CREG - Circular 78 de 2020

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Circular 78 de 2020
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

Bogotá, D.C., 25 de agosto de 2020

CIRCULAR No.078

PARA : x EMPRESAS DISTRIBUIDORAS Y/O COMERCIALIZADORAS DE

ENERGÍA ELECTRICA EN EL SIN Y ZNI. x AUTOGENERADORES

x EMPRESAS DISTRIBUIDORAS Y/O COMERCIALIZADORAS DE

GAS COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERIA

x EMPRESAS DISTRIBUIDORAS Y COMERCIALIZADORAS

MINORISTAS DE GLP EN CILINDROS Y TANQUES

ESTACIONARIOS

x AGREMIACIONES DE USUARIOS REGULADOS Y USUARIOS

NO REGULADOS.

x VOCALES DE CONTROL

x USUARIOS Y TERCEROS INTERESADOS

DE : DIRECCIÓN EJECUTIVA

ASUNTO : MODERNIZACIÓN DEL RÉGIMEN DE PROTECCIÓN DE LOS

DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS

PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS

COMBUSTIBLE POR REDES DE TUBERÍA Y GLP EN CILINDROS

Y TANQUES

La Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas, en desarrollo de la modernización del nuevo régimen de protección de los derechos y deberes de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes de tubería y GLP por cilindros y tanques estacionarios, y con el propósito de contar con suficientes elementos de análisis, se permite solicitar a todos los que han sido citados en esta circular, que nos hagan conocer los temas o aspectos que a su juicio consideren deben ser mejorados, ajustados, modificados o incluidos en este nuevo régimen.

con suficientes elementos de análisis, se permite solicitar a todos los que han sido citados en esta circular, que nos hagan conocer los temas o aspectos que a su juicio consideren deben ser mejorados, ajustados, modificados o incluidos en este nuevo régimen.

Para esto se incluye, anexo a esta circular, un formato en Excel organizado por servicio, posible tipo de usuario y etapa de prestación del servicio, para que en el mismo se2 / 2

consignen las propuestas de forma clara y concisa, así como los aspectos que consideren deben ser tenidos en cuenta por esta Comisión.

El plazo para el envío de la información solicitada finaliza el viernes 4 de septiembre de 2020, y la misma debe ser enviada al correo electrónico creg@creg.gov.co.

La información será tenida en cuenta siempre y cuando las propuestas se hagan en el formato adjunto, el cual no puede ser modificado.

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Anexo: Archivo con formato.xls together

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