CREG - Circular 177 de 2025
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Circular 177 de 2025
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2025
RG FT 007_V6
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020
Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734
Acceso: Reservado ( ), Público (X), Clasificado ( )
Bogotá, D. C., 11 de agosto de 2025
CIRCULAR No. 177 de 2025
PARA: GAS ZIPA S.A.S E.S.P., SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS
PÚBLICOS DOMICILIARIOS, ALCALDES MUNICIPALES DE LOS
DEPARTAMENTOS DE CASANARE, CUNDINAMARCA,
GUAVIARE Y META, AUTORIDADES DE POLICÍA Y TERCEROS
INTERESADOS.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA.
ASUNTO: AUTORIZACIÓN DE MOVILIZACIÓN DE CILINDROS
UNIVERSALES REMANENTES PARA DESTRUCCIÓN.
La CREG expidió mediante la Resolución CREG 164 de 2014 las medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros. Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250811-121028-de3df6-12752831 2025-08-11T14:41:38-05:00 - Pagina 1 de 9RG FT 007_V6 Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Dentro de dicha resolución se estableció la destrucción de los cilindros universales remanentes que se encuentren en poder de las empresas prestadoras del servicio de GLP en cilindros, siendo los Cilindros Universales Remanentes “los que no tienen marca asociada a un prestador del servicio, que no fueron objeto de destrucción y/o adecuación dentro de los períodos de transición y de cierre que finalizó el 1 de julio de 2012, y que después de esta fecha permanecen en el mercado. Estos cili ndros no pueden ser utilizados en la prestación del servicio de GLP y por tanto deben ser destruidos”. Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros en el artículo 5. de la Resolución CREG 164 de 2014 , se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras minoristas de GLP de informar a la CREG la cantidad de cilindros universales remanentes que tiene en su poder y el lugar donde se encuentran almacenados y así mismo, de conform idad con el artículo 7 de la mencionada resolución, informar a la CREG la programación prevista para su destrucción para la respectiva revisión y autorización por parte de la CREG. En respuesta a la anterior disposición regulatoria, la empresa GAS ZIPA S.A.S E.S.P, que realiza las actividades de distribución y comercialización minorista de GLP, mediante las comunicaciones con número de radicado E202 5009764 informó la cantidad de cilindros universales remanentes en su poder y la programación de movilización y destrucción de estos.
que realiza las actividades de distribución y comercialización minorista de GLP, mediante las comunicaciones con número de radicado E202 5009764 informó la cantidad de cilindros universales remanentes en su poder y la programación de movilización y destrucción de estos. Una vez revisada dicha información por parte de la CREG y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 8 de la Resolución CREG 164 de 2014, donde se establece que únicamente se podrán movilizar cilindros universales remanentes dentro del territorio nacional y con destino a la destrucción en talleres autorizados cuando exista una autorización expresa de la CREG emitida mediante circular, esta entidad se permite informar que: Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250811-121028-de3df6-12752831 2025-08-11T14:41:38-05:00 - Pagina 2 de 9RG FT 007_V6 Comisión de Regulación de Energía y Gas
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1. Se autoriza a la empresa GAS ZIPA S.A.S E.S.P la movilización por concepto de recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes identificados en el anexo 1 de la presente circular.
2. La movilización de los cilindros universales remanentes enlistados en el numeral anterior solo se podrá realizar en las fechas señaladas en el anexo 1.
3. El vehículo usado en la movilización de cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 no podrá por ningún motivo contener cilindros marcados con o sin gas durante dicha movilización.
3. El vehículo usado en la movilización de cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 no podrá por ningún motivo contener cilindros marcados con o sin gas durante dicha movilización.
4. La movilización del vehículo que transporta los cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 deberá hacerse únicamente entre las ciudades origen y destino relacionados en los anexos 1 y 2.
5. La destrucción de los anteriores cilindros se realizará en el taller autorizado de
Gas Control, ubicado en la carrera 2 No. 48 -98 Zona industrial de Cazucá, Cundinamarca, de acuerdo con la programación prevista en el anexo 2.
6. El incumplimiento de los numerales anteriores se considerará una infracción a la prohibición establecida en los numerales a) y b) de la Resolución CREG 164 de
2014. En tal caso deberá informase a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y darse aplicación a las normas en materia de policía.
Fuera de las fechas contenidas en esta circular, la empresa GAS ZIPA S.A.S E.S.P, no podrá por ningún motivo movilizar ni tener en su poder cilindros universales remanentes, salvo que medie otro pronunciamiento de esta Comisión, en los términos previstos en la Resolución CREG 164 de 2014.
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250811-121028-de3df6-12752831 2025-08-11T14:41:38-05:00 - Pagina 3 de 9RG FT 007_V6 Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Cordialmente,
ANTONIO JIMENEZ RIVERA Director Ejecutivo Firma electrónica al final del documento
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ANEXO 1
RECOLECCIÓN CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES
Villa Nueva (Casanare)
INFORMACION TRASLADO CILINDROS CILINDROS REMANENTES
UBICACIÓN
CILINDROS
PROCEDENCIA
FECHA DE
MOVILIZACION
PLACA
VEHICULO
DEPOSITO
ORIGEN
C-5 C-9 C-15 C-18 C-35 C-45 TOTAL
Villa NuevaCasanare Agosto de 2025 N.A. Km 2 vía Agua Clara, Depósito Gas Zipa. - - 16 2 - 4 22
Villa NuevaCasanare Agosto de 2025 N.A. Km 2 vía Agua Clara, Depósito Gas Zipa. - - 16 2 - 4 22 Total de cilindros universales para recoger - - 16 2 - 4 22
Zipaquirá (Cundinamarca)
INFORMACION TRASLADO CILINDROS CILINDROS REMANENTES
UBICACIÓN
CILINDROS
PROCEDENCIA
FECHA DE
MOVILIZACION
PLACA
VEHICULO
DEPOSITO
ORIGEN
C-5 C-9 C-15 C-18 C-35 C-45 TOTAL
San José - Guaviare Agosto de 2025 N.A. Kilómetro 3 vía Villavicencio, Depósito Gas Zipa. - - 8 1 - 32 41 Total de cilindros universales para recoger - - 8 1 - 32 41
Puerto López y Villavicencio (Meta)
INFORMACION TRASLADO CILINDROS CILINDROS REMANENTES
UBICACIÓN
CILINDROS
PROCEDENCIA
FECHA DE
MOVILIZACION
PLACA
VEHICULO
DEPOSITO
ORIGEN
C-5 C-9 C-15 C-18 C-35 C-45 TOTAL
Puerto LópezMeta Agosto de 2025 N.A. Carrera 20 # 4-96 Depósito Gas Zipa. - 18 89 684 19 196 1.006 Villavicencio - Meta Agosto de 2025 N.A. Calle 44 # 66-46, Planta Gas Zipa. - - 23 27 - 91 141 Total de cilindros universales para recoger - 18 112 711 19 287 1,147
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ANEXO 2
DESTRUCCIÓN CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES
Villa Nueva (Casanare), Zipaquirá (Cundinamarca), San José (Guaviare), Puerto López y Villavicencio (Meta)
TRASLADO A DESTRUCCION CILINDROS REMANENTES
FECHA DE
MOVILIZACION
PLACA
VEHICULO PLANTA DESTINO C-5 C-9 C-15 C-18 C-35 C-45 TOTAL Agosto 12, 16, 20, 27 de 2025
Septiembre 9, 18, 24, 26 de 2025 Octubre 8, 16 de 2025 JVK081 LJS778 Gas Control Carrera 2 No. 48-98 Zona Industrial de Cazucá, Cundinamarca - - 16 2 - 4 22 - - 11 45 - 122 178 - - 8 1 - 32 41 - 18 112 711 19 287 1,147 Total de cilindros universales para destruir - 18 147 759 19 445 1,388
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250811-121028-de3df6-12752831
Total de cilindros universales para destruir - 18 147 759 19 445 1,388
Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250811-121028-de3df6-12752831 2025-08-11T14:41:38-05:00 - Pagina 7 de 9REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS
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Estado: Finalizado Creación: 2025-08-11 12:10:28
Finalización: 2025-08-11 14:41:37
Firma: Director Ejecutivo
Antonio Jimenez @creg.gov.co 13744211 Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20250811-121028-de3df6-12752831 2025-08-11T14:41:38-05:00 - Pagina 8 de 9REPORTE DE TRAZABILIDAD
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Firma Antonio Jimenez @creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas Aprobado Env.: 2025-08-11 12:10:29
Lec.: 2025-08-11 14:40:55
Res.: 2025-08-11 14:41:37
IP Res.: 190.71.147.18
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