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CREG - Circular 2 de 2000

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 2 de 2000
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2000

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA C o m is ió n d e R e g u l a c ió n d e E n e r g ía y G a s

CIRCULAR No. 002

PARA: Agentes del SIN

DE: Dirección Ejecutiva CREG REF.: Resolución CREG 080 de 1999 Santafé de Bogota D.C., enero 24 del 2000 La dirección Ejecutiva de la CREG se permite precisar a los agentes del SIN, como se llevará a cabo durante el período de transición las funciones de planeación, coordinación, supervision y control entre el Centro Nacional de Despacho (CND) y los agentes del Sistema Interconectado Nacional - SIN, reglamentadas en la Resolución CREG 080 de 1999:

1. Período de Transición . Seis (6) meses contados a partir de la vigencia de la Resolucidn (1o de Enero del aiio 2000) para la adecuación de equipos y procedimientos que se requieran en lo referente al Servicio de AGC. . Veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la Resolución (1o de Enero del año 2000), para implementar un Centro de Control de Respaldo

(CCR) del CND. . Diez y ocho (18) meses contados a partir de la vigencia de la Resolución (1 0 de Enero del año 2000), para las disposiciones restantes.

2. Esquema Operativo Vigente El articulo 14 de la Resolución CREG 080 de 1999 establece: “La presente Resolución rige a partir del 1o de Enero de/ año 2000. Deberá publicarse en el Diario Oficial y vencidos los plazos establecidos para el cumplimiento de las disposiciones que aqui se adoptan, deroga las normas que le sean

Resolución rige a partir del 1o de Enero de/ año 2000. Deberá publicarse en el Diario Oficial y vencidos los plazos establecidos para el cumplimiento de las disposiciones que aqui se adoptan, deroga las normas que le sean contrarías, en especial /a Resolución CREG -1 0 2 de 7996” (Resaltado fuera de texto). aygpWClRCULAR2.doc ________________________________________________________________________________________ 9 3470611 FAX : 3105924 - 3105937 url: www.creg.gov.co e-mall: creg@creg.gov.co M Calle 73 No. 7-06 Piso 5°, Santafé de Bogotá D.C. ColombiaREPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA C o m is ió n de R e g u l a c ió n de E n e r g ía G a s Por lo tanto, mientras se cumplen dichos plazos continúan vigentes las disposiciones contenidas en las Resoluciones CREG 102 de 1996 y 200 de 1997, y las delegaciones realizadas por el CND a los Centros Regionales de Control (CRC’s) en cumplimiento de lo establecido en la Resolución CREG 054 de 1996.

3. Remuneracidn de los Centros de Control La remuneración del CND se regirá por lo establecido en la Resolución CREG 093 de 1999. Así mismo, la remuneracidn de los CRC’s continuara regida por lo establecido en la Resoluciones CREG 200 de 1997 y 026 de 1999.

Tanto durante el período de transicidn como en forma definitiva, la supervision operativa en tiempo real de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local será definida por el CND tal como lo establece el numeral 5.3 de la Resolución CREG 070 de 1998.

operativa en tiempo real de los Sistemas de Transmisión Regional y/o Distribución Local será definida por el CND tal como lo establece el numeral 5.3 de la Resolución CREG 070 de 1998. Finalmente, nos permitimos citarlos a reunion que tendrá lugar el dia 15 de febrero del año en curso (8:00 a.m. - 3:00 p.m.), en las instalaciones del Hotel Holiday Inn

  • Salon ALEXANDRIA I (Calle 74 No. 13-27 Santafé de Bogota D.C.), en la cual, se desarrollaran los siguientes temas en relación con las disposiciones contenidas

en la Resolución CREG 080 de 1999: a) Presentación de la Resolución: Criterios de Seguridad. . Responsabilidades. . Plazos. . Terminología. . Penalizaciones. b) Estado Actual del CND. c) Estado Actual de los Agentes (STN y STR’s - SDL’s). d) Propuestas para la Transición (CND). La programacidn definitiva de la reunion será publicada en nuestra página web: www.crea.aov.co. el dia 4 de febrero del año 2000. Cordialmente, JOSÉ NZURJ aygpWClItCULAR2.doc S 3470611 FAX: 3105924-3105937 url: www.creg.gov.co e-rn;)//creg@crefl.gov.co Q Calle 73 No. 7-06 Piso 5°, Santafé da Bogotá D.C. Colombia

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