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CREG - Concepto 1905 de 2014

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 1905 de 2014
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2014

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

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Abrir CONCEPTO 1905 DE 2014

(febrero) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá, D.C., XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicado enviado vía correo electrónico. Alumbrado Público. Radicado CREG E-2014-001905

Respetado XXXXX: Hemos recibido la comunicación del asunto, en la que se consulta lo siguiente: “Me remito a ustedes por este medio puesto que es la manera más cómoda para realizar mi solicitud soy ingeniero electricista magister de la Universidad Nacional de Colombia y quiero pedirles atentamente me

brinden información de cualquier forma acerca de la regulación de alumbrado público en interiores (entidades públicas) puesto que hasta la fecha me ha sido imposible encontrar información acertada y confiable. Respecto a su inquietud es preciso aclarar que esta Comisión no ha expedido ninguna regulación relacionada con la instalación de alumbrado público para interiores o para entidades públicas. En relación con el servicio de alumbrado público, esta Comisión ha expedido una regulación económica en cumplimiento de lo establecido en los artículos 9 y 10 del Decreto 2424 de 2006 y el artículo 29 de la Ley 1150 de 2007. Con fundamento en lo anterior la Comisión de Regulación de Energía y Gas expidió las siguientes resoluciones: - Resolución CREG 122 de 2011: Por la cual se regula el contrato y el costo de facturación y recaudo conjunto con el servicio de energía del impuesto creado por la Ley 97 de 1913 y 84 de 1915 con destino a la financiación del servicio de alumbrado público. - Resolución CREG 123 de 2011: Por la cual se aprueba la metodología para la determinación de los costos máximos que deberán aplicar los municipios o distritos, para remunerar a los prestadores del servicio así como el uso de los activos vinculados al sistema de alumbrado público. - Resolución CREG 005 de 2012: Por la cual se modifica la Resolución CREG 122 de 2011 mediante la cual se regula el contrato y el costo de facturación y recaudo conjunto con el servicio de energía, del impuesto creado por la Ley 97 de 1913 y 84 de 1915, con destino a la financiación del servicio de alumbrado público.

  • Resolución CREG 114 de 2012: Por la cual se modifica la Resolución CREG 123 de 2011 mediante la cual se aprueba la metodología para la determinación de los costos máximos que deberán aplicar los municipios o distritos, para remunerar a los prestadores del servicio así como el uso de los activos vinculados al sistema de alumbrado público.

El contenido de estas resoluciones lo puede consultar en la página web de la comisión, www.creg.gov.co, en el vínculo Sala Jurídica / Normas y Jurisprudencia / Resoluciones Finalmente y para su información nos permitimos comunicarle que el Anexo General del Reglamento Técnico de Iluminación y Alumbrado Público -RETILAPexpedido por el Ministerio de Minas y Energía, establece las reglas generales que se deben tener en cuenta en los sistemas de iluminación interior y exterior, y dentro de estos últimos, los de alumbrado público en el territorio colombiano, inculcando el uso racional y eficiente de energía (URE) en iluminación. En tal sentido señala las exigencias y especificaciones mínimas para que las instalaciones de iluminación garanticen la seguridad y confort con base en su buen diseño y desempeño operativo, los requisitos de los productos empleados en las mismas. Igualmente, la Resolución 180606 de 2008 expedida por el Ministerio de Minas y Energía especificó los requisitos técnicos que deben tener las fuentes lumínicas de alta eficacia usadas en sedes de entidades públicas. El contenido de la normatividad expedida por el Ministerio de Minas y Energía lo puede consultar en la página web de esa entidad, www.minminas.gov.co En los términos anteriores y de conformidad con el alcance establecido en el artículo 28 del Código de

Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, damos por atendida su consulta. Cordialmente, CARLOS FERNANDO ERASO CALERO Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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