CREG - Concepto 10041 de 2001

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 10041 de 2001
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2001

CONCEPTO CREG 0041 DE 2001

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>

Solicitante: GASES DEL ORIENTE S.A. E.S.P.

Fecha: 29 de diciembre de 2000

Radicación: CREG - 9531 de 2000

Tema: Confidencialidad de listado de usuarios.

Respuesta: MMECREG – 0041 - 01

PROBLEMA: El peticionario solicita se aclare si la Empresa se encuentra obligada a entregar el listado de usuarios, solicitado por el Presidente de la Liga de Consumidores de Cúcuta.-

Bogotá, D.C., 10 de enero de 2001

MMECREG-0041

XXXXXXXXXXXXXXX Ref: Su comunicación con Radicación CREG 9531 de diciembre 29 de 2000.

Derecho de Petición.

Respetado doctor: En atención a la comunicación de la referencia en la cual solicita se aclare si la empresa Gases del Oriente S.A E.S.P., se encuentra obligada a entregar el listado de usuarios, el cual se afirma es solicitado por el Presidente de la Liga de Consumidores de Cúcuta, nos permitimos manifestarle: Dentro de las funciones asignadas a la Comisión de Regulación de Energía y Gas por las Leyes 142 y 143 de 1994, no se encuentra la facultad para definir que información tienen el carácter de confidencial en las empresas de servicios públicos domiciliarios, no obstante, consideramos oportuno recordarle lo ordenado por la Ley 142 de 1994, Artículo 9.4, al referirse al derecho de

los usuarios: " Solicitar y obtener información completa, precisa y oportuna, sobre todas las actividades y operaciones directas o indirectas que se realicen para la prestación de los servicios públicos, siempre y cuando no se trate de información calificada como secreta o reservada por la Ley y se cumplan los requisitos y condiciones que señale la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios" Negrilla fuera de texto. Sobre este tema, la competencia de la CREG se limita a establecer de conformidad con la normatividad pertinente, si la información que reposa en nuestros archivos reúne las características para ser considerada como de reserva, en el evento que nos sea solicitada. Atentamente, CARMENZA CHAHÍN ÁLVAREZ Director EjecutivoDisposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.

Última actualización: 15 de mayo de 2026 (Diario Oficial No. 53.486 de 10 de mayo de 2026)

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