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CREG - Circular 19 de 2002

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 19 de 2002
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2002

! 3122020 FAX : 3121900 - 3121893 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co " Carrera 7ª No. 71-52 Torre B Piso 4°, Bogotá D. C. Colombia

C I R C U L A R No. 019

PARA: GERENTES DE LAS EMPRESAS

DISTRIBUIDORAS DEL SECTOR ELÉCTRICO

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA COMISIÓN DE

REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS

ASUNTO: REPORTE DE INVENTARIOS DE ACTIVOS DE

DISTRIBUCIÓN.

Fecha: Junio 17 de 2002

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de lo previsto en el artículo 73 de la Ley 142, se permite informar a los Operadores de Red que en el archivo de Excel adjunto a esta Circular se encuentra un listado de las Unidades Constructivas de los STR y/o SDL, esto con el fin de que las empresas inicien el levantamiento de los inventarios, para el cálculo de cargos del próximo período tarifario.

Es importante dentro de este inventario tener en cuenta los activos eléctricos que se encuentran fuera de servicio, pero que se mantienen, para garantizar la confiabilidad del sistema.

Antes del 15 de julio de 2002, estaremos colocando la nueva aplicación “Unidades Constructivas del STR y/o SDL”, para que las empresas reporten dicha información vía web, antes del 31 de octubre de 2002. En dicha aplicación la CREG podrá incluir Unidades Constructivas adicionales a las presentadas en el archivo anexo.

En el levantamiento del inventario de activos que las empresas pueden ir adelantando

web, antes del 31 de octubre de 2002. En dicha aplicación la CREG podrá incluir Unidades Constructivas adicionales a las presentadas en el archivo anexo.

En el levantamiento del inventario de activos que las empresas pueden ir adelantando es necesario que cada unidad constructiva presente la información georeferenciada, la cual debe ser reportada en el sistema de coordenadas geográficas latitud/longitud WGS84 en sistema decimal y la altitud se diligenciará en metros sobre el nivel del mar. Quienes utilicen un sistema distinto de coordenadas, podrán usar los esquemas estándar de conversión de las herramientas GIS. Dicha información se ha solicitado con el fin de facilitar las auditorias a realizar por parte de la CREG y debe tenerse en cuenta que debe ser coherente con la información operativa para efectos de cálculos de FES y DES, por ejemplo.

Cordialmente,

RICARDO RAMÍREZ CARRERO

Director Ejecutivo (E)

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