segundo acople de barras en subestaciones Guachal 20211520009191 11/02/2021 (…)

subestacion Termoyumbo 20211520009191 11/02/2021

CELSIACOL_EXP_SUB

_GUAC115_2023

Segundo acople de barras en subestaciones Guachal 20211520009191 11/02/2021 (…) Sobre estos proyectos, es importante destacar el de código CELSIACOL_EXP_SUB_ESTAM115_2025, ya que corresponde a la instalación de transformadores de potencia en el Sistema de Transmisión Nacional, STN, y el OR no suministró concepto UPME, independientemente del tipo de inversión. Considerando lo presentado por el OR y los aspectos regulatorios asociados a los proyectos de inversión tipo IV, la Comisión decide en el reconocimiento de activos para el ajuste al plan de inversión 2023-2027, incluir los activos de nivel de tensión 4 pertenecientes a proyectos tipo IV, que presentaron como única observación de la Comisión el no suministro del concepto UPME, es decir, aquellos asociados a los proyectos mencionados en la tabla anterior, con conceptos UPME 20211520009191, 20201520049011, 20221000163531 y 20221000163541.

IV. Cuarta solicitud (…) 2.4 Incorrecta valoración de la información reportada para los proyectos reportados bajo “Reconectadores Celsia Valle 2024”, “Reconectadores Celsia Valle 2025”,

“Reconectadores Celsia Valle 2026” y modificación de fechas de puesta en operación sin motivación alguna. Dentro de los Proyectos reportados bajo los conceptos de Reconectadores Celsia Valle para los años 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027, la CREG no reconoció 5 de estos proyectos, manifestando duplicidad de reporte de los mismos en el “formato1_proyectosInversion”, exclusión de reconocimiento equivocada puesto que no hay duplicidad de reporte, con una simple revisión adecuada de la información reportada se puede observar que estos proyectos son diferentes, pues si bien tienen el mismo nombre, el nivel de tensión, el tipo de inversión y el código del proyecto no es el mismo. (…) Análisis de la Comisión Los proyectos cuyo nombre están relacionados con la observación presentada por el OR, se relacionan con activos de los formatos 5.7 y 5.8 del plan deRESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 8/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. inversiones. La Comisión procedió a realizar nuevamente la revisión tanto de los proyectos señalados como de los activos relacionados, y dentro de dicha revisión se encontró lo siguiente: En el radicado CREG E2023016540 del 15 de septiembre de 2023 correspondiente a la respuesta al Auto de Pruebas 0000116 del 7 de septiembre

se encontró lo siguiente: En el radicado CREG E2023016540 del 15 de septiembre de 2023 correspondiente a la respuesta al Auto de Pruebas 0000116 del 7 de septiembre de 2023, el OR reportó los siguientes proyectos relacionados con los reconectadores: Código proyecto Nivel Tipo inversión Año entrada operación RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2023 2 II 2023

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2023 3 II 2024

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2024 2 II 2025

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2024 3 II 2026

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2025 2 II 2027

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2025 3 II 2023

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2026 2 II 2024

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2026 3 II 2025

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2027 2 II 2026

RECONECTADORES_CELSIA_VALLE_2027 3 II 2027

Es importante destacar, respecto a lo que manifiesta el OR, que los proyectos mostrados en los soportes que acompañan el recurso no corresponden a los reportados en los inventarios, ni se encuentran en estos, tal como se observa al comparar lo entregado por el OR en respuesta al auto de pruebas (radicado CREG E2023016540) con la siguiente tabla contenida en el recurso (radicado CREG E2024008507). Por lo tanto, no se tuvieron en cuenta dentro del análisis (…)

CREG E2023016540) con la siguiente tabla contenida en el recurso (radicado CREG E2024008507). Por lo tanto, no se tuvieron en cuenta dentro del análisis (…) Para dar claridad, se insertan en este documento los proyectos reportados para aprobación:RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 9/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. (…) Ahora bien, en relación con la cantidad de UC aprobadas, se identificó que para los proyectos relacionados hay un total de 45 registros en el formato 5.7 (incluyendo registros de UC especiales) y 2400 registros en el formato 5.8. Esta cantidad de registros se encuentra tanto en los inventarios aprobados y suministrados como anexo al documento CREG 901 073 de 2024, así como en los inventarios suministrados por el OR en el radicado CREG E2023016540. Al respecto, teniendo en cuenta que la información inicialmente suministrada por el OR contenía códigos de proyecto repetidos, efectivamente se hizo una reclasificación de años de entrada en operación con base en la información disponible, para eliminar la duplicidad en los códigos de proyectos de inversión.

Dicho esto, la eliminación de la duplicidad en los códigos de los proyectos se realizó con el objetivo de evitar la duplicación de los activos relacionados, dado que los aplicativos utilizados por la Comisión para la valoración del inventario no pueden recibir un mismo código de proyecto para hacer referencia a proyectos distintos, por ejemplo con año de entrada en operación o nivel de tensión distinto. En relación con el ajuste del año de entrada en operación el OR señala lo siguiente: (…) Adicional a la eliminación de 5 de los proyectos solicitados en el plan de inversión, se puede notar que la Comisión realizó modificación de los años de entrada de operación en los Proyectos reportados bajo los conceptos de Reconectadores Celsia Valle para los años 2024, 2025 y 2026, cambiándolos sin ninguna justificación, como se detalla en la siguiente tabla:RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 10/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. (…) Como se mencionó anteriormente, este ajuste se debe precisamente a la eliminación de códigos de proyectos duplicados. Teniendo en cuenta la aclaración realizada por el OR en el recurso, respecto a que la información enviada como respuesta al auto de pruebas con radicado

CREG E2023016540 no corresponde a la que el OR quería entregar, con una codificación de los proyectos distinta, la Comisión decide reponer parcialmente la decisión y ajustar el código de los proyectos relacionados de la siguiente forma: Código proyecto Nivel Tipo inversión Año entrada operación RECONECTADORES_NT2_CELSIA_VALLE_2023 2 II 2023

RECONECTADORES_NT2_CELSIA_VALLE_2024 2 II 2024

RECONECTADORES_NT2_CELSIA_VALLE_2025 2 II 2025

RECONECTADORES_NT2_CELSIA_VALLE_2026 2 II 2026

RECONECTADORES_NT2_CELSIA_VALLE_2027 2 II 2027

RECONECTADORES_NT3_CELSIA_VALLE_2023 3 II 2023

RECONECTADORES_NT3_CELSIA_VALLE_2024 3 II 2024

RECONECTADORES_NT3_CELSIA_VALLE_2025 3 II 2025

RECONECTADORES_NT3_CELSIA_VALLE_2026 3 II 2026

RECONECTADORES_NT3_CELSIA_VALLE_2027 3 II 2027

En este sentido, se ajusta el código de los proyectos para que sean consistentes con los datos de nivel de tensión y año de entrada en operación reportados por el OR, pero no es posible acceder al cambio de información en el tipo de inversión para los proyectos de nivel 3 que se evidencia en las tablas entregadas por el OR en el recurso, dado que este se entiende como una modificación de la solicitud inicial que excede el alcance del recurso de reposición.

V. Quinta solicitud (…) 2.5 Negación de Unidades Constructivas especiales.

La CREG negó el reconocimiento de las unidades constructivas especiales reportadas en el Plan de Inversión, haciendo la sola manifestación de incumplimiento con lo establecido en la

(…) 2.5 Negación de Unidades Constructivas especiales. La CREG negó el reconocimiento de las unidades constructivas especiales reportadas en el Plan de Inversión, haciendo la sola manifestación de incumplimiento con lo establecido en la Resolución CREG 015 de 2018: (…) Análisis de la Comisión Las UC especiales solicitadas por el OR se muestran en la siguiente tabla: Código UCE Descripción UC especial CATEGORÍA Valor unitario solicitado (dic2017) N4_MEUNI_BL Merging unit - MEUNI_BL (bahía de línea) 4 178.105.076 N4_MEUNI_BA Merging unit - MEUNI_BA (bahía de acople) 4 136.324.001RESOLUCIÓN No. 501 072 DE 10 OCT. 2024 HOJA No. 11/24 Por la cual se resuelve el recurso de reposición interpuesto por CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P., que atiende el mercado de comercialización del Valle del Cauca, contra la Resolución CREG 501 035 de 2024. Código UCE Descripción UC especial CATEGORÍA Valor unitario solicitado (dic2017) N4_MEUNI_TR Merging unit - MEUNI_TR (bahía de transformador) 4 381.160.237 N4_SDEAI Sistema de Detección de Incendios 6 184.508.561 N3_SDEAI Sistema de Detección de Incendios 6 184.508.561 SCMGDIF_MED Sistema de comunicaciones para el monitoreo y gestión de eventos emitidos por los dispositivos indicadores de falla 13,2 kv 4 564.874 SCMGDIF_MCO Sistema de comunicaciones para el monitoreo y gestión de eventos emitidos

Sistema de comunicaciones para el monitoreo y gestión de eventos emitidos por los dispositivos indicadores de falla 13,2 kv 4 564.874 SCMGDIF_MCO Sistema de comunicaciones para el monitoreo y gestión de eventos emitidos por los dispositivos indicadores de falla 13,2 kv 4 1.358.073 SCMGDIF_MRE Sistema de comunicaciones para el monitoreo y gestión de eventos emitidos por los dispositivos indicadores de falla 13,2 kv 4 1.452.929 SCMGDIF_MGA Sistema de comunicaciones para el monitoreo y gestión de eventos emitidos por los dispositivos indicadores de falla 13,2 kv 4 2.391.370 N4FACTS4 Módulo FACTS 115 Kv 4 12.600.095.873 N1EQ2 Caja de maniobra NT1 12 29.643.480 N1EQ1 Barraje de derivación subterráneo 12 348.878 N3LC129 Poste Metálico de 24 m 1350 kg 7 11.482.611 N3LC130 Poste Metálico de 20 m 1350 kg 7 8.087.360 A cont

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