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CREG - Circular 312 de 2026

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 312 de 2026
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2026

________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Bogotá, D. C., 10 de julio de 2026

CIRCULAR No. 312 de 2026.

PARA: AGENTES DEL MERCADO DE ENERGÍA MAYORISTA, CND,

COMERCIALIZADORES, AGENTES GENERADORES , USUARIOS,

OPERADORES DE RED, Y DEMÁS INTERESADOS.

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LOS ANEXOS TÉCNICOS PREVISTOS EN EL

ARTÍCULO 5 DE LA RESOLUCIÓN CREG 101 114 DE 2026

De acuerdo con lo establecido en el literal b) del artículo 5 de la Resolución CREG 101 114 de 2026, una vez analizada y ajustada la propuesta que fue presentada por el Consejo Nacional de Operación mediante radicado E2026009594, la Dirección Ejecutiva se permite publicar el formulario de conexión simplificado y el documento con los lineamientos del estudio de conexión simplificado que deben ser empleados por los interesados en ampliar temporalmente la capacidad de transporte de su planta de generación ante el respectivo operador de red . Estos anexos fueron aprobados en el Comité de Expertos No 64 del 10 de julio de 2026, y aplican, de acuerdo con lo establecido en la mencionada resolución, a las siguientes plantas de generación: ▪ Plantas de generación que tengan capacidad instalada o nominal mayor a 1 MW y capacidad efectiva neta menor a 5 MW.

2026, y aplican, de acuerdo con lo establecido en la mencionada resolución, a las siguientes plantas de generación: ▪ Plantas de generación que tengan capacidad instalada o nominal mayor a 1 MW y capacidad efectiva neta menor a 5 MW. ▪ El activo de generación del AGR y del PMR con capacidad instalada o nominal mayor a 1 MW y capacidad efectiva neta menor a 5 MW. Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260710-181042-9f7155-85083227 2026-07-10T18:11:15-05:00 - Pagina 1 de 4________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 ▪ Cogenerador de capacidad instalada o nominal mayor a 1 MW y capacidad efectiva neta menor a 5 MW.

Para el caso de autogeneradores a gran escala (AGGE) y la solicitud de ampliación de capacidad temporal ante el OR, el interesado deberá emplear el formato simplificado de solicitud de conexión y el contenido del estudio de conexión simplificado previsto en la Circular CREG No. 073 de 2024.

Cordialmente,

ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA

Director Ejecutivo

Anexo:

1. Formulario de conexión simplificado para el caso de las plantas de que trata los literales i, ii y iii del artículo 49 de la Resolución CREG 101 099 de 2026 que coincidan con el ámbito de aplicación de la Resolución CREG 101 114 de 2026

2. Lineamientos del estudio de conexión simplificado para el caso de las plantas de que trata los literales i,

49 de la Resolución CREG 101 099 de 2026 que coincidan con el ámbito de aplicación de la Resolución CREG 101 114 de 2026

2. Lineamientos del estudio de conexión simplificado para el caso de las plantas de que trata los literales i, ii y iii del artículo 49 de la Resolución CREG 101 099 de 2026 que coincidan con el ámbito de aplicación de la Resolución CREG 101 114 de 2026

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260710-181042-9f7155-85083227 2026-07-10T18:11:15-05:00 - Pagina 2 de 4REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS

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Firma: Director Ejecutivo

Antonio Jimenez @creg.gov.co 13744211 Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20260710-181042-9f7155-85083227 2026-07-10T18:11:15-05:00 - Pagina 3 de 4REPORTE DE TRAZABILIDAD

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