CREG - Circular 79 de 2018
Detalles
- Título
- CREG - Circular 79 de 2018
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2018
CV=GS Comisión de Regulación aN COBIERNO Sun Nem We de Energía y Gas © DE COLOMBIA Bogota, D. C., octubre 9 de 2018
CIRCULAR No. 079
PARA: DISTRIBUIDORES MINORISTAS EN ESTACIÓN DE SERVICIO
AUTOMOTRIZ Y FLUVIAL DE GASOLINA MOTOR CORRIENTE Y
DIESEL
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: — SOLICITUD DE INFORMACION AOM PARA LAS VIGENCIAS 2015
A 2017 En el marco del desarrollo de la regulación relacionada con los márgenes de distribución, uno de Jos elementos destacados es el conocimiento detallado de los gastos y costos asociados y directamente atribuidos a la Administración Operación y Mantenimiento -AOM-, para el caso de la actividad de distribución minorista de gasolina corriente, gasolina oxigenada, diésel y sus mezclas con biodiesel. Dentro de este ámbito de estudio, la Comisión desarrolló un formato de reporte de información contable para conocer el detalle de la información correspondiente a los gastos de Administración, Operación y Mantenimiento AOM. Por tanto, comedidamente solicitamos diligenciar el formato que se anexa a la presente circular, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: a) Se deben diligenciar el formato con corte a diciembre 31 de cada año solicitado. b) La información reportada en el formato deberá presentarse separando los gastos y costos directamente atribuidos a gasolina motor corriente, gasolina oxigenada y diésel y sus mezclas con biodiesel de los gastos y costos asociados a otras actividades dentro de la empresa tales como comercialización y distribución de lubricantes, aditivos y otros combustibles (gasolina extra), comercialización montaje
diésel y sus mezclas con biodiesel de los gastos y costos asociados a otras actividades dentro de la empresa tales como comercialización y distribución de lubricantes, aditivos y otros combustibles (gasolina extra), comercialización montaje y mantenimiento de llantas, autopartes, y accesorios, servicio de alineación y balanceo, lavado automotriz, mantenimiento y reparación de vehículos automotores, comercio al por menor en establecimientos con surtido compuesto principalmente por alimentos, bebidas o tabaco, y en general cualquier gasto asociado a otros negocios no relacionados con la comercialización de gasolina motor corriente y diésel. Q Av Colle 116 No. 7.15 Int, 2. Oficina 90) = O yy Edificio Cusezar Bogotá. D.C Colombia joo $ (1) 6032020 | Fax: (1) 6032100 E @ creg@icreg yor. co peers Y Whew. Chg. Q0v 00TODOS PORUN
NUEVO PAIS PAZ EQUIDAD EDUCACIÓN
CG Comisión de Regulación de Energía y Gas MINMINAS Circular079 Octubre de 2018 2/2 c) La información deberá estar suscrita y debidamente certificada por el representante legal y el contador y/o revisor fiscal cuando haya lugar a ello. También debe ser entregada en formato físico firmado por los responsables a la dirección Avenida Calle 116 No. 7-15 Edificio Cusezar Interior 2 Oficina 901 y en medio magnético utilizando exclusivamente el formato xls anexo, al correo electrónico cregí(Mcreg.gov.co. d) El plazo para el reporte de la información será hasta el 9 de noviembre de 2018. Cordialmente,
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA
exclusivamente el formato xls anexo, al correo electrónico cregí(Mcreg.gov.co. d) El plazo para el reporte de la información será hasta el 9 de noviembre de 2018. Cordialmente,
CHRISTIAN JARAMILLO HERRERA
Q Av. Calle 116 No. 7-15 Int. 2. Oficina 901 Edificio Cusezar Bogotá, D.C. Colombia @ (1) 6032020 / Fax: (1) 6032100 creg@icreg.gov.co la www.creg.gov.co