CREG - Auto 6119 de 2022
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CREG - Auto 6119 de 2022
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2022
Bogotá, D.C., 25 de mayo de 2022
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS (cid:177) CREG
Dirección Ejecutiva Asunto: Auto de Pruebas - Expediente 2022-0013.
Actuación administrativa iniciada con fundamento en la solicitud de AIR-E S.A.S E.S.P., para la modificación del plan de inversiones, en aplicación de la Resolución CREG 015 de 2018 y de la Resolución CREG 010 de 2021.
SE CONSIDERA QUE: De acuerdo con lo previsto en el literal d) del artículo 23, y el artículo 41, ambos de la Ley 143 de 1994, es función de la Comisión de Regulación de Energía y Gas fijar las tarifas por el acceso y uso de las redes eléctricas.
Mediante la Resolución CREG 015 de 2018, modificada por las Resoluciones CREG 085 de 2018, 036 y 199 de 2019, 167 y 195 de 2020, y 222 de 2021, la Comisión estableció la metodología para la remuneración de la actividad de distribución de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional, y con la Resolución CREG 010 de 2020 estableció el régimen transitorio especial en materia tarifaria para la región Caribe. En la Resolución CREG 024 de 2021 se aprobaron las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por AIR-E S.A.S E.S.P., y a través de la Resolución CREG 078 de 2021 se resolvió el recurso de reposición, interpuesto por AIR-E S.A.S E.S.P., contra la Resolución CREG 024 de 2021.
AIR-E S.A.S E.S.P.
Auto de pruebas expediente 2022-0013 Ajuste plan de inversiones 2022-2026 2 / 3 De acuerdo con el numeral 6.6. del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018, modificado por el artículo 38 de la Resolución CREG 036 de 2019, los OR podrán solicitar una revisión de los planes de inversión cada dos años contados a partir del 1 de enero del primer año del plan de inversiones. Sin embargo, también podrá solicitar una primera revisión durante el primer año del plan de inversiones. A través de la comunicación con radicado CREG E-2021-015784 del 31 de diciembre de 2021, AIR-E S.A.S E.S.P. solicitó ajuste del plan de inversión para el período 2022-2026, con base en estipulado en el numeral 6.6 del capítulo 6 del anexo general de la Resolución CREG 015 de 2018. Mediante auto I-2022-004589 del 08 de febrero de 2022, la CREG inició la actuación administrativa bajo el expediente 2022-0013, con el objeto de decidir sobre la solicitud realizada por AIR-E S.A.S E.S.P. en la comunicación con radicado CREG E-2021-015784 del 31 de diciembre de 2021, para la revisión del plan de inversión aprobado en la Resolución CREG 024 de 2021. Como resultado del análisis de la información relacionada con el reporte de inventario de activos incluida en la solicitud, se identificaron diferencias entre lo reportado y los criterios definidos, tanto en la Resolución CREG 015 de 2018, como en la Circular CREG 029 de
2018. Las diferencias se encuentran en el informe (cid:179)REVISIÓN DE INFORMACIÓN DE ACTIVOS EN LA SOLICITUD DE AJUSTE AL PLAN DE INVERSIONES(cid:180)(cid:3)(cid:71)(cid:72)(cid:3)AIR-E S.A.S
E.S.P. A fin de garantizar el debido proceso, se hace necesario trasladar el informe de la revisión realizada, para que sea analizado y controvertido, a efectos de contar con la mejor información para decidir la solicitud de ajuste al plan de inversiones. En consecuencia,
AIR-E S.A.S E.S.P.
Auto de pruebas expediente 2022-0013 Ajuste plan de inversiones 2022-2026 3 / 3
RESUELVE: PRIMERO. Decretar la práctica de la prueba consistente en la verificación de la información enviada a la CREG por AIR-E S.A.S E.S.P., en adelante el solicitante, con el fin de que la misma se encuentre acorde con los lineamientos requeridos para su análisis, según los aspectos que se describen en el documento (cid:179)REVISIÓN DE INFORMACIÓN DE ACTIVOS EN LA SOLICITUD DE AJUSTE AL PLAN DE INVERSIONES(cid:180)(cid:3)anexo a
este auto, por lo cual el solicitante deberá:
1. Presentar un informe con la aclaración de las diferencias encontradas.
2. Reportar la información del inventario de activos 2022-2026, en los formatos previstos para tal fin en las Circulares CREG 029 y 051 de 2018.
SEGUNDO. AIR-E S.A.S E.S.P. contará con un término de 5 días hábiles contados a partir del recibo del presente auto para dar respuesta a esta solicitud.
CUARTO. Comunicar a AIR-E S.A.S E.S.P. el contenido del presente auto.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
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JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director Ejecutivo