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CREG - Concepto 1041 de 2007

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 1041 de 2007
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 1041 DE 2007 (4 abril) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D. C.,

XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación 00296

Radicado CREG E-2007-001038

Respetado XXXXX: Consulta usted en la comunicación de la referencia “Con base en lo establecido en la Resolución CREG 071 de 2006, relativo a los procedimientos para efectuar las pruebas a las plantas Térmicas con Obligaciones de Energía Firme, se solicita aclaración respecto de la validez de las pruebas realizadas con anterioridad a la citada

Resolución, para las unidades de generación de la Central Termopaipa.” La consulta se concreta respecto de las pruebas de Consumo Térmico Específico y Capacidad Efectiva Neta. Para dar respuesta a la referida consulta se advierte que de acuerdo con el Anexo 6, numerales 6.2 y 6.3 de la resolución CREG 071 de 2006, es a la firma contratada para la verificación a quien corresponde verificar la oportunidad en la realización de las referidas pruebas y, como consecuencia, no puede la CREG pronunciarse de antemano sobre este punto en un caso particular y concreto. No obstante, en términos generales, sí le podemos informar que en los Procedimientos para la Verificación de Parámetros dispuestos en el numeral 6.3 ibídem, específicamente, en los relativos a “Consumos Netos Específicos Plantas Térmicas” y “Capacidad Efectiva Neta Plantas Térmicas”, se cita expresamente como documento base para la realización de la verificación y, por ende, de las pruebas, el Acuerdo CNO No. 311 de 2004, cuyas disposiciones relativas a la oportunidad para la realización de las pruebas ha de observar el verificador por cuanto que el referido Acuerdo en su art. 2, dispone que las pruebas que regula sirven para efectos del cálculo del cargo por capacidad o aquel cargo que lo sustituya. Cordialmente, CAMILO QUINTERO MONTAÑO Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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