CREG - Circular 68 de 2019

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 68 de 2019
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2019

CrsG ae El futuro Gobierno Comisión de Regulación es de todos de Colombia de Energía y Gas Bogotá, D. C., 23 de agosto de 2019

CIRCULAR No. 068

PARA: PRESTADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE

ENERGÍA ELÉCTRICA Y DEMAS INTERESADOS

DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LOS TEXTOS DE RESOLUCIONES SOBRE LAS

CONDICIONES DE COMPETENCIA Y LA FORMULA DE TRASLADO

PARA EL MECANISMO DE CONTRATACIÓN ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN 40590 DE 2019 DEL MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA La Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG, en la Sesión 938 del 15 de agosto de 2019 aprobó los textos de los actos administrativos que contienen las propuestas regulatorias relativas a: + “Condiciones de competencia para el mecanismo de contratación establecido en la Resolución 40590 de 2019 del Ministerio de Minas y Energía” e “Fórmula de traslado en el componente de compras de energía al usuario regulado de los precios del mecanismo de contratación establecido en la Resolución 40590 de 2019 del Ministerio de Minas y Energía” Estos actos administrativos fueron remitidos el 16 de agosto de 2019 a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en los términos del artículo 7 de la Ley 1340 de 2009, reglamentado por el Decreto 2897 de 2010". De acuerdo con el cronograma de actividades de la subasta publicado por la UPME, en su calidad de administrador de la subasta de contratos de largo plazo convocada por el Ministerio de Minas y

2897 de 2010". De acuerdo con el cronograma de actividades de la subasta publicado por la UPME, en su calidad de administrador de la subasta de contratos de largo plazo convocada por el Ministerio de Minas y Energía, la entrega de documentos que contienen los parámetros para pre-calificación y calificación de vendedores y compradores, es el 6 de septiembre de 2019. En este contexto, la CREG, en la misma 1 Estas disposiciones se encuentran recogidas actualmente en los numerales 2.2.2.30 y siguientes del Decreto 1074 de 2015. Q Av. Calle 116 No. 7-15 int. 2. Oficina 901 lam Edificio Cusezar Bogota. 0.C. Colombia NY | 2crsoszozo/ rex (1) 082100 & cregficreg gov.co e Ja Www.creg gov.coCrsG ergs El futuro Gobierno Comisión de Regulación es de todos de Colombia de Energía y Gas Circular068 Agosto 2019 2/2 Sesión 938 del 15 de agosto de 2019 consideró oportuno publicar el texto de la propuesta regulatoria remitido a la SIC, atendiendo estas condiciones de naturaleza particular y excepcional. La presente publicación se lleva a cabo con el fin de que los potenciales participantes en la subasta cuenten con la información relevante sobre las condiciones de competencia y sobre la fórmula mediante la cual podrán dar traslado a los precios resultantes de la subasta en el costo unitario de prestación del servicio, con anterioridad a la fecha determinada por la UPME para el envío de la documentación. En los términos del artículo 2.2.2.30.9 del Decreto 1074 de 2015, en caso de que el concepto de la SIC establezca que el proyecto de acto administrativo tiene incidencia negativa sobre la libre

documentación. En los términos del artículo 2.2.2.30.9 del Decreto 1074 de 2015, en caso de que el concepto de la SIC establezca que el proyecto de acto administrativo tiene incidencia negativa sobre la libre competencia, la decisión de la CREG con respecto a dicho concepto será especificada dentro de las consideraciones del acto administrativo definitivo y, de requerirse, se harán los ajustes necesarios. Cordialmente,

JARAMILLO HERRERA Anexos: Proyecto de resolución de con: Proyecto de resolución de fórmula de traslado

Q Av Calle 116 No. 7-15 int. 2. Oficina 901 Edificio Cusezar Bogotá. D.C. Colombia 2 (1) 6032020 / Fax: (1) 6032100

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