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CREG - Auto 20240000292 de 2023

Contraloria General de la Republica

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Detalles

Título
CREG - Auto 20240000292 de 2023
Autor
Contraloria General de la Republica
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

Bogotá, D. C., 09 de agosto de 2024 AUTO 0000292 de 2024 LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS DIRECCIÓN EJECUTIVA Asunto: Inicio de Actuación Administrativa para la Aprobación del Mercado Relevante Especial de Distribución conformado por las veredas Buenavista, Doña Juana y Japón, municipio La Dorada, departamento de Caldas, de los Cargos de Distribución y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo – GLP por redes de tubería del mismo. Radicado CREG E2023013652

Número de solicitud de Apligas: 2973

CONSIDERANDO QUE: De acuerdo con lo previsto en el Numeral 73.11 del Artículo 73 y en el Literal d) del Numeral 74.1 del Artículo 74 de la Ley 142 de 1994, le compete a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, entre otras, la función de establecer las fórmulas para la fijación de las tarifas de los servicios públicos.

En cumplimiento de sus funciones, la Comisión expidió tanto la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería, la cual está contenida en las Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 de 2018 y 132 de 2018 y 011 de 2020, en adelante la Metodología de Distribución; como los criterios generales para remunerar la actividad de comercialización minorista de gas combustible a usuarios regulados y las reglas para la aprobación de los cargos tarifarios ____________________________________________________________________________________

Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 correspondientes, en adelante la Metodología de Comercialización, contenida en la Resolución CREG 102 003 de 2022.

Mediante la Circular CREG 030 del 10 de abril de 2019 la Dirección Ejecutiva divulgó el procedimiento aplicable al trámite de solicitud y aprobación de mercados relevantes de distribución de gas combustible por redes y de sus cargos tarifarios de distribución de gas combustible para el siguiente período tarifario, conforme a Metodología. De acuerdo con lo establecido en las Metodologías1, tanto para efectos de aprobación de cargos de distribución como de comercialización para los Mercados Relevantes de su interés, las empresas que desarrollen dichas actividades deben hacer uso del aplicativo Apligas para efectuar el cargue de la información para la presentación de las solicitudes tarifarias de su interés. La empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P., a través de comunicación radicada en la CREG bajo el número E2023013652 del 19 de julio de 2023, solicitó la aprobación de cargos de Distribución de Gas Licuado de Petróleo - GLP por redes y la aprobación del Componente Fijo del Costo de Comercialización para el mercado relevante especial en el municipio de La Dorada, departamento de Caldas, conformado como sigue:

CÓDIGO DANE VEREDAS MUNICIPIO DEPARTAMENTO

17380001 Buenavista La Dorada Caldas

17380008 Doña Juana La Dorada Caldas 17380018 Japón La Dorada Caldas La empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P., efectuó el cargue de información para la solicitud tarifaria en cuestión en el aplicativo Apligas, la cual fue confirmada bajo el número 2973, 1 Literal b) del Numeral 6.1 del Artículo 6 de la Resolución CREG 202 de 2013 y el Numeral 19.1 del Artículo 19 de la Resolución CREG 102 003 de 2022. ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 consecutivo asignado por el aplicativo, para las actividades de distribución y comercialización.

En su solicitud tarifaria, la empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P., informa que el mercado relevante especial propuesto no cuenta con aportes de recursos públicos para la cofinanciación de infraestructura de redes de distribución de Gas Licuado de Petróleo – GLP. Mediante el radicado CREG S2023004662 del 12 de octubre de 2023 la Comisión requirió completar la solicitud tarifaria. Específicamente, se encontró que la solicitud no contenía:

1. Certificado de Existencia y Representación legal, con fecha de expedición no mayor a dos (2) meses.

2. Aclarar los códigos de los centros poblados, teniendo en cuenta que en el listado Divipola del DANE, el centro poblado Doña Juana tiene es el código 17380008 y el centro poblado Japón no aparece registrado en dicho listado.

3. Certificación expedida por la Secretaría de Planeación que demuestre que al menos el 80% de los usuarios potenciales del servicio de gas en los Centros Poblados solicitados están interesados en contar con el servicio (Parágrafo 1 del Subnumeral 5.3 del Artículo 5 de la Metodología), considerando lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Circular CREG 030 de 2019 al respecto, en la que deberá detallarse el número de viviendas existentes para cada centro poblado de que se trate, acompañada del listado de firmas de potenciales usuarios.

4. Certificación legible de que los centros poblados Buenavista, Doña Juana y Japón del municipio La Dorada en el departamento de Caldas, no se encuentran incluidos, por razones de distancia dentro del plan de expansión por parte del Distribuidor que presta el servicio en Mercado Relevante al cual pertenece el municipio de La Dorada, Departamento de Caldas (Numeral 5.3 del Artículo 5 de la metodología), que para los efectos el servicio lo presta la empresa Alcanos S.A. E.S.P.

5. Copia del radicado UPME mediante el cual remitieron a esa entidad las proyecciones y el estudio de demanda del mercado relevante solicitado para su ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 evaluación metodológica y concepto (Subnumeral 4.2 del Numeral 9.8.2 del Artículo 9 de la Metodología).

Conforme a lo solicitado por la comisión, a través del radicado CREG E2023019083 del 30

de octubre de 2023 la empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P., completo parcialmente la información necesaria para la solicitud tarifaria. Mediante el radicado CREG S2024003297 del 12 de abril de 2024, esta Comisión solicito por segunda vez una completitud, encontrando que la solicitud tarifaria, radicada en la CREG bajo el número E2023013652 del 19 de julio de 2023, y la primera completitud realizada por la empresa, radicado CREG número E2023019083 del 30 de octubre de 2023, no contenía:

1. Certificación expedida por la Secretaría de Planeación que demuestre que al menos el 80% de los usuarios potenciales del servicio de gas en los Centros Poblados de Doña Juana y Japón, están interesados en contar con el servicio

(Parágrafo 1 del Subnumeral 5.3 del Artículo 5 de la Metodología), considerando lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Circular CREG 030 de 2019 al respecto.

2. Listado de firmas de los potenciales usuarios interesados en contar con el servicio de gas en el centro poblado Doña Juana, junto con la información del estrato socioeconómico al cual pertenece cada uno de los potenciales usuarios.

3. Planos asociados al sistema de distribución del servicio de gas para el centro

poblado Doña Juana. Adicionalmente, se solicita confirmar la información reportada:

1. Confirmar el código DANE, de la vereda Japón, dado que el relacionado no corresponde al registrado en la base de datos.

En la segunda solicitud de completitud realizada por esta Comisión, a través de radicado CREG S2024003297 del 12 de abril de 2024, se otorgó diez (10) días hábiles para

____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 completa la información en cuestión. Al cumplirse el plazo establecido, no se encuentra registro de la respuesta por parte de ENERGY GAS S.A.S E.S.P. Por lo tanto, mediante radicado CREG S2024004007 del 22 de mayo de 2024, se realiza reiteración a la segunda solicitud de completitud.

Mediante el radicado CREG E2024007755 del 06 de junio de 2024, ENERGY GAS S.A.S E.S.P. dio alcance al requerimiento de completitud radicado por la CREG bajo el número CREG S2024003297 del 12 de abril de 2024 y S2024004007 del 22 de mayo de 2024, de acuerdo con lo solicitado por la Comisión. A través del radicado CREG E2023019083 del 30 de octubre de 2023 la empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P, manifiesta que no es posible enviar la certificación legible, requerida por esta Comisión, de que los centros poblados Buenavista, Doña Juana y Japón del municipio La Dorada en el departamento de Caldas, no se encuentran incluidos, por razones de distancia dentro del plan de expansión por parte del Distribuidor que presta el servicio en Mercado Relevante al cual pertenece el municipio de La Dorada, Departamento de Caldas (Numeral 5.3 del Artículo 5 de la metodología), que para los efectos el servicio lo presta la empresa Alcanos S.A. E.S.P., por los siguientes motivos:

“…la empresa ALCANOS S.A ESP NO se permite emitir este documento ya que hace parte de su confidencialidad y seguridad de información… … Así mismo la secretaria de planeación de la Dorada Caldas emitió comunicado a la empresa ALCANOS S.A ESP con rad. SDP-240-1582 Solicitando (sic) si esta empresa tiene contemplado planes de expansión para los sectores de Buenavista, Japón y Doña Juan (sic)” A la fecha, ENERGY GAS S.A.S E.S.P manifiesta no haber recibido respuesta por parte de ALCANOS S.A. E.S.P., razón por la cual, luego de revisar el plan de expansión cargado por ALCANOS S.A. E.S.P. y verificar que dicho plan no cumple con las proyecciones de expansión; esta Comisión, a través de comunicación CREG S2024004655 del 02 de julio del 2024, solicitó a la empresa ALCANOS S.A. E.S.P. la certificación respecto a si las ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 veredas Buenavista, Doña Juana y Japón, las cuales forman parte del municipio de La Dorada, Caldas, el cual se encuentra conformando un mercado relevante existente, se encuentran incluidas en su plan de expansión. Sin embargo, a la fecha de este auto inicio no se cuenta con respuesta por parte de la empresa, razón por la cual se decide proceder con el inicio de la actuación administrativa.

Verificada la completitud de la solicitud tarifaria, se encuentra procedente adelantar el

análisis del estudio tarifario presentado por la empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P., para efectos de la aprobación del Mercado Relevante Especial de Distribución para el Siguiente Período Tarifario y de los Cargos de Distribución por redes de tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo – GLP, para dicho mercado relevante especial nuevo. La correspondiente actuación administrativa para el trámite de la solicitud tarifaria presentada estará sujeta, en lo pertinente, a lo establecido en el Capítulo II del Título VII, Artículo 106 y siguientes de la Ley 142 de 1994 y, en lo no previsto en ellos, a las normas de la Parte Primera del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Dar inicio a la Actuación Administrativa de Aprobación de los Cargos de Distribución por redes de tubería y del Componente Fijo del Costo de Comercialización de Gas Licuado de Petróleo – GLP presentada por la empresa ENERGY GAS S.A.S E.S.P., para el mercado relevante especial conformado como sigue, según la

Metodología vigente: CÓDIGO DANE VEREDAS MUNICIPIO DEPARTAMENTO 17380001 Buenavista La Dorada Caldas ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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CÓDIGO DANE VEREDAS MUNICIPIO DEPARTAMENTO

17380008 Doña Juana La Dorada Caldas 17380018 Japón La Dorada Caldas ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar la apertura del correspondiente expediente administrativo, el cual deberá contener todos los documentos y diligencias relacionados con la Actuación Administrativa de que trata el ordinal anterior. ARTÍCULO TERCERO. Ordenar la publicación en el portal web de la CREG y en el Diario Oficial el resumen de la solicitud tarifaria objeto de la presente Actuación Administrativa, que se anexa al presente Auto, para los efectos del Artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar a ENERGY GAS S.A.S E.S.P., el contenido del presente Auto, a contactenos@energygasesp.com, correo electrónico suministrado por la empresa para el efecto.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTONIO JIMENEZ RIVERA Director Ejecutivo ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

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