CREG - Circular 35 de 2010

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 35 de 2010
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2010

Crz=G Comisión de Regulación de Energía y Gas Bogotá, 4 de mayo de 2010

CIRCULAR No. 035

PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR

REDES DE TUBERÍA

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE INFORME Y FECHA PARA ENTREGA DE

INFORMACIÓN

La Dirección Ejecutiva de la CREG se permite publicar el Informe No. 2 presentado por la firma ltansuca Proyectos de Ingeniería S.A. en el desarrollo del contrato CDP-026-2009 “Consultoría para la actualización de las unidades constructivas asociadas a los activos inherentes a la actividad de distribución de gas combustible por redes, y los costos eficientes de cada una para ser consideradas en el próximo periodo tarifario.” La fecha máxima para presentación de comentarios a dicho informe es el 13 de mayo de 2010. Igualmente, como advierte el consultor en el numeral 3.3.3 del Informe No. 2 (pág. 98), la información reportada por la mayoría de los distribuidores no contiene los requisitos exigidos en los términos de referencia (numeral 3) “Encuesta realizada a las empresas del sector de las cuales se les indaga acerca de los diferentes costos en los que incurrieron a la hora de realizar los diferentes proyectos. Los datos deberán estar sustentados en facturas, órdenes de importación, licitaciones, contratos de obras civiles y mecánicas.” (Subrayado fuera de texto), y, señalados tanto en los talleres, visitas y el Manual para el reporte de la información de cambios en las unidades constructivas e insumos, adjunto a la Circular No. 046 de 2009. Por lo anterior, la CREG se permite abrir un último plazo para el reporte de la información

Manual para el reporte de la información de cambios en las unidades constructivas e insumos, adjunto a la Circular No. 046 de 2009. Por lo anterior, la CREG se permite abrir un último plazo para el reporte de la información requerida. La fecha máxima para la presentación de la información en el aplicativo creado para el efecto es el 13 de mayo de 2010. Se recuerda que la citada información es solicitada para el desarrollo de las funciones legales de la CREG y en ejercicio de la facultad selectiva de pedir ® 6032020 FAX: 6032100 / 6032049 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co E Calle 116 No.7-15 Int 2 Piso 9 Of.901, Edif. Cusezar Bogotá, D.C. ColombiaCIRCULAR No.035 CG 0. o 22 um Comisión de Regulación de Energía y Gas información amplia, exacta, veraz y oportuna a quienes prestan los servicios públicos a los que esta ley se refiere, inclusive si sus tarifas no están sometidas a regulación. Quienes no la proporcionen, estarán sujetos a todas las sanciones que contempla el artículo 81 de la Ley 142 de 1994. En todo caso, las comisiones podrán imponer por sí mismas las sanciones del caso, cuando no se atiendan en forma adecuada sus solicitudes de información (Artículo 73 de la Ley 142 de 1994). En caso de que alguna empresa no remita la información dentro del plazo establecido la CREG iniciará las respectivas actuaciones administrativas a que haya lugar. Cordialmente,

JAVJER AUGUSTO DÍAZ YELASCO

Director Ejecutivo

En caso de que alguna empresa no remita la información dentro del plazo establecido la CREG iniciará las respectivas actuaciones administrativas a que haya lugar. Cordialmente, JAVJER AUGUSTO DÍAZ YELASCO Director Ejecutivo E 6032020 FAX: 6032100/8032049 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co Calle 116 No.7-15 Int.2 Piso 9 Ofi.901, Edif. Cusezar Bogotá, D.C. Colombia

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