CREG - Circular 79 de 2023

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDFDescargar PDFDisponible

Detalles

Título
CREG - Circular 79 de 2023
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2023

____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No. 7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Bogotá, D.C., 11 de octubre de 2023

CIRCULAR No. 079 de 2023

PARA: EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE GAS NATURAL QUE

ATIENDEN USUARIOS REGULADOS DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA CREG ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LOS VALORES DE dy,i,j PARA LA APLICACIÓN DEL

RANGO DE COMPRAS DE GAS DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS GENERALES, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA RESOLUCIÓN CREG 137 DE 2013.

La Dirección Ejecutiva de la CREG, de conformidad con lo establecido en el Subnumeral 5, Literal C del Nu meral 5.1.1. del Artículo 5 de la Resolución CREG 137 de 2013, “ Por la cual se establecen las Fórmulas Tarifarias Generales para la prestación del servicio público domiciliario de gas combustible por redes de tubería a usuarios regulados” , publica los valores correspondientes a la variable 𝑑𝑦,𝑖,𝑗 determinados en la Tabla 2 de esta Circular, que se deben utilizar desde el 1° de diciembre del año 2023 hasta el 30 de noviembre del año 2024, para la definición del rango de cantidades de compras de gas natural para cada uno de los Mercados Relevantes de Comercialización con consumos mayores o iguales a siete millones de metros cúbicos (≥ 7.000.000 m3).

noviembre del año 2024, para la definición del rango de cantidades de compras de gas natural para cada uno de los Mercados Relevantes de Comercialización con consumos mayores o iguales a siete millones de metros cúbicos (≥ 7.000.000 m3). Los valores que se publican resultan de l a aplicación de las fórmulas contenidas en la Resolución CREG 137 de 2013, considerando la siguiente información: Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231011-095107-b18f70-45585975 2023-10-11T18:06:25-05:00 - Pagina 1 de 6____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

1. Valores de los datos históricos de consumo diario de usuarios regulados en el mercado relevante que atienden y que han sido remitidos por La Bolsa Mercantil de Colombia, en su calidad de Gestor del Mercado de Gas Natural, mediante radicado CREG E202 3011575 respecto de los comercializadores : Alcanos de Colombia S.A. E.S.P. , Empresas Públicas de Medellín E.S.P. , Gas Natural Cundiboyacense S.A. E.S.P., Gases de Occidente S.A. E.S.P., Gases del Caribe S.A. E.S.P., Surtidora de Gas del Caribe S.A. E.S.P. y Vanti S.A. E.S.P.

2. Valores de los consumos reales mensuales históricos que se encuentran reportados en el Sistema Único de Información, SUI, admin istrado por la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

2. Valores de los consumos reales mensuales históricos que se encuentran reportados en el Sistema Único de Información, SUI, admin istrado por la

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

3. La empresa Gases de Occidente S.A. E.S.P. por medio del Radicado CREG E2023016678 indicó que la información reportada por la Empresa a l SUI presentaba inconsistencias y anex ó la información ajustada , manifestando que está tramitando la correspondiente corrección en el SUI.

4. Para el cálculo de la variable 𝑑𝑦,𝑖,𝑗 de la empresa Gases del Caribe S.A.

E.S.P. se tienen en cuenta los cargos de distribución de gas natural de carácter transitorio, que integran mercados conformados con base en la Resolución CREG 011 de 2003, expedidos con base en la Circular CREG 034 de 2017, según resoluciones CREG 198 de 2017 y CREG 018 de 2018.

5. Se incluyó dentro del cálculo del 𝑑𝑦,𝑖,𝑗 a la empresa Alcanos de Colombia S.A.

E.S.P. la cual, al unificar sus mercados, tal y como se aprobó en la Resolución CREG 011 de 2018, supera el consumo de siete millones de metros cúbicos (7.000.000 m3), por lo cual le aplica lo definido en el Subnumeral 5, Literal C del Numeral 5.1.1 del Artículo 5 de la Resolución CREG 137 de 2013.

6. Se incluyeron las empresas a las que se les ha aprobado el Cargo de Distribución para el Siguiente Período Tarifario conforme a la Metodología contenida en las

Firmado Electronicamente con AZSign

6. Se incluyeron las empresas a las que se les ha aprobado el Cargo de Distribución para el Siguiente Período Tarifario conforme a la Metodología contenida en las Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231011-095107-b18f70-45585975 2023-10-11T18:06:25-05:00 - Pagina 2 de 6____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734 resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 y 132 de 2018 y, 011 de 2020, las cuales se presentan en la Tabla 1.

Tabla 1. Cargos aprobados bajo la Resoluciones CREG 202 de 2013, 138 de 2014, 090 y 132 de 2018 y, 011 de 2020 Empresa Cargo Aprobado Surtidora de Gas del Caribe S.A. E.S.P. CREG 502-017 de 2022 / CREG 502-031 de 2022 Gases de Occidente S.A. E.S.P. CREG 502-019 de 2022 Empresas Públicas de Medellín E.S.P. CREG 502-015 de 2022 / CREG 502-008 de 2023

7. Para el cálculo de la variable 𝑑𝑦,𝑖,𝑗, se tuvieron en cuenta los nuevos mercados relevantes de comercialización en virtud de la aprobación de los cargos de distribución transitorios en los casos que así aplica y los aprobados con la Resolución CREG 202 de 2013 y sus modificaciones , indicados en la Tabla 1,

relevantes de comercialización en virtud de la aprobación de los cargos de distribución transitorios en los casos que así aplica y los aprobados con la Resolución CREG 202 de 2013 y sus modificaciones , indicados en la Tabla 1, con el cargo de comercialización actualmente vigente.

8. Además, se incluyeron dentro del cálculo las empresas Gas Natural Cundiboyacense S.A. E.S.P. y Vanti S.A. E.S.P , cuyos mercados de comercialización superan los siete millones de metros cúbicos (7.000.000 m3) de consumo.

Finalmente, en la Tabla 2 se presenta el cálculo de la variable 𝑑𝑦,𝑖,𝑗 para la definición del rango de compras de gas aplicable durante el período comprendido entre el 1° de diciembre de 2023 y el 30 de noviembre de 2024. Tabla 2. Cálculo de la variable 𝒅𝒚,𝒊,𝒋

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231011-095107-b18f70-45585975 2023-10-11T18:06:25-05:00 - Pagina 3 de 6____________________________________________________________________________________ Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

Comisión de Regulación de Energía y Gas

Dirección: Calle 116 No.7 - 15, Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 603 2020

Línea Gratuita: (+57) 01 8000 512734

𝑸𝒎𝒂𝒙𝒉(𝒕−𝒂)𝒊,𝒋 𝑸𝒎𝒊𝒏𝒉(𝒕−𝒂)𝒊,𝒋 𝒅(𝒕−𝒂),𝒊,𝒋 𝒅𝒚,𝒊,𝒋 EMPRESA MERCADO 2021 2022 2021 2022 2021 2022 Final

Alcanos de Colombia S.A. E.S.P. Huila - Neiva

11,872,005

12,169,810

10,417,773

10,904,326 88% 90% 88% Empresas Públicas de Medellín S.A. E.S.P. AntioquiaMedellín

29,818,329

28,390,889

22,281,138

23,859,158 75% 84% 75% Gas Natural Cundiboyacense S.A. E.S.P. Boyacá - Sogamoso

13,001,244

13,741,362

10,933,235

11,144,915 84% 81% 81% Gases de Occidente S.A. E.S.P. Valle del CaucaCali

19,330,406

21,775,993

15,772,821

16,867,593 82% 77% 77%

Gases de Occidente S.A. E.S.P. Valle del CaucaCali

19,330,406

21,775,993

15,772,821

16,867,593 82% 77% 77% Gases del Caribe S.A. E.S.P. Barranquilla

21,273,544

20,472,659

17,261,875

17,181,647 81% 84% 81% Surtidora de Gas del Caribe

S.A. E.S.P.

Bolívar - Cartagena de Indias

14,273,021

16,083,158

12,880,951

12,868,568 90% 80% 80% Vanti S.A. E.S.P. Bogotá-centro Cundinamarca

58,758,935

60,264,800

48,238,941

48,096,751 82% 80% 80%

Cordialmente,

JOSÉ FERNANDO PRADA RÍOS

Director Ejecutivo

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231011-095107-b18f70-45585975 2023-10-11T18:06:25-05:00 - Pagina 4 de 6REGISTRO DE FIRMAS ELECTRONICAS

Id Acuerdo: Estado:

Creación: Finalización: Escanee el código para verificación

Circular_CREG_079_2023 Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20231011-095107-b18f70-45585975 Finalizado 2023-10-11 09:51:07 2023-10-11 18:06:24

Firma: Firmante

Jose Fernando Prada Ríos 71677200 jose.prada@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231011-095107-b18f70-45585975 2023-10-11T18:06:25-05:00 - Pagina 5 de 6TRAMITE

REPORTE DE TRAZABILIDAD

Id Acuerdo: Estado:

Creación: Finalización: Escanee el código para verificación

PARTICIPANTE ESTADO ENVIO, LECTURA

Y RESPUESTA

Circular_CREG_079_2023 Comisión de Regulación de Energía y Gas gestionado por: azsign.com.co 20231011-095107-b18f70-45585975 Finalizado 2023-10-11 09:51:07 2023-10-11 18:06:24 Firma Jose Fernando Prada Ríos jose.prada@creg.gov.co Director Ejecutivo Comisión de Regulación de Energía y Gas Aprobado Env.: 2023-10-11 09:51:08

Lec.: 2023-10-11 18:05:29

Res.: 2023-10-11 18:06:24

IP Res.: 190.71.147.18

Firmado Electronicamente con AZSign Acuerdo: 20231011-095107-b18f70-45585975 2023-10-11T18:06:25-05:00 - Pagina 6 de 6

Consultar sobre este documento ...