CREG - Circular 13 de 2023
Detalles
- Título
- CREG - Circular 13 de 2023
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2023
Bogotá, D.C., 15 de febrero de 2023
CIRCULAR No.013
PARA: SURCOLOMBIANA DE GAS S.A. E.S.P
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: CARGOS DE DISTRIBUCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE GAS
COMBUSTIBLE APROBADOS QUE, CONFORME A LA METODOLOGÍA
VIGENTE, PIERDEN VIGENCIA.
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regu lación de Energía y Gas, CREG, informa sobre la pérdida de vigencia de cargos de distribución y de comercialización aprobados por la Comisión, en virtud de lo establecido en la Metodología para remunerar la actividad de distribución de gas combustible por redes de tubería , contenida en la Resoluciones CREG 202 de 2013, CREG 138 de 2014, CREG 090 y 132 de 2018, y CREG 011 de 2020, en adelante “La Metodología”, así:
1. PÉRDIDA DE VIGENCIA DE ALGUNOS CARGOS TARIFARIOS DE DISTRIBUCION
APROBADOS, EN VIRTUD DE LO PREVISTO EN EL PARÁGRAFO DEL
ARTÍCULO 7 DE LA METODOLOGÍA VIGENTE.
El Parágrafo del Artículo 7 de la Metodología vigente establece lo siguiente:
“Artículo 7. VIGENCIA DE LOS NUEVOS CARGOS. (…)
Parágrafo. Conforme a lo dispuesto en el Parágrafo del Artículo 7 de la Metodología contenida en las Resoluciones
CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 de 2018, 132 de 2018 y 011 de 2020, si transcurridos doce (12) meses desde la fecha en que haya quedado en firme la presente Resolución, el Distribuidor no ha iniciado la construcción del respectivo Sistema de Distribución, los cargos aprobados, así como la totalidad de lo dispuesto en la presente Resolución perderán su vigencia. Se entenderá que el Distribuidor no ha iniciado la construcción del respectivo Sistema de Distribución si, doce (12) meses después de que hayan quedado en firme los cargos aprobados en la presente Resolución no ha ejecutado al menos un cincuenta por ciento (50%) de las inversiones propuestas para el primer año de inversión.” (Resaltado fuera de texto) Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230215-172916-597cc7-02496355 2023-02-15T17:30:35-05:00 - Pagina 1 de 5Cabe precisar que, en cumplimiento del Parágrafo transcrito, en la parte resolutiva de cada una de las resoluciones de aprobación de cargos expedidas se incluye lo previsto en dicha disposición.
Con base en dicha disposición, esta Comisión consultó el Sistema Único de información, SUI, administrado y operado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, y no encontró evidencia de prestación del servicio en los municipios que conforman los mercados relevantes respecto de los cuales se aprobaron los cargos de distribución y comercialización de gas por redes de tubería relacionados en la siguiente tabla:
Tabla 1 Resolución de aprobación de cargos Empresa que solicitó la aprobación de los cargos Municipios que conforman el Mercado Relevante
comercialización de gas por redes de tubería relacionados en la siguiente tabla:
Tabla 1 Resolución de aprobación de cargos Empresa que solicitó la aprobación de los cargos Municipios que conforman el Mercado Relevante CREG 194 de 2019 CREG 195 de 2019 Surcolombiana de Gas S.A. E.S.P. Municipio de San Miguel, Departamento de Putumayo.
Con base en lo anterior, respecto de los cargos aprobados para los mercados relevantes en cuestión, transcurridos más de dos (2) años desde la fecha de aprobación de l cargo, sin evidencia de que exista prestación del servicio en esos mercados relevantes, en la medida en que para los años posteriores a dicha aprobación y hasta la fecha no se han reportado en el SUI ventas de gas, ni facturación de dicho servicio, al re specto, la Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, mediante la comunicación S2023000590 Solicitó certificación sobre el inicio de la prestación del servicio de gas combustible por redes en el mercado relevante de distribución para el municipio de San Miguel Enel departamento de Putumayo, aprobado mediante Resolución CREG 194 de 2019.
La Empresa SURCOLOMBIANA DE GAS S.A E.S.P., respondi ó a la CREG, mediante la comunicación con radicado E2023001360 del 30 de enero de 2023, que no ejecutó el proyecto en el Municipio de San Miguel con cargos aprobados bajo la Resolución CREG 194 de 2019, al igual que los proyectos de los Municipios de Orito y Valle del Guamuez.
Por lo anterior, se considera que se cumplen los supuestos previstos en el Parágrafo del Artículo 7 de la Metodología y, en consecuencia, éstos perdieron vigencia de pleno
Por lo anterior, se considera que se cumplen los supuestos previstos en el Parágrafo del Artículo 7 de la Metodología y, en consecuencia, éstos perdieron vigencia de pleno derecho.
Se precisa que, igualmente, perdió su vigencia el Cargo Máximo Base de Comercialización de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados aprobado en cada caso,
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230215-172916-597cc7-02496355 2023-02-15T17:30:35-05:00 - Pagina 2 de 5teniendo en cuenta que, como se señaló en el Numeral 1 de esta Circular, el Mercad o Relevante de Comercialización corresponde exactamente al mercado relevante para el cual se aprobó el cargo de distribución y, en consecuencia, su vigencia está afecta a la existencia de dicho mercado.
Sin perjuicio de lo anterior, en el evento de que al guna empresa se encuentre prestando el servicio en los mercados relevantes para los cuales se aprobaron cargos mediante los actos administrativos relacionados en la Tabla 1 y cuente con información que desvirtúe la mencionada pérdida de vigencia, se solici ta manifestarlo a esta Comisión, adjuntando los correspondientes soportes, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de esta Circular.
Cordialmente,
NATASHA AVENDAÑO GARCÍA Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230215-172916-597cc7-02496355 2023-02-15T17:30:35-05:00 - Pagina 3 de 5REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS
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Natasha Avendaño García 43200281 natasha.avendano@creg.gov.co Experta Comisionada CREG Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20230215-172916-597cc7-02496355 2023-02-15T17:30:35-05:00 - Pagina 4 de 5TRAMITE
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Circular013-2023 Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20230215-172916-597cc7-02496355 Finalizado 2023-02-15 17:29:16 2023-02-15 17:30:34 Firma Natasha Avendaño García natasha.avendano@creg.gov.co Experta Comisionada
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