CREG - Circular 52 de 2019

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 52 de 2019
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2019

Bogotá, D. C., julio 5 de 2019

CIRCULAR No.052

PARA: RAYOGAS S.A E.S.P., SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS

PÚBLICOS DOMICILIARIOS , ALCALDES DE MUNICIPIOS

PERTENECIENTES A LOS DEPARTAMENTOS DE META Y

CUNDINAMARCA, AUTORIDADES DE POLICÍA Y TERCEROS

INTERESADOS.

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: AUTORIZACIÓN DE MOVILIZACIÓN DE CILINDROS UNIVERSALES

REMANENTES PARA DESTRUCCIÓN

La CREG expidió mediante la Resolución CREG 164 de 2014 las medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros.

Dentro de dicha resolución se estableció la destrucción de los cilindros universales remanentes que se encuentren en poder de las empresas prestadoras del servicio de GLP en cilindros, siendo los Cilindros Universales Remanentes “los cilindros universales que no tienen marca asociada a un prestador del servicio, que no fueron objeto de destrucción y/o adecuación dentro de los períodos de transición y de cierre que finalizó el 1 de julio de 2012, y que después de esta fecha permanecen en el mercado. Estos cilindros no pueden ser utilizados en la prestación del servicio de GLP y por tanto deben ser destruidos”.

Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros en el artículo 5 de la Resolución CREG 164 de 2014 se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras minoristas de GLP de informar a la CREG la cantidad de cilindros universales remanentes

Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros en el artículo 5 de la Resolución CREG 164 de 2014 se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras minoristas de GLP de informar a la CREG la cantidad de cilindros universales remanentes que tiene en su poder y el lugar donde se encuentran almacenados y así mismo, de conformidad con el artículo 7 de la mencionada resolución, informar a la CREG la programación prevista para su destrucción para la respectiva revisión y autorización por parte de la CREG.

En respuesta a la anterior disposición regulatoria, la empresa RAYOGAS S.A E.S.P., que realiza las actividades de distribución y comercialización minorista de GLP, mediante comunicación con número de radicado E-2019-006714 informó la cantidad de cilindros universales remanentes en su poder y la programación de movilización y destrucción de los mismos.Circular052 Julio de 2019 2/12

Una vez revisada dicha información por parte de la CREG y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 8 de la Resolución CREG 164 de 2014, donde se establece que únicamente se podrán movilizar cilindros universales remanentes dentro del territorio nacional y con destino a la destrucción en talleres autorizados cuando exista una autorización expresa de la CREG emitida mediante circular, esta entidad se permite informar que:

1. Se autoriza a la empresa RAYOGAS S.A E.S.P. la movilización por concepto de recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes identificados en el anexo 1 de la presente circular.

2. La movilización de los cilindros universales remanentes enlistados en el numeral anterior

recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes identificados en el anexo 1 de la presente circular.

2. La movilización de los cilindros universales remanentes enlistados en el numeral anterior solo se podrá realizar en las fechas señaladas en el anexo 1.

3. El vehículo usado en la movilización de cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 no podrá por ningún motivo contener cilindros marcados con o sin gas durante dicha movilización.

4. La movilización del vehículo que transporta los cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 deberá hacerse únicamente entre las ciudades origen y destino relacionados en los anexos 1 y 2.

5. La destrucción de los anteriores cilindros se realizará en el taller autorizado CIDEGAS,

ubicado en la carrera 2 No. 48-98, en el municipio de -Soacha, Cundinamarca, de acuerdo a la programación prevista en el anexo 2.

6. El incumplimiento de los numerales anteriores se considerará una infracción a la prohibición establecida en los numerales a) y b) de la Resolución CREG 164 de 2014.

En tal caso deberá informase a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y darse aplicación a las normas en materia de policía.

Fuera de las fechas contenidas en esta circular la empresa RAYOGAS S.A E.S.P. no podrá por ningún motivo movilizar ni tener en su poder cilindros universales remanentes salvo medie otro pronunciamiento de esta Comisión en los términos previstos en la Resolución CREG 164 de 2014.

Cordialmente,

por ningún motivo movilizar ni tener en su poder cilindros universales remanentes salvo medie otro pronunciamiento de esta Comisión en los términos previstos en la Resolución CREG 164 de 2014.

Cordialmente,

CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA

TTCircular052 Julio de 2019 3/12

ANEXO 1

RECOLECCIÓN CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES

Meta

INFORMACION TRASLADO CILINDROS CILINDROS REMANENTES

UBICACIÓN CILINDROS

PROCEDENCIA

FECHA DE

MOVILIZACION

PLACA

VEHICULO

DEPOSITO

ORIGEN 10 lb 20 lb 33 lb 40 lb 100 lb TOTAL GRANADA Y VILLAVICENCIO 8,9,10 de julio 22,23,24 de julio 29,30,31 de julio 12,13,14 de agosto SQK319

XIA306 META 0 0 0 600 200 800

TOTAL 800

CILINDROSREMANENTES 10 lb 20 lb 33 lb 40 lb 100 lb TOTAL Total de cilindros universales para recoger 0 0 0 600 200 800Circular052 Julio de 2019 4/12

ANEXO2

DESTRUCCIÓNCILINDROSUNIVERSALESREMANENTES

Meta

TRASLADO A DESTRUCCION CILINDROS REMANENTES

DEPOSITO

ORIGEN

FECHA

MOVILIDAD

PLACA

VEHICULO

PLANTA

Meta

TRASLADO A DESTRUCCION CILINDROS REMANENTES

DEPOSITO

ORIGEN

FECHA

MOVILIDAD

PLACA VEHICULO PLANTA DESTINO 10 lb 20 lb 33 lb 40 lb 100 lb TOTAL META 8,9,10 de julio 22,23,24 de julio 29,30,31 de julio 12,13,14 de agosto SQK319

XIA306 SOACHA 0 0 0 600 200 800

TOTAL 800

CILINDROS REMANENTES 10 lb 20 lb 33 lb 40 lb 100 lb TOTAL Total de cilindros universales para destruir 0 0 0 600 200 800

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