CREG - Auto 20230000131 de 2023
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CREG - Auto 20230000131 de 2023
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2023
Bogotá, D. C., 29 de septiembre de 2023 AUTO 0000131 del 2023
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
Dirección Ejecutiva CONSIDERANDO Asunto: Inicio de Actuación Administrativa para la Aprobación del Mercado Relevante Nuevo conformado por los municipios de Guapi en el departamento del Cauca y El Charco en el departamento de Nariño, así como de los Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo por redes de tubería del mismo.
Radicado: CREG E2023013180
Número de solicitud en Apligas: 2970
CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el Numeral 73.11 del Artículo 73 y en el Literal d) del Numeral 74.1 del Artículo 74 de la Ley 142 de 1994, le compete a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la función de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos.
En cumplimiento de sus funciones, la Comisión expidió tanto la Metodología para la remuneración de la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en la Resoluciones CREG 202 de 2013 en concordancia con las Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 resoluciones CREG 138 de 2014, 090 de 2018 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante
la Metodología de Distribución. Así como también, los criterios generales para remunerar la actividad de comercialización minorista de gas combustible a usuarios regulados y las reglas para la aprobación de los cargos tarifarios correspondientes, en adelante la Metodología de Comercialización, contenida en la Resolución CREG 102 003 de 2022. Mediante la Circular CREG 030 del 10 de abril de 2019 la Dirección Ejecutiva divulgó el procedimiento aplicable al trámite de solicitud y aprobación de mercados relevantes de distribución de gas combustible por redes y de sus cargos tarifarios de distribución de gas combustible para el siguiente período tarifario, conforme a la Metodología de Distribución. De acuerdo con lo establecido en las Metodologías de Distribución y Comercialización1, tanto para efectos de aprobación de cargos de distribución como del Componente Fijo del Costo de Comercialización para los Mercados Relevantes de su interés, las empresas que desarrollen dichas actividades deben hacer uso del aplicativo APLIGAS para efectuar el cargue de la información para la presentación de las solicitudes tarifarias de su interés. La empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., a través de comunicación radicada en la CREG bajo el número E2023013180 del 11 de julio de 2023, solicitó la aprobación de Cargos de Distribución de Gas Licuado de Petróleo por redes y la aprobación del Componente Fijo del Costo de Comercialización de este gas combustible para el mercado relevante nuevo conformado como se muestra en el Cuadro 1. Cuadro 1. Conformación del mercado relevante para el siguiente período tarifario
solicitado por DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P.
CÓDIGO DANE MUNICIPIO DEPARTAMENTO 19318 Guapi Cauca 1 Literal b) del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Resolución CREG 202 de 2013 y el Numeral 19.1 del Artículo 19 de la Resolución CREG 102 003 de 2022. Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 52250 El Charco Nariño La empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., efectuó el reporte de información de la solicitud tarifaria en cuestión en el aplicativo APLIGAS, y la confirmó bajo el número 2970 asignado por el Aplicativo para las actividades de distribución y comercialización.
En la solicitud tarifaria DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., informó que para la financiación de la infraestructura de distribución del nuevo mercado relevante solicitado no cuenta con aportes provenientes de recursos públicos y por ende asumirá el total de la inversión requerida. La empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., remitió a la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME mediante comunicación de radicado UPME 20231100116822 del 10 de julio de 2023, la solicitud de evaluación metodológica de las proyecciones de demanda para el mercado propuesto, conforme a lo establecido en
la Metodología de Distribución. Revisada la solicitud tarifaria se encontró que esta no cumplía con los requisitos exigidos en la Metodología de Distribución y, en consecuencia, mediante comunicación con radicado CREG S2023003776 del 22 de agosto de 2023, la Comisión requirió a la empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., para que completara la solicitud tarifaria y allegara la siguiente información y documentación:
1. Firma del peticionario, de conformidad con el Artículo 16 de la Ley 1437 de
2011. Si bien la empresa refiere nombres del representante legal en los documentos de presentación de la solicitud tarifaria, éstos deben estar acompañados de las firmas electrónicas del mismo.
Comisión de Regulación de Energía y Gas
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2. Análisis de precios unitarios – APU – para todos los activos especiales reportados. Aunque la empresa allegó el APU para la unidad constructiva “Paso especial de 12m”, no refiere este análisis para la Estación de GLP de 2000 galones.
Mediante radicados CREG E2023015629 y E2023015632 del 29 de agosto de 2023, conforme a lo solicitado por la Comisión, la empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., allegó la información y documentación requerida. Verificado el cumplimento de los requisitos exigidos en las Metodologías vigentes para aprobación de Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de
Comercialización de Gas Licado de Petróleo por redes de tubería, se encuentra procedente adelantar el análisis del estudio tarifario presentado por la empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., para efectos de la aprobación del Nuevo Mercado Relevante de Distribución para el Siguiente período Tarifario, de los Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo por redes para el mercado relevante descrito en el Cuadro 1. La presente actuación administrativa está sujeta, en lo pertinente, a lo establecido en el Artículo 106 y siguientes del Capítulo II del Título VII de la Ley 142 de 1994 y, en lo no previsto en ellos, a las normas de la Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Dar inicio a la Actuación Administrativa de Aprobación de Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Petróleo por redes presentada por la empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., para el siguiente período tarifario, de conformidad con las Metodologías de Distribución y Comercialización, para el nuevo Mercado Relevante que
se relaciona en el Cuadro 2. Cuadro 2. Conformación del mercado relevante para el siguiente período tarifario que será analizado por la Comisión en la presente actuación administrativa.
CÓDIGO DANE MUNICIPIO DEPARTAMENTO
19318 Guapi Cauca 52250 El Charco Nariño ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar la incorporación de todos los documentos, información y comunicaciones relacionadas con la actuación administrativa iniciada de conformidad con el Artículo Primero, en el expediente administrativo número 20230096. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación en la página Web de la CREG y en el Diario Oficial el resumen de la Solicitud Tarifaria objeto de la presente Actuación Administrativa, que se anexa al presente Auto, para los efectos del artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar el contenido del presente Auto a la empresa DISTRIBUIDORA DE GAS DEL PACÍFICO DIGAS S.A.S. E.S.P., a través de los correo electrónicos: subdireccion @digas.com.co , direccionoperativa@digas.com.co PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Comisión de Regulación de Energía y Gas
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JOSÉ FERNANDO PRADA RÍOS
Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas
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