CREG - Concepto 123 de 2009
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 123 de 2009
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2009
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
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Abrir CONCEPTO 123 DE 2009 (…) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá,
XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación 100000-002-09-004575
Radicado CREG E-2009-005815
Respetado XXXXX: Recibimos su comunicación de la referencia en la cual formula diferentes preguntas para la aplicación de la Resolución CREG 097 de 2008 en diversos casos.
Al respecto debemos aclarar que los conceptos que emite ésta Comisión de Regulación son de carácter general y no se refieren casos específicos. En este contexto procedemos a absolver sus consultas dando concepto sobre la
aplicación de las normas pertinentes. Actualmente la liquidación del transporte de energía reactiva está regulada mediante el Artículo 15 de la Resolución CREG 097 de 2008, el cual indica: “Artículo 15. Transporte de energía reactiva. En caso de que la energía reactiva (kVArh) consumida por un Usuario de los STR o SDL, sea mayor al cincuenta por ciento (50%) de la energía activa (kWh) que le es entregada en cada periodo horario, el exceso sobre este límite, en cada periodo, se considerará como energía activa para efectos de liquidar mensualmente el cargo por uso del respectivo sistema, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6.7 del Anexo General de la presente Resolución. Para los efectos de esta norma, la energía reactiva consumida por un Usuario de los STR o SDL se determinará a partir del balance neto de la energía que le es entregada en un mismo nodo y en cada periodo horario, de acuerdo con lo registrado en las fronteras comerciales del mismo usuario, asociadas a dicho nodo. El OR podrá conectar equipos de medida de energía reactiva para identificar a aquellos usuarios o fronteras comerciales que, por su consumo de energía reactiva, estén obligados al pago de la misma conforme a lo establecido en esta disposición y a la instalación del medidor correspondiente.” El numeral 6.7 del Anexo general de la mencionada resolución, señala: “6.7 Liquidación y recaudo de los costos de transporte de Energía Reactiva en exceso Los costos del transporte de la energía reactiva en exceso de que trata el Artículo 15 de la presente Resolución serán recaudados por el comercializador con base en los cargos máximos de cada OR y entregados al OR que
sirve al Usuario del SDL respectivo. En el caso de los STR, los costos del transporte de la energía reactiva en exceso serán recaudados por el comercializador y entregados directamente al OR aplicando el Cargo por Uso del Nivel de Tensión 4.” Adicionalmente, Articulo 1 de la Resolución CREG 097 de 2008 define: “Nodo: Punto donde se conecta físicamente varios elementos de un sistema eléctrico. Normalmente es el barraje de la subestación.” Considerando lo señalado por los Artículos 1, 15 y el numeral 6.7 del Anexo General de la Resolución CREG 097 de 2008, para la liquidación del consumo de energía reactiva se debe tener en cuenta lo siguiente: 1) La definición de nodo dada por la Resolución CREG 097 de 2008. 2) Se realiza el balance neto de la energía que le es entregada a un usuario, en el mismo nodo teniendo en cuenta las fronteras comerciales de éste. 3) Para cada periodo horario se evalúa el exceso de energía reactiva sobre la activa, para así realizar la liquidación mensualmente del cargo por uso del sistema. 4) Únicamente se puede cobrar el costo del transporte del exceso de energía reactiva en el STR o SDL que sirve al usuario y por tanto sólo se liquida el uso del respectivo sistema empleando los cargos aprobados para el OR. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Cordialmente, JAVIER AUGUSTO DÍAZ VELASCO Director Ejecutivo (e) Ir al inicio Reducir Normal Aumentar
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Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
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