CREG - Auto 20230000095 de 2022
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CREG - Auto 20230000095 de 2022
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2022
Bogotá, D. C., 04 de agosto de 2023
AUTO No. 0000095
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS Dirección Ejecutiva Asunto: Inicio de Actuación Administrativa para la Aprobación de Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de gas licuado de petróleo por redes de tubería para el Mercado Relevante de Distribución para el siguiente periodo tarifario conformado por el municipio de San Vicente del Caguán, en el Departamento de Caquetá.
Número de solicitud de Apligas: 2585 y 2726.
CONSIDERANDO QUE: El Numeral 73.11 del Artículo 73, y en el Literal d) del Numeral 74.1 del Artículo 74 de la Ley 142 de 1994, le compete a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la función de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos.
En cumplimiento de sus funciones, la Comisión expidió la Metodología para la remuneración de la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en la Resoluciones CREG 202 de 2013 en concordancia con las resoluciones CREG 138 de 2014, 090 de 2018 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante la Metodología de Distribución. Así como también, la Metodología por la cual se establecen los criterios generales para remunerar la actividad de comercialización minorista de gas combustible a usuarios regulados, contenida en la Resolución CREG 102 003 de 2022. Que, mediante la Circular Número 030
Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 del 10 de abril de 2019, la Dirección Ejecutiva de la Comisión divulgó el procedimiento aplicable al trámite de solicitud y aprobación de mercados relevantes de distribución de gas combustible por redes y de sus cargos tarifarios de distribución de gas combustible para el siguiente período tarifario, conforme a la Metodología.
Que, de acuerdo con lo establecido en las Metodologías1, para efectos de aprobación de cargos de distribución para los Mercados Relevantes de su interés, las empresas distribuidoras de gas combustible deberán hacer uso del aplicativo APLIGAS, para efectuar el reporte de la información correspondiente a sus solicitudes tarifarias. La Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. a través de comunicación radicada en la CREG con el número E2022006779 del 15 de junio de 2022, solicitó la aprobación de cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Natural por redes, de conformidad con los criterios establecidos en las Metodologías, para el mercado relevante de distribución para el siguiente período tarifario conformado por el municipio relacionado en el Cuadro 1. Cuadro 1 CODIGO DANE MUNICIPIO DEPARTAMENTO 18753 San Vicente del Caguán Caquetá La empresa Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. efectuó el reporte de información de la solicitud tarifaria en cuestión en el aplicativo
APLIGAS, y la confirmó bajo el número 2585 asignado por el Aplicativo para la actividad de distribución y bajo el número 2726 para la actividad de comercialización. Revisada la solicitud tarifaria, Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. manifestó que el Mercado Relevante propuesto no cuenta con recursos públicos. 1 Literal b) del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Resolución CREG 202 de 2013 y el Numeral 19.1 del Artículo 19 de la Resolución CREG 102 003 de 2022. Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Revisada la solicitud tarifaria se encontró que no cumplía con el lleno de los requisitos exigidos en la Metodología de Distribución y/o la Metodología de Comercialización y, en consecuencia, mediante comunicación con radicado CREG S2023002921 del 20 de junio de 2023, la Comisión requirió a la empresa Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. para que completara la solicitud tarifaria allegando la siguiente información y documentación tanto para el componente de distribución como el de comercialización: 1. “Documento de identidad del solicitante o representante y/o apoderado.
2. Certificado de existencia y representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, con vigencia no mayor a dos (2) meses.
3. Razones en las que se fundamenta la petición, justificando la conformación
del mercado que se propone, señalando los beneficios de la misma y el objeto de la petición de acuerdo con el Literal a del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Resolución CREG 202 de 2013, en concordancia con las resoluciones 138 de 2014, 090 y 132 de 2018, y 011 de 2020
4. Planos en formato PDF de todos los Sistemas de Distribución que conforman la solicitud tarifaria (Numeral 6.2 del Artículo 6 de la Resolución CREG 202 de 2013, en concordancia con las resoluciones 138 de 2014, 090 y 132 de 2018, y 011 de 2020)
5. Copia del radicado del concepto UPME de la evaluación metodológica y concepto basado en las proyecciones y el estudio de demanda del Mercado Relevante Especial solicitado, Subnumeral 4.2 del Numeral 9.8.2 del Artículo 9 de la Resolución CREG 202 de 2013
6. Inversiones proyectadas para los 5 primeros años del mercado relevante de comercialización para el siguiente periodo tarifario
7. Número de usuarios proyectados para el municipio nuevo que van a conformar el Mercado Relevante de Comercialización para el Siguiente
Período Tarifario
8. Proyección de gastos de AOM de comercialización durante un horizonte de veinte (20) años y que sean concordantes con los costos que se remuneran Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 dentro de la actividad de comercialización, conforme a lo dispuesto en el
Anexo 1 de la Resolución 102 003 de 2022
9. Cálculo del componente Fijo del costo de Comercialización que se propone a la Comisión dentro del trámite administrativo de aprobación y de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 102 003 de 2022. Dicho cálculo debe ser remitido en un archivo en formato Excel” El 6 de julio de 2023, mediante radicado CREG E2023012967, la Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. conforme a lo solicitado por la Comisión, allegó la información y documentación requerida.
La Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, mediante comunicación con radicado UPME 20211600126721 del 30 de diciembre de 2021, emitió el resultado de la evaluación metodológica sobre las proyecciones de demanda para el mercado propuesto en la cual señala que la documentación está completa y cumple formalmente con lo exigido por la Metodología. Verificado el cumplimento de los requisitos exigidos en las Metodologías vigentes para aprobación de cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Natural por redes de tubería, se encuentra procedente adelantar el análisis del estudio tarifario presentado por la empresa Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. para efectos de la aprobación de los cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de gas natural por redes de tubería para el Mercado Relevante de Distribución para el siguiente periodo tarifario conformado por el municipio de San Vicente del Caguán, departamento
de Caquetá relacionado en el Cuadro 1. La presente actuación administrativa está sujeta, en lo pertinente, a lo establecido en el Artículo 106 y siguientes del Capítulo II del Título VII de la Ley 142 de 1994 y en lo no previsto en ellos, a las normas de la Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Dar inicio a la Actuación Administrativa de Aprobación de Cargos de Distribución por redes tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo – GLP presentada por la Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. para el Mercado Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Relevante de Distribución para el siguiente periodo tarifario conformado por el municipio, relacionado en el Cuadro 2, de conformidad con lo establecido en las Metodologías vigentes. Cuadro 2 CODIGO DANE MUNICIPIO DEPARTAMENTO 18753 San Vicente del Caguán Caquetá ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar la incorporación de todos los documentos, información y comunicaciones relacionadas con la actuación administrativa iniciada de conformidad el Artículo anterior, en el expediente administrativo número 20220055. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación en la página Web de la CREG y en el
Diario Oficial el resumen de la Solicitud Tarifaria objeto de la presente Actuación Administrativa, que se anexa al presente Auto, para los efectos del artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar a la Empresa Privada de Servicios Públicos de la Amazonía ZOMAC S.A.S. E.S.P. el contenido del presente Auto, al correo electrónico administracion@epsasesp.com.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
JOSE FERNANDO PRADA RÍOS
Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas
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