CREG - Concepto 11564 de 2001
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 11564 de 2001
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2001
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
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CONCEPTO CREG 11564 DE 2001
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>
Solicitante: INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P.
Fecha: 21 de mayo de 2001
Radicación: CREG – 4500 de 2001
Tema: Resolución CREG – 080 de 1999.
Respuesta: MMECREG – 1564 - 01
PROBLEMA: Se solicita el concepto a la Comisión sobre el registro de los tiempos de maniobra de los cambiadores de taps de los transformadores de conexión al STN y el tiempo máximo permitido para tal
maniobra, al tenor de lo dispuesto por la Resolución CREG – 080 de 1999.- Bogotá, D.C., 31 de mayo de 2001
MMECREG-1564
XXXXXXXXXXXXXXX Ref.: Su comunicación del 21 de mayo de 2001 en relación con la Resolución CREG 080 de 1999. Radicado CREG – 4500 de 2001
Apreciado doctor Corredor: Solicita usted atentamente el concepto de la Comisión sobre el registro de los tiempos de maniobra de los cambiadores de taps de los transformadores de conexión al STN y si el tiempo máximo permitido para la realización de tales maniobras es de 10 minutos, tal como se establece en el literal k) del Artículo 6o de la Resolución CREG 080 de 1999.
Dentro de las funciones asignadas al CDN, le corresponde impartir las instrucciones de maniobra de los Activos de Conexión al STN, y entre ellas se encuentra la relacionada con cambiadores de taps de los transformadores de conexión al mismo. Para efectos de calcular los indicadores de Disponibilidad y/o Indisponibilidad le corresponde al CND llevar las estadísticas, entre otras, de los tiempos de ejecución de las maniobras de los cambiadores de taps de los transformadores de conexión, porque de acuerdo con la Resolución CREG 080 de 1999, si los agentes emplean tiempos superiores a los máximos permitidos, se afecta el indicador de Disponibilidad y/o Indisponibilidad del activo correspondiente. De acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del Artículo 6o de la Resolución CREG 080, el tiempo de maniobra máximo que se permite a un agente para que cumpla con la instrucción del CND de cambiar los taps de
los transformadores de conexión, es de 10 minutos, ya que al no estar expresamente señalada dentro de las maniobras que se citan en los literales (a) a (j), esta maniobra queda incluida dentro de las que se señalan en el literal k) del artículo citado. Cordialmente, DAVID REINSTEIN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
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