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CREG - Auto 1105 de 2007

Contraloria General de la Republica

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Detalles

Título
CREG - Auto 1105 de 2007
Autor
Contraloria General de la Republica
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

Comisión de Regulación de Energía y Gas Bogotá, 4 de diciembre de 2007 COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS -CREGDirección Ejecutiva ASUNTO: Actuaciones administrativas iniciadas con fundamento en las solicitudes de cargos de distribución de gas natural presentadas por Alcanos de Colombia S.A. ESP. y Gases de Occidente S.A.

ESP. EXPEDIENTE 2007-0023

El Director Ejecutivo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, con fundamento en las funciones asignadas mediante el Decreto 1894 de 1999, procede a decidir sobre los desistimientos presentados por Alcanos de Colombia S.A. ESP. y Gases de Occidente S.A. ESP a sendas solicitudes de aprobación de cargos de distribución de gas natural, previas las siguientes consideraciones. Que, mediante comunicación radicada con el No. E-2007-006220, Alcanos de Colombia S.A. ESP. presentó a la Comisión solicitud de aprobación de cargos de distribución y comercialización de gas natural para los municipios de Piendamó, Popayán, Santander de Quilichao y Villarrica. Que, por su parte, Gases de Occidente S.A. ESP, mediante comunicación radicada con el No. E-2007-006985, presentó solicitud de aprobación de cargos de distribución y comercialización de gas natural para los municipios de Santander de Quilichao, Villarica, Piendamó, Popayán, Puerto Tejada y Timbio. Que mediante comunicaciones radicadas con los Nos. E-2007-007789 y E-2007008121, Caucana de Gas S.A. E.S.P. manifestó su decisión de hacerse parte de

la presente actuación administrativa, solicitó incluir en el análisis de las solicitudes los programas de inversión, proyecciones de demanda y proyecciones de gastos AOM presentados por la compañía Caucana de Gas S.A. E.S.P., así como su intención de acogerse a las tarifas que sean fijadas mediante la presente actuación administrativa. Que por auto del 18 de octubre de 2007, esta Dirección Ejecutiva, con fundamento en el artículo 29 del Código Contencioso Administrativo ordenó la acumulación de las mencionadas solicitudes de aprobación de cargos y ordenó poner a disposición de los interesados el expediente, lo cual fue objeto de recurso de reposición por parte de las empresas Gases de Occidente S.A. ESP. y Alcanos de Colombia S.A. E.S.P., quienes pidieron la revocación de la acumulación las solicitudes. Que, por su parte, en el término de la tramitación de los recursos de reposición interpuestos por los Agentes arriba señalados frente a la acumulación de 3122020 FAX : 3121900 - 3121893 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co Carrera 7a No. 71-52 Torre B Piso 4°, Bogotá D. C. Colombia Comisión de Regulación de Energía y Gas Actuaciones administrativas iniciadas con fundamento en las solicitudes de cargos de distribución de gas natural presentadas por Alcanos de Colombia S.A. ESP. y Gases de Occidente S.A. ESP. EXPEDIENTE 2007-0023. Diciembre 4 de 2007 2/3 expedientes, Caucana de Gas S.A. E.S.P, en su calidad de tercero interesado,

mediante comunicación radicada con el No. E-2007-008384 manifestó su inconformidad por la negativa de entrega de copia del expediente, argumentando su derecho a obtener datos, informaciones y documentos que hagan parte del expediente pues se hizo parte de la actuación como un tercero interesado. Que, encontrándose pendiente por resolver los recursos de reposición mencionados, las empresas Alcanos de Colombia S.A. ESP. y Gases de Occidente S.A. E.S.P., mediante comunicaciones radicadas con los Nos. E-2007009266 y E-2007-009280, respectivamente, manifestaron a la Comisión su decisión de "retirar la solicitud” y desistieron de los sendos recursos de reposición interpuestos con la acumulación de las respectivas solicitudes. Que, Alcanos de Colombia S.A. E.S.P. sustenta su manifestación de retiro en su inconformidad con la "conformación de un solo mercado por diversos municipios en la zona, dentro de los cuales se encuentran incluso algunos que no fueron solicitados en nuestro expediente”, argumento totalmente infundado e inocuo en esta etapa de la actuación para sustentar su decisión de retiro de la solicitud, en tanto que no se ha adoptado decisión alguna por parte de la Comisión en ese sentido. Que considera esta Dirección Ejecutiva que en tanto las solicitudes objeto de las respectivas actuaciones provienen de la iniciativa propia de cada peticionaria, y dado que no existe norma que disponga proseguir la actuación de oficio, y no se evidencian razones que así lo ameriten, la sola manifestación de retiro de las solicitudes, sin que medie otra razón puede considerarse válida en este caso para admitir dicho retiro y, en consecuencia, así se ordenará.

Que en cuanto a las manifestaciones de Caucana de Gas S.A. E.S.P. sobre su inconformidad por el no acceso a la información en el expediente que debería contener las solicitudes acumuladas, como lo ordenó esta Dirección, es del caso precisar al libelista que jurídicamente la decisión de acumular las solicitudes solamente podía producir efectos a partir del momento en que la misma hubiere quedado en firme, es decir, el acceso al expediente acumulado era procedente hasta tanto se hubieran resuelto de fondo los recursos de reposición, aspecto que no sucedió ante el desistimiento presentado por las partes. Que, en tanto la decisión de acumular las solicitudes en un solo expediente fue objeto de recursos de reposición en los que, entre otros aspectos, se solicitó mantener la reserva de información, mientras dichos recursos y la solicitud de mantener la reserva de la información estaban pendientes de resolver no existía jurídicamente el expediente acumulado. Por tanto, entiende la Dirección que el solo hecho de exigir la acumulación para obtener la información del expediente 3122020 FAX : 3121900 - 3121893 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co Carrera 7a No. 71-52 Torre B Piso 4°, Bogotá D. C. Colombia Comisión de Regulación de Energía y Gas Actuaciones administrativas iniciadas con fundamento en las solicitudes de cargos de distribución de gas natural presentadas por Alcanos de Colombia S.A. ESP. y Gases de Occidente S.A. ESP. EXPEDIENTE 2007-0023. Diciembre 4 de 2007 3/3 antes de resolver los recursos, buscaría dejar inane los mismos, desconociendo

el debido proceso y el derecho de defensa de quienes oportunamente interpusieron tales recursos. Entiende esta Dirección Ejecutiva que el derecho de acceder a los expedientes no es un derecho absoluto que pueda ejercerse o reconocerse arbitrariamente, atropellando o desconociendo los derechos del debido proceso y la defensa, tan fundamentales como el mismo derecho acceso a la información, en virtud de los cuales se debía garantizar a los recurrentes su derecho a que la acumulación de las solicitudes en un solo expediente no produjera efectos hasta tanto no se decidieran los recursos de reposición mediante los cuales se impugnó dicha decisión. Con fundamento en lo anterior, SE DISPONE: PRIMERO.- Aceptar el desistimiento de los recursos de reposición presentados por Alcanos de Colombia S.A. E.S.P. y Gases de Occidente S.A. E.S.P. SEGUNDO.- Aceptar el retiro de las solicitudes de cargos de distribución de gas natural presentadas por Alcanos de Colombia S.A. ESP. y Gases de Occidente S.A. ESP, y en consecuencia entregar a cada uno de los representantes legales de estas sociedades su respectiva solicitud, con sus anexos correspondientes, dejando las constancias a que haya lugar en el archivo de la Comisión. TERCERO.- Archívense las actuaciones adelantadas con fundamento en las solicitudes que fueron objeto de retiro.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JAVIER AUGUSTO DIAZ VELASCO Director Ejecutivo (E) ^ 3122020 FAX : 3121900 - 3121893 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co Carrera 7a No. 71-52 Torre B Piso 4°, Bogotá D. C. Colombia

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