CREG - Auto 20250000447 EXP 20250017
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CREG - Auto 20250000447 EXP 20250017
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- —
Bogotá, D. C., 11 de marzo de 2025 AUTO 0000447 de 2025
LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS
EXPERTO COMISIONADO DELEGADO RES. N° UAE_99_287 de 2025
Asunto: Actuación administrativa iniciada con fundamento en las solicitudes realizadas por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P., en calidad de Operador de Red (OR), para el ajuste del plan de inversiones 2025-2029, en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018.
Expediente: 20250017.
SE CONSIDERA QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23 y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, aclarada, modificada y complementada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, 222 de 2021, 101 009, 101 012, 101 022, 101 027 de 2022, 101 032 de 2022, 101 019 de 2023 y 101 050 de 2024 la Comisión estableció la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional. En la Resolución CREG 077 de 2019, se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A.
ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. PC FT 010_V8 ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas
Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 1 / 4E.S.P. Mediante la Resolución CREG 157 de 2019, se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la empresa, contra la mencionada Resolución CREG 077 de 2019.
Mediante la Resolución CREG 030 de 2021 se incluyen los activos puestos en operación en 2018 en la base inicial de activos y se modifica el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la empresa, el cual fue aprobado en la Resolución CREG 077 de
2019. Posteriormente, por medio de la Resolución CREG 501 040 de 2022 se resuelve el recurso de reposición interpuesto por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A.
E.S.P., contra la Resolución CREG 030 de 2021. Mediante la Resolución CREG 501 048 de 2022 se aprobó la inversión en proyectos de
expansión de cobertura en zonas interconectables del mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P., para el año 2022. Por medio de la Resolución CREG 501 049 de 2024 se modificó, para el periodo 2023 – 2027, el plan de inversiones del mercado de comercialización atendido por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P., aprobado en la Resolución CREG 077 de 2019. Posteriormente, por medio de la Resolución CREG 501 065 de 2024 se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. contra la Resolución CREG 501-049 de 2024. De acuerdo con lo definido en el numeral 6.6. del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 38 de la Resolución CREG 036 de 2019, los OR podrán solicitar ajustes al plan de inversión cada dos (02) años contados a partir del primero (01) de enero del primer año del plan de inversión inicial. Dicha solicitud debe ser realizada a más tardar en el mes de agosto del año previo al que se van a realizar los ajustes. Esos ajustes deben abarcar un horizonte de cinco (05) años, y la solicitud deberá ser presentada considerando lo establecido en el numeral 6.1 y 6.3 del Anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018. La Comisión revisará las solicitudes de ajustes al
plan de inversión siguiendo los pasos establecidos en el numeral 6.4 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018. PC FT 010_V8 ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas
Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 2 / 4A través de la comunicación con radicado CREG E2024013241, complementado con los radicados números E2024013242 y E2024013243, todos del 30 de agosto de 2024, la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. solicitó ajuste del plan de inversión para el período 2025-2029 con base en lo definido en el numeral 6.6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018.
Una vez revisada la comunicación enviada por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P., se verificó que la solicitud cumple con lo estipulado en el numeral 6.6 del capítulo 6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, ya que: i) fue presentada dentro del término establecido, ii) cubre un horizonte de cinco años (2025-2029), conforme lo establecido en el literal f) del numeral 6.6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018, y iii) la
empresa presenta los soportes del plan de inversión de acuerdo con el numeral 6.3 del capítulo 6 del Anexo General de la Resolución CREG 015 de 2018. Por lo anterior, esta Comisión encuentra procedente iniciar la actuación administrativa tendiente a decidir sobre solicitud presentada por la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE CALDAS S.A. E.S.P. para el ajuste al plan de inversiones, período 2025-2029. De conformidad con el numeral 1 del artículo 7 del Decreto 1260 de 2013, le corresponde al Director Ejecutivo impulsar las actuaciones administrativas tendientes a la expedición de las decisiones misionales, esta función fue parcialmente delegada en un experto comisionado mediante la Resolución UAE 99287 de 2025, en lo que respecta al impulso de las actuaciones administrativas de carácter particular y concreto como es el caso de la actividad de distribución de energía eléctrica. En mérito de lo expuesto; RESUELVE: PRIMERO. Iniciar la respectiva actuación administrativa, con el objeto de decidir sobre la solicitud presentada por el OR para el ajuste del plan de inversiones, periodo 2025-2029. PC FT 010_V8 ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas
Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 3 / 4SEGUNDO. Incorporar la presente actuación al Expediente 20250017.
TERCERO. Publicar en la página Web de la CREG y en el Diario Oficial, el extracto que para los efectos del artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo se anexa al presente auto. CUARTO. Comunicar el contenido del presente auto a la CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE
CALDAS S.A. E.S.P.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE WILLIAM ABEL MERCADO REDONDO Experto Comisionado delegado por la Dirección Ejecutiva PC FT 010_V8 ____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas
Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 4 / 4