CREG - Circular 80 de 2016
Detalles
- Título
- CREG - Circular 80 de 2016
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2016
CEG € masa Comisión de Regulación e de Energlá y Gas ES Bogotá D.C., octubre 25 de 2016
CIRCULAR No. 080
PARA: EMPRESAS REGULADAS DE LOS SECTORES DE ENERGÍA,
GAS NATURAL Y GLP
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA
ASUNTO: REPORTE DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y POLÍTICAS CONTABLES BAJO NORMATIVIDAD NIIF La Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, en la actualidad adelanta un estudio para analizar los gastos AOM y los indicadores financieros requeridos para la regulación, teniendo en cuenta la transición de las empresas a las Normas Intemacionales de
Información Financiera, NIIF. Se requiere el reporte de la información que se indica en el formato anexo, sujeto a las siguientes consideraciones.
1. Todas las empresas deben diligenciar el módulo 1 de información general para que se habiliten las macros correspondientes.
2. Las empresas del Grupo | y aquellas que les aplique la Resolución CGN 743 de 2013, deben diligenciar los módulos de información financiera 2 y 3, si a la fecha de publicación de esta circular no tienen el “formulario Certificado” que emite el SUI cuando recibe la información de manera satisfactoria, para cada uno de los correspondientes reportes de: e Balance de apertura e información adicional NIIF (2014-01-01), e Balance NIIF año de transición, estado de resultado integral NIIF año de transición e información adicional NUF (2014-12-31) e Balance NIIF año de aplicación obligatoria, estado de resultado integral NIIF año de aplicación obligatoria (2015-12-31)
e Balance NIIF año de transición, estado de resultado integral NIIF año de transición e información adicional NUF (2014-12-31) e Balance NIIF año de aplicación obligatoria, estado de resultado integral NIIF año de aplicación obligatoria (2015-12-31)
3. Las empresas del Grupo II, aquellas que les aplique la Resolución CGN 414 de 2014, y las empresas del Grupo | de aplicación voluntaria deben diligenciar los módulos de información financiera 2 y 3, si a la fecha de publicación de esta circular no tienen el “formulario Certificado” que emite el SUI cuando recibe la información de manera satisfactoria, para cada uno de los correspondientes reportes de: + Balance de apertura e información adicional NIIF (2015-01-01) e Balance NIIF año de transición, estado de resultado integral NIIF año de transición e información adicional NIIF (2015-12-31)
4. Todas las empresas, sin excepción, deben diligenciar las casillas sombradas en color amarilla de los módulos de información financiera 2 y 3.
FJO@E pooCRrEG eee Comisión de Regulación rea EQUiDAO enusacion de Energia y Gas @ vinminas Circular 080 Octubre de 2016 2/2
5. Todas las empresas, sin excepción, deben diligenciar el módulo de información de políticas contables 4, de acuerdo al marco normativo que les aplique según el Grupo en el que se encuentran clasificadas. Se debe escoger la opción de acuerdo con la política contable utilizada en su adopción por primera vez del nuevo marco normativo, así como las políticas para el reconocimiento y medición de los hechos económicos bajo su marco normativo aplicable.
El formato Excel! debidamente diligenciado deberá ser enviado a más tardar el día viernes 4
las políticas para el reconocimiento y medición de los hechos económicos bajo su marco normativo aplicable. El formato Excel! debidamente diligenciado deberá ser enviado a más tardar el día viernes 4 de noviembre de 2016, vía electrónica al correo CreqífMcreg.gov.co, identificando en el asunto el número de la presente circular. En el archivo anexo también se encuentra un instructivo detallado para el diligenciamiento de la información solicitada. Cordialmente, GERMÁN CASTRO FERREIRA Anexo: Formato información financierg/ solicitada a los agentes.xlsm 9 Av. Galle 116 Ne. 7:15 Int. 3. Oheina S01 Eaeio Cunaeer Segatl, D.C. Gelamina a (4) 603B0RO / Fax: (1) 6832100 ME cregéterag.gev.en la Wow 6Fag.e¥ 68