CREG - Circular 28 de 2020

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Circular 28 de 2020
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

Bogotá, D. C., 31 de marzo de 2020

CIRCULAR No. 028

PARA: EMPRESAS REGULADAS Y USUARIOS DE LOS

SERVICIOS PÚBLICOS DE ENERGÍA Y GAS

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: NOTIFICACIÓN O COMUNICACIÓN DE LOS ACTOS

ADMINISTRATIVOS

En cumplimiento de lo establecido en el Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020, hasta tanto permanezca vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y protección Social, la Comisión adopta las siguientes medidas: • La CREG notificará y comunicará los actos adm inistrativos por medio de correo electrónico.

  • Para tal efecto, q uien presente una petición que debe ser resuelta por la CREG, en ejercicio de sus facultades legales, previo el cumplimiento de un trámite, proceso o procedimiento, debe indicar la dirección electrónica para recibir notificaciones, y con la sola radicación se entenderá que se ha dado la autorización. • En relación con las actuaciones administrativas que se encuentren en curso a la expedición del Decreto Legislativo 491 del 28 de marzo de 2020 , los administrados deberán indicar a la Comisión la dirección electrónica en la cual recibirán notificaciones o comunicaciones.
  • La Comisión tiene habilitado el correo electrónico

notificaciones1@creg.gov.co exclusivamente para efectuar las notificaciones o comunicaciones a que se refiere la presente circular.

  • En las notificaciones electrónicas , el mensaje que envíe la Comisión contendrá copia digital del acto administrativo, e indicará los recursos queCircular028

Marzo 2020 2 / 2

notificaciones o comunicaciones a que se refiere la presente circular.

  • En las notificaciones electrónicas , el mensaje que envíe la Comisión contendrá copia digital del acto administrativo, e indicará los recursos queCircular028

Marzo 2020 2 / 2

proceden, las autoridades ante quienes deben interponerse y los plazos para hacerlo.

  • La notificación o comunicación quedará surtida a partir de la fecha y hora en que el administrado acceda al acto administrativo, fecha y hora que deberá certificar la administración.

Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Consultar sobre este documento ...