CREG - Circular 60 de 2024

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 60 de 2024
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Bogotá, D.C., 27 de agosto de 2024

CIRCULAR No. 060 de 2024

PARA: EMPRESAS REGULADAS

DE: DIRECTOR EJECUTIVO

ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN DE GASTOS AOM POR ACTIVIDADES

PARA LA REGULACIÓN VIGENCIA 2023

De acuerdo con el artículo 18 de la Ley 142 de 1994, el objeto de las empresas de servicios públicos puede ser la prestación de uno o más de los servicios públicos a los que les aplica esta norma, o la realización de una o varias de las actividades complementarias. Adicionalmente, en el mismo artículo se precisa que estas empresas deben llevar contabilidad separada para cada uno de los servicios que presten. Con fundamento en la facultad selectiva prevista en el inciso final del artículo 73 de la Ley 142 de 1994, se requiere a las empresas de servicios públicos domiciliarios para que reporten a la Comisión los gastos de administración, operación y mantenimiento separados por actividades de la vigencia 2023. Las empresas reguladas que reportaron información en cumplimiento de la Circular CREG 025 de 2024 no deben remitir nuevamente la plantilla 404. Sin embargo, si realizan otras actividades reguladas, deberán enviar las plantillas correspondientes a dichas actividades, siempre que estén inscritas en el RUPS. Al momento de diligenciar las plantillas se debe tener en cuenta lo siguiente: • Diligenciar una plantilla por cada actividad regulada que desarrolla la empresa y que tenga registrada en el RUPS. Firmado Electronicamente con AZSign

estén inscritas en el RUPS. Al momento de diligenciar las plantillas se debe tener en cuenta lo siguiente: • Diligenciar una plantilla por cada actividad regulada que desarrolla la empresa y que tenga registrada en el RUPS. Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240827-123658-349984-65969186 2024-08-27T12:37:38-05:00 - Pagina 1 de 4Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 • La suma de las columnas de las estructuras de costos, EDC de las plantillas, debe totalizar el gasto AOM reportado por actividad en el Sistema Único de Información – SUI de la Superintendencia de Servicios Públicos (formato FC01 - Gastos de servicios públicos – X1). • Las sumas de las plantillas reportadas por actividad deben coincidir con los estados financieros y los valores totales reportados por servicio en el (formato – SUI310000Estado de Resultados Integral, resultado del periodo, por función del gasto). • La Comisión se reservará el derecho de verificar esta información. • Las plantillas deben enviarse como archivos adjuntos sin contraseñas ni encriptaciones. No se aceptarán archivos enviados a través de enlaces, links u otros medios de envío distintos al adjunto directo.

El plazo máximo para el reporte de la información de los gastos AOM de la vigencia 2023, por parte de los prestadores del servicio de energía eléctrica será el 06 de septiembre de

2024. Los demás prestadores deberán reportar a más tardar el día 13 de septiembre de

por parte de los prestadores del servicio de energía eléctrica será el 06 de septiembre de

2024. Los demás prestadores deberán reportar a más tardar el día 13 de septiembre de

2024. Dicha información deberá ser enviada al correo creg@creg.gov.co, indicado en el asunto “Gastos AOM 2023”, y utilizando obligatoriamente las plantillas adjuntas a esta circular, los cuales dejan sin efecto las publicadas en circulares anteriores.

Atentamente,

ANTONIO JIMENEZ RIVERA

Director Ejecutivo

Anexo: Archivos con las plantillas para cada actividad Nota: En las siguientes páginas encontrará las firmas electrónicas asociadas a este documento.

1 Se debe seleccionar el formato estipulado por cada servicio prestado por la empresa, por ejemplo: FC01-4 Energía eléctrica, FC01-5 Gas combustible por redes, FC01-6 Gas licuado de petróleo. Es importante mencionar que esta validación aplica únicamente para las empresas de servicios públicos domiciliarios que reportan información en el SUI.

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240827-123658-349984-65969186 2024-08-27T12:37:38-05:00 - Pagina 2 de 4REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS

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Id Acuerdo: 20240827-123658-349984-65969186

Estado: Finalizado Creación: 2024-08-27 12:36:58

Finalización: 2024-08-27 12:37:38

Firma: Director ejecutivo

Antonio Jimenez 13744211 antonio.jimenez@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240827-123658-349984-65969186 2024-08-27T12:37:38-05:00 - Pagina 3 de 4REPORTE DE TRAZABILIDAD

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Id Acuerdo: 20240827-123658-349984-65969186

Estado: Finalizado Creación: 2024-08-27 12:36:58

Finalización: 2024-08-27 12:37:38

Firma Antonio Jimenez antonio.jimenez@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas Aprobado Env.: 2024-08-27 12:36:58

Lec.: 2024-08-27 12:37:16

Res.: 2024-08-27 12:37:37

IP Res.: 191.95.50.207

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20240827-123658-349984-65969186 2024-08-27T12:37:38-05:00 - Pagina 4 de 4

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