CREG - Circular 46 de 2009

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 46 de 2009
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2009

Cr=G Comision de Regulacion de Energia y Gas Bogota, 29 de octubre de 2009

CIRCULAR No. 046

PARA: EMPRESAS DISTRIBUIDORAS DE GAS COMBUSTIBLE POR

REDES DE TUBERIAS

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA COMISIÓN DE REGULACIÓN DE

ENERGÍA Y GAS - CREG

ASUNTO: SOLICITUD DE INFORMACIÓN y DILIGENCIAMIENTO DE FORMATOS EN LINEA Como es de conocimiento de los agentes, la Comisión de Regulación de Energía y Gas, a través del proceso CDP-26-2009, ha contratado el estudio “Consultoría para la actualización de las unidades constructivas asociadas a los activos inherentes a la actividad de distribución de gas combustible por redes, y los costos eficientes de cada una para ser consideradas en el próximo periodo tarifario”, con la firma ITANSUCA Proyectos de Ingeniería Ltda.

Para conocer y analizar la información de las empresas en relación con las potenciales actualizaciones de las unidades constructivas, se requiere que las empresas de distribución de gas combustible por redes, diligencien los formatos correspondientes que están a disposición en el servidor de la CREG. Con el fin de asignar el usuario y la clave correspondiente a cada empresa, solicitamos que el representante legal envíe los datos de contacto de la persona designada para el diligenciamiento de los formatos de actualización de las unidades constructivas (nombre, número telefónico, cargo y dirección electrónica). Esta información debe ser remitida al correo electrónico cre creg.gov.co. Anexo a esta circular se encuentran las instrucciones y el manual para diligenciar la información solicitada en los formatos. Este proceso debe realizarse a más tardar el martes 10 de noviembre de 2009. Cordialmente,

cre creg.gov.co. Anexo a esta circular se encuentran las instrucciones y el manual para diligenciar la información solicitada en los formatos. Este proceso debe realizarse a más tardar el martes 10 de noviembre de 2009. Cordialmente, NA VALENCIA Director Ejequtivo GB 6032020 FAX: 6032100 /6032049 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co D4] av. Calle 116 No.7-15 Int.2 Piso 9 01.901, Edif. Cusezar Bogotá, D.C. Colombiaam Cr=G Comision de Regulacion de Energia y Gas INSTRUCCIONES Adjunto se encuentra el manual para el reporte de la información de cambios en las unidades constructivas e insumos, el cual incluye el procedimiento a seguir. Adicionalmente, se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones:

1. Los parámetros que no están incluidos en los formatos de consulta de las unidades constructivas, no se están considerando para ser ajustados y permanecerán inalterados en el presente estudio.

2. Debe entenderse, que de acuerdo con los términos de referencia, la actualización de los precios de las unidades constructivas consideran que los precios base se definieron a costos eficientes. Por lo tanto, dado que se trata de una actualización de dichos precios, los rendimientos actuales no serán considerados para modificación, por lo que seguirán vigentes los establecidos en la Resolución CRES 011 de 2003.

3. Para el caso de las variables consultadas en los formatos, cada empresa debe especificar y anexar la norma pertinente, él o los rellenos de material que utiliza, así como los sobre-anchos o geometrías particulares que le aplican de acuerdo con la regulación o legislación vigente.

debe especificar y anexar la norma pertinente, él o los rellenos de material que utiliza, así como los sobre-anchos o geometrías particulares que le aplican de acuerdo con la regulación o legislación vigente.

4. La inclusión de la propuesta de modificación de cualquier parámetro respecto de la información base en el formato debe estar respaldada con la normatividad que lo regula, y que se debe anexar de acuerdo con el mecanismo previsto para tal fin. Para esto, es necesario que se adjunte el documento en formato .pdf o .tif a fin de ser tenido en cuenta en el análisis de la actualización de las unidades constructivas.

5. La actualización de las unidades constructivas existentes se debe ajustar en los formatos definidos para tal fin.

Las propuestas de unidades constructivas nuevas así como de los centros de control, debe ser definidas por las empresas según sus necesidades. Para este efecto, toda aquella unidad constructiva considerada nueva por la empresa o para los centros de control, debe ser especificada en su topología, geometría y precio a fin de ser evaluada e incluida dentro de los análisis. a) HERNÁN MOLINA VALENCIA Director Ejedutivo 2 6032020 FAX: 6032100 /6032049 url: www.creg.gov.co e-mail: creg@creg.gov.co Ay. Calle 116 No.7-16 Int.2 Piso 9 0.901, Edif. Cusezar Bogotá, D.C. Colombia

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