CREG - Concepto 0946 de 2020
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 0946 de 2020
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2020
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 946 DE 2020 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Su comunicación M2020-0181
Radicado CREG E-2020-000885 Expediente 2019-0113
Respetada señora XXXXXX: De manera atenta damos respuesta a su inquietud, mediante la cual nos plantea la siguiente petición:
CONSIDERACIONES … SEXTO: Algunos agentes han manifestado que mediante el contrato XM-SEDIC No.4000001982, se auditó por parte de la firma Sedic S.A. en 2008-2009 las series de caudales medios mensuales hasta el año 2007, aportando
para tal auditoría la información requerida para soportar el cálculo de las series, y que luego de ser revisadas y discutidas las inquietudes y discrepancias presentadas por el auditor, las series fueron validadas en su oportunidad. Dado lo manifestado, los agentes consideran que no es necesario volver a auditar los periodos anteriores al año 2007 (inclusive), en los casos donde las series auditadas por Sedic no han sufrido modificaciones y continúan siendo válidas. Así mismo manifestaron que en caso de requerir la información que soporte el cálculo de las series hasta el año 2007, debemos acudir a XM donde debe reposar el trabajo de auditoría desarrollado por Sedic S.A. … PRETENSIONES PRIMERO: Indicar si el período de las Series Históricas de Caudales Medios Mensuales de los Ríos del SIN ya fue objeto de auditoría, dado que varios agentes lo consideran así para un período anterior al año 2007.
SEGUNDO: Aclarar si la información de las Series Históricas de Caudales Medios Mensuales de los Ríos del SIN auditada anteriormente se le solicita a XM o a los agentes.
Damos respuesta a su inquietud sobre la interpretación de la auditoría de parámetros, teniendo en cuenta la regulación aplicable. Por otro lado, teniendo en cuenta que la contratación de la auditoría fue adelantada por XM, cualquier inquietud del alcance de la contratación, corresponde a XM dar las respuestas que se requieran. En relación con la auditoría de parámetros, el artículo 1 de la Resolución CREG 030 de 2019 señala lo siguiente: Artículo 1. Contratación de la auditoría de los parámetros declarados por plantas existentes que participaron en la
subasta 2022-2023. EL CND deberá adelantar la contratación del auditor a la mayor brevedad, sin exceder seis (6) meses una vez publicada en el Diario Oficial la presente resolución. La auditoría será sobre los parámetros declarados por las plantas existentes que resultaron con asignaciones de OEF en la subasta 2022-2023 y las plantas que tengan asignaciones previas para este período y que se encuentren en operación, de acuerdo con lo definido en el Anexo 6 de la Resolución CREG 071 de 2006. (Destacamos) De acuerdo con lo anterior, entendemos que la norma define que la auditoría de parámetros se debe hacer sobre los parámetros declarados por las plantas existentes, es decir, la auditoría se debe hacer a todos los datos declarados, sin excepción. Los parámetros declarados para el período 2022-2023 por los agentes generadores que representan plantas de generación, se encuentran publicados en las circulares CREG 027 y CREG 041 de 2019, tal como le informamos con el concepto S-2019-006168. El presente concepto se emite en los términos y con el alcance previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituye el título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente, JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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