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CREG - Concepto 0973 de 2020

Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 0973 de 2020
Autor
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2020

Artículo 92. Restricciones al criterio de recuperación de costos y gastos de operación. En las fórmulas de tarifas las comisiones de regulación garantizarán a los usuarios a lo largo del tiempo los beneficios de la reducción promedia de costos en las empresas que prestan el servicio; y, al mismo tiempo, darán incentivos a las empresas para ser más eficientes que el promedio, y para apropiarse los beneficios de la mayor eficiencia. (…)” ”(Resaltado y subrayado fuera de texto) En ese sentido, debe resaltarse que el tope máximo establecido por parte de esta Comisión mediante la Resolución CREG 091 de 2007, metodología de precio máximo, de conformidad con previsto por la ley, es de obligatorio cumplimiento por parte de los prestadores del servicio y, por ende, sus tarifas no pueden ser superiores a este tope. Adicionalmente, no se requiere de una autorización o acto administrativo particular para su cobro, toda vez que las condiciones de remuneración del mismo se encuentran dispuestas en la metodología vigente. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y por el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. Cordialmente, JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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