CREG - Circular 116 de 2020
Detalles
- Título
- CREG - Circular 116 de 2020
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2020
Bogotá, D. C., 24 de noviembre de 2020
CIRCULAR No.116
PARA: MONTAGAS S.A E.S.P., SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
PÚBLICOS DOMICILIARIOS , ALCALDES DE MUNICIPIOS
PERTENECIENTES A LOS DEPARTAMENTOS DE CAQUETÁ, HUILA,
NARIÑO Y PUTUMAYO, AUTORIDADES DE POLICÍA Y TERCEROS
INTERESADOS.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: AUTORIZACIÓN DE MOVILIZACIÓN DE CILINDROS UNIVERSALES
REMANENTES PARA DESTRUCCIÓN
La CREG expidió, mediante la Resolución CREG 164 de 2014, las medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros.
Dentro de dicha resolución se estableció la destrucción de los cilindros universales remanentes que se encuentren en poder de las empresas prestadoras del servicio de GLP en cilindroV, Viendo loV CilindroV UniYerValeV RemanenWeV ³los cilindros universales que no tienen marca asociada a un prestador del servicio, que no fueron objeto de destrucción y/o adecuación dentro de los períodos de transición y de cierre que finalizó el 1 de julio de 2012, y que después de esta fecha permanecen en el mercado. Estos cilindros no pueden ser utilizados en la prestación del servicio de GLP y por tanto deben ser destruidos.
Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros, en el artículo 5 de la Resolución CREG 164 de 2014 se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras
Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros, en el artículo 5 de la Resolución CREG 164 de 2014 se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras minoristas de GLP de informar a la CREG la cantidad de cilindros universales remanentes que tiene en su poder y el lugar donde se encuentran almacenados y, así mismo, de conformidad con el artículo 7 de la mencionada resolución, informar a la CREG la programación prevista para su destrucción, para la respectiva revisión y autorización por parte de la CREG.
En respuesta a la anterior disposición regulatoria, la empresa MONTAGAS S.A E.S.P., que realiza las actividades de distribución y comercialización minorista de GLP, mediante comunicación con número de radicado E-2020-013725 informó la cantidad de cilindros universales remanentes en su poder, y la programación de movilización y destrucción de los mismos.Circular116 Noviembre de 2020 2 / 4
Una vez revisada dicha información por parte de la CREG, y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 8 de la Resolución CREG 164 de 2014, donde se establece que únicamente se podrán movilizar cilindros universales remanentes dentro del territorio nacional y con destino a la destrucción en talleres autorizados, cuando exista una autorización expresa de la CREG emitida mediante circular, esta entidad se permite informar que:
1. Se autoriza a la empresa MONTAGAS S.A E.S.P. la movilización por concepto de recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes identificados en el anexo 1 de la presente circular.
2. La movilización de los cilindros universales remanentes enlistados en el numeral anterior,
recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes identificados en el anexo 1 de la presente circular.
2. La movilización de los cilindros universales remanentes enlistados en el numeral anterior, solo se podrá realizar en las fechas señaladas en el anexo 1.
3. El vehículo usado en la movilización de cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 no podrá, por ningún motivo, contener cilindros marcados con o sin gas durante dicha movilización.
4. La movilización del vehículo que transporta los cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 deberá hacerse únicamente entre las ciudades origen y destino relacionados en los anexos 1 y 2.
5. La destrucción de los anteriores cilindros se realizará en el taller autorizado CINSA, Viges vía Cali - Yumbo, Valle del Cauca, de acuerdo a la programación prevista en el anexo 2.
6. El incumplimiento de los numerales anteriores se considerará una infracción a la prohibición establecida en los numerales a) y b) de la Resolución CREG 164 de 2014.
En tal caso, deberá informase a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y darse aplicación a las normas en materia de policía.
Fuera de las fechas contenidas en esta circular la empresa MONTAGAS S.A E.S.P. no podrá por ningún motivo movilizar ni tener en su poder cilindros universales remanentes, salvo medie otro pronunciamiento de esta Comisión en los términos previstos en la Resolución CREG 164 de 2014.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARIN
salvo medie otro pronunciamiento de esta Comisión en los términos previstos en la Resolución CREG 164 de 2014.
Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARIN
tgeuhwioCircular116 Noviembre de 2020 3 / 4
ANEXO 1
RECOLECCIÓN CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES
Caquetá, Huila, Nariño y Putumayo
INFORMACION TRASLADO CILINDROS Capacidad Cilindros Remanentes
UBICACIÓN CILINDROS
PROCEDENCIA
FECHA DE
MOVILIZACION
PLACA VEHICULO DEPOSITO ORIGEN 5 9 15 18 45 TOTAL Pasto 24 y 25 de noviembre de 2020 GTY963 Planta Daza-Pasto 0 0 50 6 1 57 Tuquerres 0 0 50 0 0 50 Tumaco 0 0 6 3 0 9 Ipiales 0 0 5 0 0 5 Mocoa 0 0 12 1 1 14 Puerto Asís 0 0 1 1 0 2 Sibundoy 0 0 59 1 5 65 Pitalito 0 0 5 0 0 5 Florencia 0 0 6 0 0 6
TOTAL 213
Capacidad Cilindros Remanentes 5 9 15 18 45 TOTAL Total de cilindros universales para recoger 0 0 194 12 7 213Circular116 Noviembre de 2020 4 / 4
ANEXO2
Capacidad Cilindros Remanentes 5 9 15 18 45 TOTAL Total de cilindros universales para recoger 0 0 194 12 7 213Circular116 Noviembre de 2020 4 / 4
ANEXO2
DESTRUCCIÓN CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES
Caquetá, Huila, Nariño y Putumayo
TRASLADO A DESTRUCCION Capacidad Cilindros Remanentes
DEPOSITO
ORIGEN
FECHA
MOVILIDAD
PLACA VEHICULO PLANTA DESTINO 5 9 15 18 45 TOTAL Planta DazaPasto 26, 27 y 28 de noviembre de 2020 GTY963 CINSA Viges-Yumbo 0 0 194 12 7 213
TOTAL 213
CILINDROS REMANENTES 5 9 15 18 45 TOTAL Total de cilindros universales para destruir 0 0 194 12 7 213