🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Auto 20240000194 de 2023

Contraloria General de la Republica

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Auto 20240000194 de 2023
Autor
Contraloria General de la Republica
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

Bogotá D.C., 25 de enero de 2024 AUTO 0000194 de 2024 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS Dirección Ejecutiva Asunto: Inicio de Actuación Administrativa para la Aprobación del Mercado Relevante Especial conformado por los Centros Poblados de Limoncitos, Monterredondo, Tengavita y Las Mesetas del Municipio de Guayabetal y del Centro Poblado de Timacita en el Municipio de Une, en el departamento de Cundinamarca, de los Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de GLP por redes de tubería del mismo.

Número de solicitud de Apligas: 2946.

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el Numeral 73.11 del Artículo 73 y en el Literal d) del Numeral 74.1 del Artículo 74 de la Ley 142 de 1994, le compete a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la función de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos.

En cumplimiento de sus funciones, la Comisión expidió tanto la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 de 2018 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante la Metodología de Distribución; como los criterios generales para remunerar la actividad de comercialización minorista de gas combustible a usuarios regulados y las reglas para la aprobación de los cargos tarifarios ______________________________________________________________________________________________

Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 correspondientes, en adelante la Metodología de Comercialización, contenida en la Resolución CREG 102 003 de 2022.

Mediante la Circular CREG 030 del 10 de abril de 2019 la Dirección Ejecutiva divulgó el procedimiento aplicable al trámite de solicitud y aprobación de mercados relevantes de distribución de gas combustible por redes y de sus cargos tarifarios de distribución de gas combustible para el siguiente período tarifario, conforme a Metodología. De acuerdo con lo establecido en las Metodologías1, tanto para efectos de aprobación de cargos de distribución como de comercialización para los Mercados Relevantes de su interés, las empresas que desarrollen dichas actividades deben hacer uso del aplicativo Apligas para efectuar el cargue de la información para la presentación de las solicitudes tarifarias de su interés. La empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., a través de comunicación radicada en la CREG bajo el número E2023000847 del 20 de enero de 2023, complementada con los radicados CREG E2023010555 del 12 de mayo de 2023, CREG E2023014293 del 1 de agosto de 2023, CREG E2023017094 del 25 de septiembre de 2023, CREG E2023019907 del 16 de noviembre de 2023 y el radicado CREG E2023020355 del 24 de noviembre de 2023, solicitó la aprobación de cargos de Distribución de Gas Licuado

de Petróleo – GLP por redes y la aprobación del Componente Fijo del Costo de Comercialización para el mercado relevante especial en los municipios de Guayabetal y Une, departamento de Cundinamarca, conformado como sigue: 1 Literal b) del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Resolución CREG 202 de 2013 y el Numeral 19.1 del Artículo 19 de la Resolución CREG 102 003 de 2022. ______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

CÓDIGO DANE CENTRO POBLADO MUNICIPIO DEPARTAMENTO

25335004 Limoncitos Guayabetal Cundinamarca 25335002 Monterredondo Guayabetal Cundinamarca TMP-1 Tengavita Guayabetal Cundinamarca 25335008 Las Mesetas Guayabetal Cundinamarca 25845002 Timacita Une Cundinamarca La empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., efectuó el cargue de información para la solicitud tarifarias en cuestión en el aplicativo Apligas, la cual fue confirmada bajo el número 2946, consecutivo asignado por el aplicativo, para las actividades de distribución y comercialización de gas combustible por redes. Que, en su solicitud tarifaria, REDNOVA S.A.S. E.S.P., informa que el mercado relevante especial propuesto NO cuenta con aportes de recursos públicos para la cofinanciación de infraestructura de redes de distribución de Gas Licuado de Petróleo.

Que, la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., remitió a la UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME mediante comunicación de radicado UPME 20231000013201 de 14 de febrero de 2023, la solicitud de evaluación metodológica de las proyecciones de demanda para el mercado propuesto por REDNOVA S.A.S. E.S.P., conforme a lo establecido en la Metodología. Que, revisada la completitud de la información de la solicitud tarifaria, mediante radicado CREG S2023002012 del 31 de marzo de 2023, la Comisión pidió a la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P. completar la solicitud tarifaria en cuanto a:

1. Documento de identidad representante y/o apoderado, dirección electrónica, así como las razones en las que fundamenta la conformación del mercado relevante que se propone en la solicitud, señalando los beneficios e impactos de la misma.

(Literal a) del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Metodología).

2. Certificado de Existencia y Representación legal expedido por la correspondiente Cámara de Comercio, con fecha de expedición no mayor a dos (2) meses. ______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

3. Reporte físico de la información entregada a través del aplicativo Apligas. El resumen de información debe corresponder como mínimo al que se puede exportar en formato “PDF” y que contiene los Municipios que conforman el mercado relevante, la

Inversión Base, demanda, gastos de AOM, entre otros (literal b) del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Metodología).

4. Solicitud firmada (Ley 1437 de 2011 Artículo 16).

5. Planos de todos los sistemas de distribución que conforman la solicitud tarifaria en medio magnético y físico.

6. Certificación expedida por la Secretaria de Planeación que demuestre que al menos el 80% de los usuarios potenciales del servicio de gas en los Centros Poblados solicitados están interesados en contar con el servicio (Parágrafo 1 del Subnumeral 5.3 del Artículo 5 de la Metodología), considerando lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Circular CREG 030 de 2019 al respecto.

7. Certificación acerca de que el(los) centro(s) poblado(s) que forma(n) parte de municipios que se encuentran conformando mercados relevantes existentes o mercados relevantes para el siguiente período tarifario, no se encuentra(n) incluido(s) en el plan de expansión del distribuidor que presta servicio en dicho mercado relevante, por razones de distancia u otra razón (Numeral 5.3, Artículo 5 de la

Metodología).

8. Código DANE de los centros poblados relacionados en la solicitud del asunto.

9. Programa de inversiones para cada uno de los centros poblados (proyección a 5 años).

10. Proyección de ventas – Proyección número de conexiones y volúmen. (Anexo 12)

11. Proyecciones de Gastos de AOM, por centro poblado, para 20 años, conforme a lo dispuesto en el Anexo 10. Si el proyecto cuenta con recursos publicos debe indicarse su procedencia, monto, destinación y deberá discriminar las inversiones

______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 que ejecutarán con recursos propios y aquélla que sde ejecutará con recursos públicos.

12. Documentación que soporte la valoración realizada para los Activos Especiales reportados en la solicitud tarifaria y que no se encuentran incluidos en el Programa de Nuevas Inversiones IPNI. (Anexo 8 Resolución CREG 202 de 2013).

13. Cargo de Distribución que propone la Empresa, acompañado del cálculo detallado del mismo.

Adicionalmente, en lo que refiere a la solicitud del Cargo del Componente Fijo del Costo de Comercialización de GLP por redes de tubería conforme a la metodología contenida en la Resolución CREG 102 003 de 2012, Anexo 4., esta Comisión pidió a la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., completar la solicitud tarifaria en cuanto a:

1. Número de usuarios a la Fecha Base para cada uno de los municipios que conforman el Mercado Relevante de Comercialización para el siguiente período tarifario propuesto.

2. La proyección de las inversiones a realizar para la actividad de comercialización durante el horizonte de cinco (5) años, conforme a lo dispuesto en el ANEXO 3 de la Metodología de comercialización.

3. La proyección de gastos de AOM de comercialización durante un horizonte de veinte (20) años y que sean concordantes con los costos que se remuneran dentro de la actividad de comercialización, conforme a lo dispuesto en el ANEXO 1 de la

Metodología de comercialización.

4. Componente Fijo del costo de Comercialización que se propone a la Comisión dentro del trámite administrativo de aprobación y de acuerdo con lo dispuesto en esta resolución así como su cálculo.

Que, bajo radicado CREG E2023010555 del 12 de mayo de 2023, REDNOVA S.A.S. E.S.P., conforme a lo solicitado por la Comisión, completó parcialmente la solicitud tarifaria. ______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Que, revisada la documentación aportada en el precitado radicado, esta Comisión halló necesario la reiteración de solicitud de la información asociada al cargo de distribución, por lo cual a través del radicado CREG S2023003394 del 18 de julio de 2023, requirió nuevamente completar la solicitud tarifaria en cuanto a:

1. El código DANE relacionado al centro poblado de Tengavita no se encontró en la base DIVIPOLA publicada por el DANE. En este sentido, se solicita el (los) acto (s) administativo por medio (s) del (os) cual el Concejo municipal aprobó la conformación del centro poblado mencionado. Adicionalmente, requerimos el certificado DANE del código DIVIPOLA del centro poblado Tengavita objeto de la presente solicitud de cargo o evidencia de la solicitud de código ante el DANE.

2. Los planos de los sistemas de distribución no incluyen coordenadas o variables que

permitan verficar la georeferenciación de los proyectos. Adicionalmente el archivo “Redes_Monterredondo_Las_Mesetas.pdf”, no permite visualizar qué redes corresponden a cada centro poblado. Por lo anterior, se solicita remitir planos independientes para cada uno de los centros poblados objeto de la presente solicitud y con las variables que permitan verificar georefenrenciación, escala de medidas y kilómetros de red.

3. Certificación expedida por la secretaria de Planeación que demuestre que al menos el 80% de los usuarios potenciales del servicio de gas en los Centros Poblados solicitados están interesados en contar con el servicio (Parágrafo 1 del Subnumeral 5.3 del Artículo 5 de la Metodología), considerando lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Circular CREG 030 de 2019.

4. Certificación acerca de que el(los) centro(s) poblado(s) que forma(n) parte de municipios que se encuentran conformando mercados relevantes existentes o mercados relevantes para el siguiente período tarifario, no se encuentra(n) incluido(s) en el plan de expansión del distribuidor que presta servicio en dicho mercado relevante, por razones de distancia u otra razón (Numeral 5.3, Artículo 5 de la Metodología). ______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

5. Análisis de Precios Unitarios en formato Excel.

Que, bajo radicado E2023014293 del 1 de agosto de 2023, REDNOVA S.A.S. E.S.P., la

empresa remitió de manera parcial la información y documentación solicitada por esta Comisión. Que según lo expuesto anteriormente, la Comisión reiteró la solicitud de la información asociada al cargo de distribución, por lo cual a través del radicado CREG S2023003965 del del 18 de julio de 2023, en el que se requirió ampliar y documentar los siguientes requerimientos:

1. Las certificaciones presentadas si bien incluyen el porcentaje de usuarios potenciales, no es posible constatar dicha proporción, pues no contienen el número total de viviendas para cada uno de los centros poblados objeto. Así mismo, en las certificaciones presentadas no se identifican los centros poblados que la alcaldía esta certificando. Adicionalmente, las condiciones fijadas en la Circular CREG 030 de 2019, fijan acompañar estas cetificaciones junto con las firmas de los usuarios potenciales que se están avalando como porcentaje requerido para cada uno de los centros poblados.

2. En relación con el Centro Poblado de Tengavita del municipio de Guayabetal, se solicita certificación por parte de la Secretaría de Planeación del municipio de Guayabetal sobre la existencia del centro poblado en mención, identificando el Acuerdo Municipal mediante el cual fue establecido.

3. Respecto al certificado por parte del distribuidor Gases del Llano S.A. E.S.P no se halló registro de que los centros poblados de Tengavita y Las Mesetas del municipio de Guayabetal no hacen parte del plan de expansión. Por lo anterior, se solicita presentar certificación por parte del distribuidor para los centros poblados de Tengavita y Las Mesetas del municipio de Guayabetal. ______________________________________________________________________________________________

Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Que, bajo radicado CREG E2023017094 del 25 de septiembre de 2023 y el alcance con radicado CREG E2023019907 del 16 de noviembre de 2023, la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., conforme a lo solicitado por la Comisión, completó la solicitud tarifaria. Que, mediante radicado CREG E2023010555 del 12 de mayo de 2023, la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., manifestó expresamente su aceptación para que todas las notificaciones de las actuaciones que se produzcan con ocasión del procedimiento de aprobación de los cargos solicitados sean efectuadas por medio electrónico al correo alvarocasanova@rednova.com.co Verificada la completitud de la solicitud tarifaria, se encuentra procedente adelantar el análisis del estudio tarifario presentado por la empresa REDNOVA S.A.S. E.S.P., para efectos de la aprobación del Mercado Relevante Especial de Distribución para el Siguiente Período Tarifario y de los Cargos de Distribución por redes de tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo – GLP para dicho mercado relevante nuevo. La correspondiente actuación administrativa para el trámite de la solicitud tarifaria presentada estará sujeta, en lo pertinente, a lo establecido en el Capítulo II del Título VII, Artículo 106 y siguientes de la Ley 142 de 1994 y, en lo no previsto en ellos, a las

normas de la Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Dar inicio a la Actuación Administrativa de Aprobación de los Cargos de Distribución por redes de tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo – GLP presentada por la empresa ______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

REDNOVA S.A.S. E.S.P., para el mercado relevante especial conformado como sigue, según la Metodología vigente:

CÓDIGO DANE CENTRO POBLADO MUNICIPIO DEPARTAMENTO

25335004 Limoncitos Guayabetal Cundinamarca 25335002 Monterredondo Guayabetal Cundinamarca TMP-1 Tengavita Guayabetal Cundinamarca 25335008 Las Mesetas Guayabetal Cundinamarca 25845002 Timacita Une Cundinamarca ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar la apertura del correspondiente expediente administrativo, el cual deberá contener todos los documentos y diligencias relacionados con la Actuación Administrativa de que trata el ordinal anterior. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación en la página Web de la CREG y en el Diario Oficial del resumen de la solicitud tarifaria objeto de la presente Actuación Administrativa, que se anexa al presente Auto, para los efectos del Artículo 37 del

Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar a REDNOVA S.A.S. E.S.P., el contenido del presente Auto, a alvarocasanova@rednova.com.co, correo electrónico suministrado por la empresa para el efecto. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE OMAR PRIAS CAICEDO Director ejecutivo ______________________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Consultar sobre este documento ...