CREG - Circular 11 de 2004

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 11 de 2004
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2004

C?SG

CIRCULAR No. 011

Comteión de Regulación de Energía y Gas DE 2004

PARA: INVERSIONISTAS EN TRANSMISIÓN DE ELECTRICIDAD DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS -CREGASUNTO: Aplicación Artículo 35° Resolución CREG 004 de 2003

Bogotá D. C., 12 de abril de 2004 La Dirección Ejecutiva ha considerado pert interpretación mediante la presente Circu Parágrafo 2o del Artículo 35° de la Resolución se establece la regulación aplicable a las Transacción Corto Plazo -TIE-, la cual será parte del Reglamento disposiciones complementarias". El Artículo 35° dispone: “ARTICULO 35°. Características de los Enlace Internacionales, con los países con los cuales existe in los términos de la presente regulación, podrán ser da. conexión. Los enlaces internacionales se clasificarán parte del plan de expansión de transmisión del STN y le se PARÁGRAFO 1 . Para lo anterior, se establece un pt partir de la vigencia de la presente resolución, para que conexión de los enlaces internacionales existentes, aceptación para que los activos de conexión pasen a aplicando la metodología de remuneración vigente pa representante de los mismos ante el LAC. Vencid aceptación, estos activos seguirán siendo considera remunerados con un cargo de conexión a ser establecí representante de dichos activos. En los casos de activos de enlaces internacionales de mediante cargos por uso se les aplicará la metodología utilizando la valoración y composición de las unidades tensión 4. nente exponer su criterio de lar, sobre la aplicación del

En los casos de activos de enlaces internacionales de mediante cargos por uso se les aplicará la metodología utilizando la valoración y composición de las unidades tensión 4. nente exponer su criterio de lar, sobre la aplicación del CREG 004 de 2003 "Porta cual es Internacionales de Electricidad de de Operación, y se adoptan otras i Internacionales. Los Enlaces egración regulatoria de mercados en sificados como activos de uso o de como activos de uso cuando hagan aplicará la regulación vigente. azo máximo de 15 días calendario a los representantes de los activos de confírmen por escrito a la CREG, su ar remunerados como activos de uso, a el STN; e informen quien será el ) este plazo si no se confirma su dos activos de conexión, y serán :ido por la CREG, previa solicitud del fivel de Tensión 4 que se remuneran vigente para activos de uso del STN, constructivas definidas para el nivel de S 3122020 FAX: 3121900 u ri:www.creg.gov.ee EE3 Carrera 7 No. 71-52 Torre B Piso 4°, Boji e-mar/; creg@creg.gov.co lotá D. C. ColombiaCSG “PARAGRAFO 2. Para los Enlaces Internacionales Internacionales, se podré solicitar a la CREG la aplicad una integración de mercados eléctricos en las condicione El artículo establece que los enlaces internac como activos de conexión o activos de uso. considerados como activos de uso cuand Expansión de Transmisión del STN. Poster define un plazo dentro del cual los repre existían a la entrada en vigencia de la re deseaban que sus activos fueran remune

considerados como activos de uso cuand Expansión de Transmisión del STN. Poster define un plazo dentro del cual los repre existían a la entrada en vigencia de la re deseaban que sus activos fueran remune Finalmente, el parágrafo segundo indica que decir en el inciso y el parágrafo primero, pu existentes o para activos nuevos. ionales podrán ser clasificados En cualquier caso, estos serán o hagan parte del Plan de ormente, el parágrafo primero Rentantes de los enlaces que solución debieron confirmar si rados como activos de uso. lo dispuesto en el artículo, es áde ser aplicado para enlaces Por lo tanto, debe concluirse que, si bien el piji establece que, para efectos de los enlaces in uso aquellos que hayan sido incluidos en el interpretarse que sólo aquellos incluidos considerados Activos de Uso. En efecto, la parágrafos 1 y 2 del mismo artículo implica qué nuevo o existente que permita la conexión del con otro sistema, con el cual se tenga u mercados eléctricos, podrá solicitar a la CREG activo sea remunerado como un activo de calculada aplicando la metodología de remun por Uso del STN. Con lo anterior estamos dando claridad sobre los inversionistas para que al evaluar s consideración en sus análisis. Agradecemos su amable atención. Cordialmente,

SANDRA STELLA FONSECA ARENAS

Directora Ejecutiva Comisión de Regulación de Energía y Gas existentes o para nuevos Enlaces ión de este artículo, cuando se tenga s de la presente Resolución’’. imer inciso del artículo trascrito ernacionales, serán activos de Plan de Expansión, no puede en dicho plan pueden ser

de Energía y Gas existentes o para nuevos Enlaces ión de este artículo, cuando se tenga s de la presente Resolución’’. imer inciso del artículo trascrito ernacionales, serán activos de Plan de Expansión, no puede en dicho plan pueden ser interpretación armónica de los , el representante de un activo sistema eléctrico colombiano na integración regulatoria de , en cualquier momento, que el uso. La remuneración será eración vigente para los Cargos esta regulación e invitando a us proyectos incluyan dicha S 3122020 FAX: 3121800 urt:www.creg.gov.ee O Carrera 7 No. 71-52 Torre B Piso 4°, Boji e-mail: creg@creg.gov.co ota D. c. Colombia

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