CREG - Circular 38 de 2013
Detalles
- Título
- CREG - Circular 38 de 2013
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2013
Cr=G Comisión de Regulación de Energía y Gas Bogotá, 26 de julio de 2013
CIRCULAR No. 038
PARA: PRESTADORES DE LOS SERVICIOS DE GAS NATURAL Y ENERGÍA
ELÉCTRICA, EMPRESAS CONSULTORAS, CONSULTORES,
TERCEROS INTERESADOS
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA
Y GAS - CREG
ASUNTO: BORRADOR DE TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA CONTRATAR AL
PROMOTOR DEL PROCESO DE SELECCION DEL GESTOR DEL MERCADO DE GAS NATURAL La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas hace público en el anexo a esta Circular el borrador de términos de referencia para contratar al promotor del proceso de selección del gestor del mercado de gas natural. Para la elaboración de la versión final de este documento la Comisión tendrá en cuenta los comentarios que los interesados remitan a esta entidad a más tardar a las 5:00 p.m. del 1 de agosto de 2013. >? É (a GERMAN CASTRO FERREIRA Cordialmente, 2 6032020 FAX: 6032100 /6032049 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co Av. Calle 116 No.7-15 Int.2 Piso 9 Ofi.901, Edif. Cusezar Bogotá, D.C. ColombiaSOMISION DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS (CREG) 26/07/2013 16:46:31
No.RADICACION — |-2013-002908
No. FOLIOS 1 ANEXOS S| Para Respuesta o Adicionales Cite No. de RadicaciónNombre del Proceso Código: BS-FT-002
26/07/2013 16:46:31
No.RADICACION — |-2013-002908
No. FOLIOS 1 ANEXOS S| Para Respuesta o Adicionales Cite No. de RadicaciónNombre del Proceso Código: BS-FT-002 CVSG GESTION DE BIENES Y SERVICIOS |versisn:s Comisión de Regulación Nombre del Formato Fecha última revisión: de Energía y Gas 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 1 de 16
Espacio reservado para sticker de radicación, una vez diligenciado el formato.
TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA CONTRATAR AL PROMOTOR DEL PROCESO DE SELECCIÓN
DEL GESTOR DEL MERCADO DE GAS NATURAL 1 ANTECEDENTES Mediante el Decreto 2100 de 2011 el gobierno nacional estableció un nuevo marco de política pública con el propósito de asegurar el abastecimiento de gas natural. Dentro del marco de la nueva política pública, la CREG contrató los servicios profesionales de consultores internacionales para adelantar estudios sobre: i) contratos para el suministro y el transporte de gas natural; ii) el diseño y estructuración de subastas de asignación de contratos de gas natural; y iii) el diseño y la estructuración del mercado secundario y de mercados de corto plazo. Con base en los resultados de las consultorías mencionadas y en los análisis internos realizados por la Comisión, la CREG elaboró las siguientes resoluciones que fueron sometidas a consulta: e Resolución CREG 113 de 2012, por la cual se ordena publicar un proyecto de resolución de carácter general, “Por la cual se reglamentan los aspectos comerciales del mercado mayorista de gas natural, que hacen parte del Reglamento de operación de gas natural”.
e Resolución CREG 113 de 2012, por la cual se ordena publicar un proyecto de resolución de carácter general, “Por la cual se reglamentan los aspectos comerciales del mercado mayorista de gas natural, que hacen parte del Reglamento de operación de gas natural”. e Resolución CREG 155 de 2012, por la cual se ordena publicar un proyecto de resolución de carácter general, “Por la cual se establecen las reglas para la selección del gestor del mercado y las condiciones en que prestará sus servicios, como parte del Reglamento de operación de gas natural”. e Resolución CREG 003 de 2013, por la cual se ordena publicar un proyecto de resolución de carácter general, “Por la cual se establece el reglamento de comercialización del servicio público de gas natural, como parte del reglamento de operación de gas natural”. En las resoluciones mencionadas se plantea la necesidad de que el mercado colombiano de gas natural cuente con los servicios de un gestor del mercado. Esta empresa tendría a su cargo: i) el diseño y puesta en funcionamiento de un Boletín Electrónico Central, herramienta que serviría para la prestación de los demás servicios bajo la responsabilidad del gestor del mercado; ii) centralizar información transaccional y operativa del sector gas natural; iii) gestionar las subastas del mercado primario de gas natural; iv) Código: BS-FT-002 Página: 1 de 16
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Fecha última revisión: 11/02/2011Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
C226 GESTION DE BIENES Y SERVICIOS | Version: 3
Nombre del Formato Fecha última revisión: 13/12/2012 Comisión de Regulación de Energía y Gas TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 2 de 16
C226 GESTION DE BIENES Y SERVICIOS | Version: 3
Nombre del Formato Fecha última revisión: 13/12/2012 Comisión de Regulación de Energía y Gas TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 2 de 16 gestionar transacciones del mercado secundario y de corto plazo; y v) producir reportes que faciliten el seguimiento al mercado mayorista de gas natural. El gestor del mercado será seleccionado por la CREG, prestará los servicios que le ordene la regulación y como contraprestación recibirá los pagos previstos por la regulación. Los servicios que prestaría el gestor del mercado son los propuestos en la Resolución CREG 113 de 2012. Los criterios y el procedimiento para su selección fueron sometidos a consulta mediante las resoluciones CREG 155 de 2012 y 069 de
2013. La remuneración de los servicios del gestor del mercado se daría de conformidad con lo previsto en las resoluciones CREG 155 de 2012 y 003 de 2013. 2 OBJETO DEL CONTRATO Prestación de servicios profesionales con el fin de Promover la presentación de proponentes para la prestación de servicios del gestor del mercado colombiano de gas natural. 3 ALCANCE DEL CONTRATO El alcance del contrato incluye, pero no se limita, al desarrollo de las siguientes obligaciones:
a. Elaborar una lista de empresas establecidas en Europa y América que, dados los servicios que prestan en la actualidad, pueden ser consideradas candidatas idóneas para prestar los servicios a cargo del gestor del mercado. b. Establecer contacto con los directivos de dichas empresas a fin de explorar si están interesadas en establecer una empresa en Colombia para, de manera individual o a través de un consorcio, prestar los servicios a cargo del gestor del mercado.
cargo del gestor del mercado. b. Establecer contacto con los directivos de dichas empresas a fin de explorar si están interesadas en establecer una empresa en Colombia para, de manera individual o a través de un consorcio, prestar los servicios a cargo del gestor del mercado. c. Asesorar a la CREG en la identificación de posibles ajustes a los criterios de precalificación y de selección a que hacen referencia los artículos 5 y 7 de la Resolución CREG 155 de 2012 y la Resolución CREG 069 de 2013. Así mismo, identificar posibles ajustes a los requisitos mínimos que allí se especifican. d. Exponer a los interesados el alcance de las propuestas regulatorias sometidas a consulta por parte de la CREG.
Nota: Para la efectiva exposición de estas propuestas, el promotor deberá estar en condición de explicar las condiciones generales de los mercados colombianos de gas natural y de energía eléctrica. También deberá estar en condición de explicar las obligaciones propias de una empresa de servicios públicos domiciliarios. Por esta razón, la interacción entre el promotor y la CREG, tras el desarrollo de este proceso de selección, será de gran importancia.
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Versión: 1 Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CIAZG |SESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | version: 3
Comisión deR egulación Nombre del Formato recta última revisión: de Energía y Gas TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 3 de 16 e. Coordinar reuniones entre el promotor y los interesados. La CREG podrá acompañar al promotor en dichas reuniones.
de Energía y Gas TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 3 de 16 e. Coordinar reuniones entre el promotor y los interesados. La CREG podrá acompañar al promotor en dichas reuniones. f. Servir de canal de comunicación entre la CREG y los interesados. Esto es, el promotor recibirá las preguntas y observaciones formuladas por los interesados y dará traslado de ellas a la CREG. La CREG dará respuesta a los interesados. La CREG podrá discutir el alcance de los borradores de respuesta con el promotor, cuando lo considere necesario. 4 REGIMEN JURIDICO APLICABLE La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, es una Unidad Administrativa Especial, adscrita al Ministerio de Minas y Energía, creada mediante las leyes 142 y 143 de 1994 y para efectos de contratación se rige por las normas de derecho privado. Los recursos presupuestales son administrados a través de un contrato de fiducia autorizado por el Ministerio de Minas de Energía. 5 QUIEN PUEDE PARTICIPAR Podrán participar en este proceso de contratación aquellas personas naturales o jurídicas que cumplan los requerimientos técnicos establecidos en la sección 14 de estos Términos de Referencia. También podrán participar consorcios. 6 PRESUPUESTO El presupuesto oficial estimado para el presente proceso de selección asciende a la suma de trescientos cincuenta millones de pesos (COLP $350.000.000)', neto de impuestos. Este presupuesto está amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 313 de 2013, expedido por la Coordinación Administrativa y Financiera de la Entidad. El valor de la oferta no podrá ser superior a trescientos millones de pesos (COLP $350.000.000).
con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 313 de 2013, expedido por la Coordinación Administrativa y Financiera de la Entidad. El valor de la oferta no podrá ser superior a trescientos millones de pesos (COLP $350.000.000). Adicionalmente, la empresa o consorcio seleccionado como gestor del mercado pagará al contratista la siguiente comisión de éxito: ‘La tasa de cambio de COP$/US$ para diferentes períodos de 2012 es la siguiente: Enero 31: COP$1.815,08/US$1; Junio 30: COP$1.784,60/US$1; Diciembre 17: COP$1.798,37/US$ .
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Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CREG GESTION DE BIENES Y SERVICIOS |versión: 3
Comisión de Regulación de Energía y Gas Nombre del Formato Fecha última revisión: 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 4 de 16 a. 150% del valor del contrato que resulte del proceso de selección regido por estos términos de referencia, si la CREG recibe ofertas de cuatro (4) o más interesados precalificados. b. 100% del valor del contrato que resulte del proceso de selección regido por estos términos de referencia, si la CREG recibe ofertas de tres (3) interesados precalificados. c. 50% del valor del contrato que resulte del proceso de selección regido por estos términos de referencia, si la CREG recibe ofertas de dos (2) interesados precalificados.
Se entenderá por ofertas de interesados precalificados lo dispuesto en el artículo 6 del proyecto de
referencia, si la CREG recibe ofertas de dos (2) interesados precalificados. Se entenderá por ofertas de interesados precalificados lo dispuesto en el artículo 6 del proyecto de resolución contenido en la Resolución CREG 155 de 2012. 7 FORMA Y CONDICIONES DE PAGO Los pagos se efectuarán una vez los productos que resulten de lo señalado en el numeral 3 sean aprobados por el supervisor del contrato: Pagos Hito 10% del valor del contrato Presentación de la lista de empresas que pueden ser consideradas candidatas idóneas para prestar los servicios a cargo del gestor del mercado, de conformidad con lo señalado en el literal a del numeral 3 de estos términos de referencia. Este documento deberá ser presentado a la CREG a más tardar una (1) semana después de la firma del acta de inicio. 10% del valor del contrato Presentación de un informe que contenga las recomendaciones sobre los posibles ajustes a que se refiere el literal c del numeral 3 de estos términos de referencia. Este documento deberá ser presentado a la CREG a más tardar dos (2) semanas después de la firma del acta de inicio. 20% del valor del contrato Presentación de la lista de empresas que hayan manifestado interés en prestar los servicios a cargo del gestor del mercado, de conformidad con lo señalado en el literal b del numeral 3 de estos términos de referencia. Este documento deberá ser presentado a la CREG a más tardar seis (6) semanas después de la firma del acta de inicio. 30% del valor del contrato Tras la realización de las reuniones entre el promotor y los interesados, según lo establecido en el literal e del numeral 3 de estos términos de
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Fecha última revisión: 11/02/2011.
según lo establecido en el literal e del numeral 3 de estos términos de
Código: BS-FT-002
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Fecha última revisión: 11/02/2011.
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C2SEG_ GESTION DE BIENES Y SERVICIOS versión: Comisión de Regulación Nombre del Formato Fecha última revisión: de Energía y Gas 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 5 de 16 referencia.
Estas reuniones deberán terminarse, preferiblemente, a más tardar once (11) semanas después de la firma del acta de inicio. 30% del valor del contrato | Presentación de un informe que contenga un recuento de las actividades realizadas de acuerdo con lo establecido en los literales d, e y f del numeral 3 de estos términos de referencia. Este documento deberá ser presentado a la CREG a más tardar catorce (14) semanas después de la firma del acta de inicio. La comisión de éxito será pagada por el gestor del mercado al promotor dentro del mes siguiente a la fecha de selección del gestor. 8 SUPERVISION Y COORDINACIÓN La supervisión de la ejecución y del cumplimiento del objeto y alcance del contrato estará a cargo de uno de los Expertos Comisionados de la CREG, quien tendrá las siguientes funciones: a. Supervisar y coordinar la ejecución del contrato. b. Discutir y acordar, con el contratista seleccionado, los detalles finales sobre el alcance y el programa de trabajo. c. Dar el visto bueno sobre el cumplimiento del contrato. 9 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato tendrá una duración de cuatro (4) meses, contado a partir de la firma del acta de inicio, previo
programa de trabajo. c. Dar el visto bueno sobre el cumplimiento del contrato. 9 PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato tendrá una duración de cuatro (4) meses, contado a partir de la firma del acta de inicio, previo cumplimiento de la expedición del respectivo certificado. de registro presupuestal. El contratista debe tener en cuenta que algunas de las actividades de este contrato se deben desarrollar en paralelo con las actividades del proceso de selección del gestor del mercado, el cual se regirá por lo dispuesto en el proyecto de resolución contenido en la Resolución CREG 155 de 2012. En particular, se deberá procurar que la terminación de las reuniones a las que hace referencia el literal e del numeral 3 de estos términos de referencia ocurra una o dos semanas antes de la terminación de la actividad 2.1 señalada en el artículo 4 del proyecto de resolución contenido en la Resolución CREG 155 de 2012. El anterior plazo podrá ser revisado por la CREG cuando se presenten atrasos no imputables al contratista. No obstante, esta circunstancia no es causal para la modificación de las condiciones económicas del contrato.
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Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CREG _ GESTION DE BIENES Y SERVICIOS | versin: Comisión de Regulación Nombre del Formato Fecha última revisión: de Energía y Gas , 13/12/2012
TERMINOS DE REFERENCIA Paginas: 6 de 16 10 FACTORES DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 10.1 Experiencia (400 puntos) El proponente deberá acreditar experiencia en: i) el diseño de mercados de energía eléctrica o gas; y/o ii) la
10 FACTORES DE EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 10.1 Experiencia (400 puntos) El proponente deberá acreditar experiencia en: i) el diseño de mercados de energía eléctrica o gas; y/o ii) la adopción de nuevos regímenes regulatorios para mercados de energía eléctrica o gas; y/o iii) la promoción de inversiones en mercados de energía eléctrica o gas. De acuerdo con la información contenida en el formato del Anexo No. 2 de estos términos de referencia, que diligencie el proponente, el comité evaluador calificará diez (10) experiencias de acuerdo con las instrucciones en la siguiente tabla: Tabla 1
Nombre proponente: Calificación
Experiencia 1 Bx25 Experiencia 2 Bx25 Experiencia 3 Bx25 Experiencia 4 Bx 25 Experiencia 5 B x 25 Experiencia 6 Bx 25 Experiencia 7 Bx 25 Experiencia 8 B x 25 Experiencia 9 B x 25 Experiencia 10 B x 25 El valor de B, en la evaluación de cada experiencia, corresponderá a los siguientes valores: Tabla 2 Valor de B Evaluación de la experiencia 1 Si es considerada muy relevante 0,7 Si es considerada relevante 0,25 Si es considerada poco relevante 0 Si no es considerada relevante 10.2 Metodología de trabajo (200 puntos) El proponente deberá presentar un documento de no más de diez (10) páginas en el cual describa la metodología de trabajo que seguirá para el cumplimiento de los objetivos y alcances definidos en estos Código: BS-FT-002 Página: 6 de 16
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metodología de trabajo que seguirá para el cumplimiento de los objetivos y alcances definidos en estos Código: BS-FT-002 Página: 6 de 16
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Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CREG |(SESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS versión: Nombre del Formato Fecha última revisión: Comisión de Regulación de Energía y Gas 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 7 de 16 términos de referencia. La metodología deberá describir la estrategia para acometer el alcance del trabajo e indicar cómo la metodología propuesta permite alcanzar los objetivos planteados en el lapso propuesto.
Se evaluará la calidad de la propuesta de metodología de trabajo teniendo en cuenta el enfoque y estrategia propuesta por el oferente. 10.3 Propuesta económica (400 puntos) La propuesta económica tendrá un puntaje máximo de 400 puntos. El proponente que presente la propuesta económica con el menor valor recibirá el puntaje máximo. Los puntajes de las otras propuestas serán asignados aplicando la siguiente fórmula: Valor Minimo Puntaje Pr opuesta Económica(X) = —————— x 400 Valor (X) Donde: Puntaje Propuesta Económica (X): Corresponde a los puntos a ser asignados al proponente X.
Valor Mínimo: Corresponde al valor de la propuesta con el menor valor.
Valor (X): Valor de la propuesta económica del proponente X. Para la presentación de la propuesta económica se utilizará el formato contenido en el Anexo 1. El valor de la propuesta económica deberá incluir todos los gastos directos e indirectos para el cumplimiento total de los objetivos y alcance del contrato.
Para la presentación de la propuesta económica se utilizará el formato contenido en el Anexo 1. El valor de la propuesta económica deberá incluir todos los gastos directos e indirectos para el cumplimiento total de los objetivos y alcance del contrato. Todas las propuestas deben presentarse en pesos colombianos (COP$). 11 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA Para la evaluación de las propuestas se conformará el comité evaluador, integrado por tres (3) asesores de la CREG, quienes serán designados por el Comité de Expertos Comisionados. Con base en lo establecido en el numeral 10 de estos términos de referencia, el comité evaluador determinará el orden de elegibilidad de los proponentes, de tal manera que el primer lugar lo ocupe quien obtuvo el mayor puntaje, el segundo, quien obtuvo el segundo mayor puntaje, y así sucesivamente.
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Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CREG GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS | version: 3
Comision de Re gulacion Nombre del Formato Fecha última revisión: de Energía y Gas 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 8 de 16 12 METODOLOGÍA DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO La coordinación de la ejecución del contrato será definida por el supervisor y el contratista en la primera reunión de trabajo, lo cual se consignará en el acta respectiva, indicando los asesores de que dispondrá la CREG para interactuar con el consultor. Estos asesores serán designados por el Comité de Expertos de la CREG y conformarán un comité técnico de apoyo que revisará y comentará los productos de avance de la persona natural o jurídica.
CREG para interactuar con el consultor. Estos asesores serán designados por el Comité de Expertos de la CREG y conformarán un comité técnico de apoyo que revisará y comentará los productos de avance de la persona natural o jurídica. 13 CRITERIOS PARA DIRIMIR EMPATES En caso de presentarse un empate en el primer lugar de elegibilidad en la calificación final, se escogerá como ganador al proponente con mayor puntaje obtenido según el numeral 10.1 (experiencia). 14 REQUERIMIENTOS TÉCNICOS El proponente deberá acreditar experiencia en: i) el diseño de mercados de energía eléctrica o gas; y/o ii) la adopción de nuevos regímenes regulatorios para mercados de energía eléctrica o gas; y/o iii) la promoción de inversiones en mercados de energía eléctrica o gas. 15 CRONOGRAMA DEL PROCESO ACTIVIDAD FECHA LÍMITE Publicación de Términos de Referencia (TDR) | 2 de agosto de 2013 Recibo de solicitudes de aclaraciones a los TDR | 9 de agosto de 2013 Respuesta a las solicitudes de aclaración de los TDR 15 de agosto de 2013 Modificación TDR (adenda), si es necesario 16 de agosto de 2013 . Hasta el 26 de agosto de 2013 a Recibo de ofertas las 8:00 am Evaluación y notificación de resultados a los participantes 29 de agosto de 2013 a las 5:00 pm 30 de agosto de 2013 a las 10:00 Observaciones a la evaluación am Respuesta a observaciones a la evaluación 30 de agosto de 2013 a las 5:00 pm Adjudicación o declaración de desierto om agesto.de 20198 las 5:00
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Respuesta a observaciones a la evaluación 30 de agosto de 2013 a las 5:00 pm Adjudicación o declaración de desierto om agesto.de 20198 las 5:00
Cédigo: BS-FT-002 Pagina: 8 de 16
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Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CRZEG GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS [versón; 3 Nombre del Formato Fecha última revisión: Comisión de Regulación de Energía y Gas 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 9 de 16
En el evento de que no se presente propuesta alguna, el acta de declaratoria de desierto del concurso se realizará el mismo día previsto para el recibo de las ofertas. 16 GARANTÍA UNICAA FAVOR DE LA CREG La garantía única que presentará EL CONTRATISTA avalará el cumplimiento por parte suya de las obligaciones a su cargo surgidas del contrato, la cual se mantendrá vigente durante la vida del contrato y su liquidación y se ajustará a los límites, existencia y extensión del riesgo amparado. En caso de personas naturales o jurídicas colombianas, la garantía única se formalizará mediante una póliza de seguro o garantía bancaria a primer requerimiento constituida por EL CONTRATISTA a favor de COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS CREG expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros debidamente establecida en Colombia. Para el caso de las garantías bancarias, éstas deberán constar en documento privado en el cual el establecimiento de crédito asuma en forma expresa, autónoma e irrevocable en favor de la CREG el compromiso de honrar las obligaciones a cargo del solicitante, en caso de incumplimiento por parte de éste. La Comisión hará efectiva esta garantía a primer requerimiento mediante documento
compromiso de honrar las obligaciones a cargo del solicitante, en caso de incumplimiento por parte de éste. La Comisión hará efectiva esta garantía a primer requerimiento mediante documento constitutivo de incumplimiento y se informe del mismo a la entidad bancaria. El contratista deberá acreditar la constitución de la garantía, mediante la entrega del documento contentivo de la misma, suscrito por el representante legal de la entidad bancaria o por su apoderado y en ella deberá constar: i) el nombre de la entidad pública beneficiaria de la garantía; ii) los riesgos garantizados; iii) la forma de hacer exigible la garantía; iv) el valor de la garantía; y v) la vigencia de la garantía de acuerdo con los montos y exigencias hechos en el presente numeral. En caso de personas naturales o jurídicas extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia, la garantía única se formalizará en una póliza de seguro o garantía bancaria (cartas de crédito) constituida por EL CONTRATISTA a favor de COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS CREG expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros debidamente establecida en Colombia. En caso de personas naturales o jurídicas extranjeras, sin domicilio o sucursal en Colombia, se podrán otorgar como garantías, cartas de crédito stand by expedidas en el exterior. Para el caso de este tipo de garantías expedidas por entidades financieras del exterior, se deberá acreditar el otorgamiento de la carta de crédito stand by mediante la entrega del documento original contentivo de la misma, suscrito por el representante legal de la entidad emisora o por su apoderado y en ella deberá constar el nombre de la entidad contratante como beneficiaria de la carta de crédito stand by, y ser exigible de acuerdo con las Normas RRUU 600 de la Cámara de Comercio
y en ella deberá constar el nombre de la entidad contratante como beneficiaria de la carta de crédito stand by, y ser exigible de acuerdo con las Normas RRUU 600 de la Cámara de Comercio Código: BS-FT-002 Página: 9 de 16 Versión: 1
Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CREG CG ESTION DE BIENES Y SERVICIOS |versón:: Nombre del Formato Fecha última revisión: 13/12/2012 Comisión de Regulación de Energía y Gas TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 10 de 16 Internacional, CCI, (ICC Uniform Customs and Practice for Documentary Credits UCP 600) o aquellas Normas que las modifiquen, adicionan o sustituyan. Estas Garantías deberán prever mecanismos expeditos y eficaces para resolver definitivamente cualquier disputa que pueda surgir en relación con la garantía entre el Beneficiario y el Otorgante aplicando las normas que rigen su exigibilidad, tales como la decisión definitiva bajo las reglas de Conciliación y Arbitraje de la CCI, por uno o más árbitros designados según lo establecen las mencionadas reglas. El valor de la garantía que se constituya deberá estar calculada en dólares de los Estados Unidos de América a la tasa representativa del mercado del día de su expedición. Esta póliza o garantía bancaria se distribuirá en el cubrimiento de los siguientes riesgos que afectan la ejecución del contrato: Sobre el i i) Clase de Riesgos % alae “Vigencia La del contrato y seis (6) meses más 17 PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS Serán de propiedad de la CREG los productos que se desarrollen durante el contrato. Lo relacionado con
Sobre el i i) Clase de Riesgos % alae “Vigencia La del contrato y seis (6) meses más 17 PROPIEDAD DE LOS PRODUCTOS Serán de propiedad de la CREG los productos que se desarrollen durante el contrato. Lo relacionado con los derechos de autor se sujetará a lo establecido por la Ley 23 de 1982 y demás normas complementarias. En el evento de requerirse, el contratista deberá, previo al pago final, suscribir documento de transferencia de derechos de autor. Cumplimiento del Contrato | 20 | Del Contrato Igualmente el contratista liberará a la CREG de toda responsabilidad por las acciones que inicien terceros en razón de las transgresiones de derechos de autor, marca o patente como consecuencia de los productos o servicios que se contraten y que sean utilizados por el contratista para la ejecución del objeto de la contratación. El contratista deberá suscribir a la iniciación del contrato un acuerdo de confidencialidad en el que hará constar que guardará estricta reserva sobre la información confidencial que reciba de la CREG y de los agentes del mercado. 18 INDEMNIDAD EN LOS SUBCONTRATOS El contratista mantendrá indemne a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, contra todo reclamo, demanda, acción legal y costos que puedan causarse o surgir por responsabilidad de cualquier naturaleza, ocasionados por el contratista, sus subcontratistas (grupo de profesionales o sus proveedores), durante la ejecución de los servicios que se contraten.
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Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CRPEG GESTION DE BIENES Y SERVICIOS |version: 2
Comisión de Regulación Nombre del Formato Fecha última revisión:
Fecha última revisión: 11/02/2011.Nombre del Proceso Código: BS-FT-002
CRPEG GESTION DE BIENES Y SERVICIOS |version: 2
Comisión de Regulación Nombre del Formato Fecha última revisión: de Energía y Gas 13/12/2012
TÉRMINOS DE REFERENCIA Páginas: 11 de 16 19 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Los proponentes deberán tener en cuenta que no se encuentren incursos en inhabilidades legales, principalmente las previstas en la Ley 142 de 1994. La propuesta deberá contener la manifestación de que los profesionales que conforman el grupo de trabajo, conocen y no están incursos en las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la Ley.
Los proponentes no podrán tener vigente, ni haber tenido en el último año, relación contractual ni vinculación alguna con empresas que participen en el mercado colombiano de gas natural.
20 DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ADJUNTAR CON LA PROPUESTA
a. Carta de presentación de la propuesta (Anexo 1). b. Copia legible del documento de identidad de la persona que suscribiría el contrato y a su vez sería el director del proyecto. c. Anexo 2 debidamente diligenciado. d. Documento con presentación de la metodología de trabajo.
NOTA IMPORTANTE: La presentación de todos los documentos que se indican en este numeral es obligatoria. La no presentación de alguno de los documentos indicados será causal de rechazo de la propuesta. 21 PERIODO DE VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS Las propuestas deben permanecer válidas por un plazo de treinta (30) día
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