CREG - Concepto 11459 de 2024

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 11459 de 2024
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

CONCEPTO 11459 DE 2024

(diciembre 26) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C., Señora

XXXXXX

Asunto: Repuesta a comunicación E2024017084

Radicado CREG: E2024017084

Expediente CREG (NA) Respetada señora XXXXXX: Hemos recibido la comunicación del asunto, dirigida a la Comisión de Regulación de Energía y Gas, CREG, en la cual solicita la autorización para acogerse a las medidas. Previo a dar respuesta a su solicitud, nos permitimos manifestar que la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) tiene competencia para expedir la regulación de los servicios públicos domiciliarios de electricidad y gas combustible, según las funciones señaladas en las leyes 142 y 143 de 1994, y para emitir conceptos de carácter general y abstracto sobre los temas materia de su regulación. De esta manera, las respuestas dadas deben entenderse de manera general. Respecto a la solicitud relacionada con la autorización para acogerse a las medidas de la Resolución CREG 101 028 de 2023, nos permitimos informar que de acuerdo con el artículo 3 de la dicha Resolución, los prestadores del servicio que decidieran acogerse a la modificación tarifaria debían informarlo en un plazo máximo de 10 días calendario, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la Resolución. Adicionalmente, en cumplimiento de lo estipulado en dicho artículo, a través de la Circular 095 de 2023, la dirección ejecutiva de la

Comisión informó el listado de los comercializadores que se acogieron a las medidas. En ese contexto, ya se vencieron los plazos establecidos en la regulación para acogerse a las medidas de la Resolución CREG 101 028 de 2023. Adicionalmente, en relación con lo expresado por la empresa en la comunicación, nos permitimos aclarar que las medidas tomadas en la Resolución CREG 101 029 de 2023, respecto a la variable PV, corresponden al periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2023 y noviembre de 2024. Entendiendo que la elección de dicha variable es producto de la necesidad de recuperación de saldos por parte de los prestadores y que es necesario encontrar un balance adecuado para que los usuarios no se sigan viendo enfrentados a grandes aumentos tarifarios por este efecto. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Este concepto ese emite de conformidad con el numeral 73.24 del artículo 73 de la Ley 142 de 1994 y el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso. Cordialmente,ANTONIO JIMÉNEZ RIVERA Director Ejecutivo

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG n.d.

Última actualización: 15 de mayo de 2026 (Diario Oficial No. 53.486 de 10 de mayo de 2026)

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