CREG - Auto 5564 de 2022
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CREG - Auto 5564 de 2022
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2022
Bogotá D.C., 12 de abril de 2022
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS, CREG
Dirección Ejecutiva AUTO DECRETO DE PRUEBAS Asunto: Actuación Administrativa para decidir sobre la solicitud de actualización del ingreso anual de la actividad de transmisión del sistema operado por el Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. Radicado CREG E-2021-005977 Expediente CREG 2021-0135
SE CONSIDERA QUE: La Comisión aprobó la base de activos y los parámetros necesarios para determinar la remuneración de la Empresa de Energía de Bogotá, ahora Grupo Energía Bogotá, GEB, mediante la Resolución CREG 110 de 2010, modificada por las resoluciones CREG 010 de 2015, 078 de 2016, y 049 y 131 de 2019; con base en la metodología establecida en la Resolución CREG 011 de 2009.
La Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, adjudicó a la Empresa de Energía de Bogotá S.A. E.S.P. la convocatoria UPME 01-2005 que, entre otros, incluyó la construcción de la subestación Mocoa 230 kV y las líneas asociadas. La UPME elaboró, y el Ministerio de Minas y Energía adoptó, el Plan de Expansión de Referencia Generación Transmisión 2017-2031, que en su numeral 4.10 recomienda el cambio de configuración de la subestación Mocoa de barra principal más transferencia a doble barra.
Auto: Solicitud de información adicional
2/3 La UPME elaboró, y el Ministerio de Minas y Energía adoptó, el Plan de Expansión de
Referencia Generación Transmisión 2019-2033, que en su numeral 2.2, después de citar unas obras adicionales en la subestación Mocoa, concluye: Teniendo en cuenta lo anterior, es claro que aún incluyendo estos costos la relación beneficio/costo permanece por encima de 1. El Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P., mediante la comunicación con radicado CREG E-2021-005977, solicitó a la Comisión la actualización del ingreso anual de la actividad de transmisión por la instalación de varios activos en la subestación Renacer, 230 kV (antes subestación Mocoa). Dentro de los análisis que desarrolla la CREG sobre la solicitud de GEB, se ha considerado necesario contar con información adicional a la enviada por la empresa. En mérito de lo expuesto; RESUELVE: PRIMERO. Solicitar a la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME, responder el siguiente cuestionario, relacionado con la solicitud de GEB: 1. ¿De acuerdo con los documentos de selección de la convocatoria UPME 01-2005, de quién es la responsabilidad y quién debe asumir los costos de reconstruir los activos de la convocatoria cuando se vean afectados por un evento, como el ocurrido por causa de la avenida fluviotorrencial del 31 de marzo de 2017? 2. ¿De acuerdo con los documentos de selección de la convocatoria UPME 01-2005, de quién es la responsabilidad y quién debe asumir los costos si se identifica la necesidad de reubicación de los activos de la convocatoria cuando se vean Auto: Solicitud de información adicional 3/3 afectados por un evento, como el ocurrido por causa de la avenida fluviotorrencial
del 31 de marzo de 2017? 3. ¿El cambio y el costo de la configuración de la subestación Mocoa, de barra principal más transferencia a una de doble barra, es responsabilidad y debe ser asumido por el adjudicatario de la convocatoria?
4. De acuerdo con el plan de expansión 2017-2031, ¿la recomendación del numeral 4.10 se trata de una ampliación de las previstas en el artículo 6 de la Resolución CREG 022 de 2001? 5. ¿Con la afirmación contenida al final del numeral 2.2 del plan de expansión 2019-2033, citada arriba, la UPME acepta que las obras adicionales de la subestación Mocoa, mencionadas en ese numeral, hagan parte de la recomendación aprobada en el numeral 4.10 del plan de expansión 2017-2031?
SEGUNDO. Comunicar a la UPME el contenido del presente auto y solicitarle que las respuestas al cuestionario del punto anterior sean enviadas a la CREG dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de recibo de este auto. TERCERO. Enviar copia al Grupo Energía Bogotá S.A. E.S.P. del contenido del presente auto.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
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JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director Ejecutivo