CREG - Circular 17 de 2003
Detalles
- Título
- CREG - Circular 17 de 2003
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2003
CG = Comision de Regulacion de Energia y Gas
CIRCULAR No. 017 DE 2003
PARA: GERENTES DE LAS EMPRESAS OPERADORES DE
RED-COMERCIALIZADORAS ] Y
COMERCIALIZADORAS DEL SECTOR ELECTRICO
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS ASUNTO: Reporte de información de la Circular 013 de 2003
Fecha: Mayo 9 de 2003
La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas se permite establecer el mecanismo que se debe utilizar para efector de reportar las rentas de congestión de que trata la Resolución CREG 004 de 2003, dentro del proceso de reporte de información asociada con costos eléctricos.
Rentas de Congestión: Rentas económicas que se originan como efecto de la congestión de un Enlace Internacional, son efecto de las diferencias de precios que se tienen en los Nodos Frontera congestionados, son de carácter temporal y dependen de las expansiones en transmisión. Estas rentas no serán asignadas a los propietarios de los enlaces internacionales y no constituyen fuente de remuneración para la generación.
1. Formatos En la aplicación de “Costos Eléctricos” con que cuenta la CREG, a partir del mes de marzo de 2003, se deberán reportar por separado los costos de
restricciones y los de rentas de congestión, así: Facturación Sencilla _En la opción “Costos Globales” se deberá diligenciar el costo de rentas de congestión asignados al comercializador, en el campo denominado “RC”. Facturación Horaria En el archivo de costos horarios, se deberá reportar los datos requeridos “RC”
_En la opción “Costos Globales” se deberá diligenciar el costo de rentas de congestión asignados al comercializador, en el campo denominado “RC”. Facturación Horaria En el archivo de costos horarios, se deberá reportar los datos requeridos “RC” a 3122020 FAX: 3121900 - 3121893 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co DM] carrera 7 No. 71-52 Torre B Piso 4°, Bogotá D. C. ColombiaCreG am Comisión de Regulación de Energía y Gas CIRCULAR No. 017 DE 2003 -2/2y “RC _ Refacturación” que corresponden al costo de rentas de congestion horario asignados al comercializador y costo por concepto de refacturaciones horarias a que haya lugar.
2. Plazo A partir del reporte de información del mes de abril de 2003, las empresas deberán reportar mensualmente dicha información conforme a los plazos establecidos en la Circular 10 de 1998.
Para el reporte de información del mes de marzo de 2003, las empresas deberán reportar la información antes del 23 de mayo del 2003, para lo cual la CREG ha dado el respectivo acceso a la aplicación. Cordialmente, nies ALBERYE PBLANDÓN DÍAZ Director Ejecu ae : \ i i a 3122020 FAX: 3121900 - 3121893 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co DX] carrera 72 No. 71-52 Torre B Piso 4°, Bogotá D. €. Colombia