CREG - Circular 64 de 2019

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Circular 64 de 2019
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2019

Comisión de Regulación ul es de todos de Energía y Gas ( ¿= A El futuro ¿Sóblemo ES Bogotá, D. C., 15 de agosto de 2019

CIRCULAR No.064

PARA: RAYOGAS S.A E.S.P. SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS

PUBLICOS DOMICILIARIOS, ALCALDES DE MUNICIPIOS

PERTENECIENTES A LOS DEPARTAMENTOS DE CAQUETÁ,

CUNDINAMARCA, HUILA Y TOLIMA, AUTORIDADES DE POLICÍA Y

TERCEROS INTERESADOS.

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: AUTORIZACION DE MOVILIZACION DE CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES PARA DESTRUCCION La CREG expidió mediante la Resolución CREG 164 de 2014 las medidas regulatorias dentro de las actividades de distribución y/o comercialización minorista de GLP enfocadas a reforzar la aplicación del esquema de responsabilidad de marcas en cilindros.

Dentro de dicha resolución se estableció la destrucción de los cilindros universales remanentes que se encuentren en poder de las empresas prestadoras del servicio de GLP en cilindros, siendo los Cilindros Universales Remanentes “los cilindros universales que no tienen marca asociada a un prestador del servicio, que no fueron objeto de destrucción y/o adecuación dentro de los períodos de transición y de cierre que finalizó el 1 de julio de 2012, y que después de esta fecha permanecen en el mercado. Estos cilindros no pueden ser utilizados en la prestación del servicio de GLP y por tanto deben ser destruidos”. Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros en el artículo 5 de la Resolución CREG 164 de 2014 se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras

utilizados en la prestación del servicio de GLP y por tanto deben ser destruidos”. Para llevar a cabo la destrucción de estos cilindros en el artículo 5 de la Resolución CREG 164 de 2014 se estableció la obligación de las empresas distribuidoras y comercializadoras minoristas de GLP de informar a la CREG la cantidad de cilindros universales remanentes que tiene en su poder y el lugar donde se encuentran almacenados y así mismo, de conformidad con el artículo 7 de la mencionada resolución, informar a la CREG la programación prevista para su destrucción para la respectiva revisión y autorización por parte de la CREG. En respuesta a la anterior disposición regulatoria, la empresa RAYOGAS S.A E.S.P., que realiza las actividades de distribución y comercialización minorista de GLP, mediante comunicación con número de radicado CREG E-2019-007726 informó la cantidad de Q Ay Calle 116 N9 7.1511 2 Oñeno $01 G Kan Edificio Cusezar Bogota. DC Colombia a % y E 116032020: Fax 1116032100 2 crop E creg gor co e We C189 gov eoEl futuro Comisión de Regulación del es de todos de Energía y Gas Circular064 Agosto-2019 2/5 cilindros universales remanentes en su poder y la programación de movilización y destrucción de los mismos. Una vez revisada dicha información por parte de la CREG y teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 8 de la Resolución CREG 164 de 2014, donde se establece que únicamente se podrán movilizar cilindros universales remanentes dentro del territorio nacional y con destino a la destrucción en talleres autorizados cuando exista una autorización expresa de la CREG emitida mediante circular, esta entidad se permite informar que:

se podrán movilizar cilindros universales remanentes dentro del territorio nacional y con destino a la destrucción en talleres autorizados cuando exista una autorización expresa de la CREG emitida mediante circular, esta entidad se permite informar que:

1. Se autoriza a la empresa RAYOGAS S.A E.S.P. la movilización por concepto de recolección y destrucción de los cilindros universales remanentes identificados en el anexo 1 de la presente circular.

La movilización de los cilindros universales remanentes enlistados en el numeral anterior solo se podrá realizar en las fechas señaladas en el anexo 1. El vehículo usado en la movilización de cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 no podrá por ningún motivo contener cilindros marcados con o sin gas durante dicha movilización. La movilización del vehículo que transporta los cilindros universales remanentes autorizada en el numeral 1 deberá hacerse únicamente entre las ciudades origen y destino relacionados en los anexos 1 y 2. La destrucción de los anteriores cilindros se realizará en el taller autorizado CIDEGAS, ubicado en la carrera 2 No. 48-98, en el municipio de -Soacha, Cundinamarca, de acuerdo a la programación prevista en el anexo 2. El incumplimiento de los numerales anteriores se considerará una infracción a la prohibición establecida en los numerales a) y b) de la Resolución CREG 164 de 2014. En tal caso deberá informase a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y darse aplicación a las normas en materia de policía. Fuera de las fechas contenidas en esta circular la empresa RAYOGAS S.A E.S.P. no podrá

En tal caso deberá informase a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y darse aplicación a las normas en materia de policía. Fuera de las fechas contenidas en esta circular la empresa RAYOGAS S.A E.S.P. no podrá por ningún motivo movilizar ni tener en su poder cilindros universales remanentes salvo medie otro pronunciamiento de esta Comisión en los términos previstos en la Resolución CREG 164 de 2014. Cordialmente, a Q al Calle 116 Ho 7.15 1nt 2 Oficina 991 G 4 Edificio Cusezar Bogate. DC Colombia o A E 11: 6032020 Fax (116032100 ss crepiicreg po co Je www. cfg gov eaCRSG Comisión de Regulación de Energía y Gas Circular064 Agosto-2019 3/5 El futuro es de todos

ANEXO 1

RECOLECCIÓN CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES

Caquetá INFORMACION TRASLADO CILINDROS Capacidad Cilindros Remanentes

UBICACIÓN CILINDROS FECHA DE PLACA DEPOSITO .

PROCEDENCIA MOVILIZACION VEHICULO ORIGEN MMM 45 18 | 45 | TOTAL La Montañita 16, 17, 19, 20, 21, o| of} oO} 152; 42 194

El Paujil 22, 23, 24, 26, 27, No hay 0. 0 0| 148| 39 187 28, 29, 30, 31 de depósito en El Doncello agosto. SQK319 Caquetá, 0 0 o| 121 28 149 x ; San Vicente de Caguan 1234569 A306 eee | OO} | 0 159| 49 208

28, 29, 30, 31 de depósito en El Doncello agosto. SQK319 Caquetá, 0 0 o| 121 28 149 x ; San Vicente de Caguan 1234569 A306 eee | OO} | 0 159| 49 208 10,11,12y13de Espinal Puerto Rico septiembre. 0; O 0 187 53 i 240 = TOTAL a 978 Cundinamarca INFORMACION TRASLADO CILINDROS Capacidad Cilindros Remanentes UBICACIÓN CILINDROS FECHA DE PLACA DEPOSITO e A PROCEDENCIA MOVILIZACION — VEHICULO ORIGEN 5 9 [15/18 | 454 TOTAL 16, 17, 19, 20, 21, Fusagasuga 22, 23, 24, 26, 27, 0; 0 0; 550 36 586 28, 29, 30, 31 de agosto. SQK319 , XIA306 Cazucá : : 1,2,3,4,5,6,9 Silvania yyy Oy Ds ilvani 10, 11, 12 y 13 de 0; 0 0} 400 45 445 | septiembre. 7 i i

TOTAL 1.031

Huila

INFORMACION TRASLADO CILINDROS

UBICACION CILINDROS

PROCEDENCIA

PitalitoFECHA DE MOVILIZACION 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 29, 30, 31 de agosto. 1,2, 3,4,5,6,9, 10, 11, 12 y 13 de septiembre. al

PLACA DEPOSITO

28, 29, 30, 31 de agosto. 1,2, 3,4,5,6,9, 10, 11, 12 y 13 de septiembre. al

PLACA DEPOSITO

VEHICULO — ORIGEN

SQK319 XIA306 No hay depósito en Huila, se acopian en el Espinal | Capacidad Cilindros Remanentes 5l9l15 18 200 45 TOTAL 245 Q ae Calle 116 No 7-15 101 2 Ofene 991 Edificio Cusezar Bogotá. DC Colombia 2 11: 6032020) Fax 1116032100 E cregíicreg gov co % www Crag gov coUD : Comisión de Regulación de Energia y Gas El futuro Goblerno esdetodos “de Colombia © Circular064 Agosto-2019 4/5 INFORMACION TRASLADO CILINDROS _ Capacidad Cilindros Remanentes

UBICACIÓN CILINDROS FECHA DE PLACA DEPOSITO [M fot PF

PROCEDENCIA MOVILIZACION VEHICULO ORIGEN PI A O Mibedtiad

TOTAL 245

Tolima INFORMACION TRASLADO CILINDROS Capacidad Cilindros Remanentes UBICACIÓN CILINDROS FECHA DE PLACA DEPOSITO ao lacl ae e re PROCEDENCIA MOVILIZACION VEHICULO ORIGEN [iia | 9 115] 18 | 45 | TOTAL Venadillo 0| 0O| 0| 130) 32 162 Santa Isabel 16, 17, 19, 20, 21, 0. 0 O| 142 47 189

Venadillo 0| 0O| 0| 130) 32 162 Santa Isabel 16, 17, 19, 20, 21, 0. 0 O| 142 47 189 22, 23, 24, 26, 27, Tres Esquinas 28, 29, 30, 31 de 0; O O| 148 54 202 agosto. SQK319 ; Melgar XIA306 Espinal 0; 0 0); 220 39 259 Espinal 1,2,3,4,5, 6,9, 0} O| 0O| 189) 45| 234 | 10, 11, 12 y 13 de — Jundai septiembre. 0} 0] 0 145] 41 186 Carmen de Apicalá | | 0} o o 196 | 57 253 TOTAL 1.485 - Capacidad Cilindros Remanentes 5 | 9 | 15 | 18 | 45 | TOTAL Total de cilindros universales para recoger 0 0 0 3.087 | 652 3.739 re O Ae Calle 116 ko 7.15 107 2 Oficina $01 G KN Edificio Cusezer Bogota. DC Colombia NI 2 11) 6032020: Fax (1) 6032100 3 @ crepícreg gov co Y ww. crag gov coEl futuro Goblemo CSG Comisión de Regulación de Energía y Gas es de todos 'deColombla > Circular064 Agosto-2019 5/5

ANEXO2

DESTRUCCION CILINDROS UNIVERSALES REMANENTES

Cundinamarca y Tolima ADO A DESTRUCCIC Capacidad Cilindros Remanentes ane e x 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27,

Cundinamarca y Tolima ADO A DESTRUCCIC Capacidad Cilindros Remanentes ane e x 16, 17, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, . 28, 29, 30, 31 de Cazucá a agosto. vier SOACHA ol 0 O| 3.087| 652| 3.739 Espinal 1,2,3,4,5,6,9, 10, 11, 12 y 13 de septiembre.

TOTAL 3.739

CILINDROS REMANENTES. 5 | 9 | 15 | 48 | 48 | TOTAL Total de cilindros universales para destruir 0 0 0 3.087 | 652 3.739 = @ as Calle 116 No 7-15int 2 Oficina 991 G KN Edificio Cusezar Bogota. DC Colombia AI Me 11: 6032020: Fax 1116032100 @ cregíicreg go. co W's C1) Gov CO

Consultar sobre este documento ...