CREG - Concepto 1923 de 2016
Comisión de Regulación de Energía y Gas
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CREG - Concepto 1923 de 2016
- Autor
- Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2016
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
AYUDA BUSCAR Concepto 1923 de 2016 CREG
ANOTACIONESANOTACIONES
Reducir Normal Aumentar
COMPARTIR
IMPRIMIR
DESCARGARANEXOS
DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 1923 de 2016 CREG Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir Índice modal
ÍNDICE
Abrir Memoria modal
MEMORIA
Abrir Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 1923 DE 2016 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
Bogotá, D.C.
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Radicado CREG E-2016-001923 Alumbrado Público Respetado XXXXX: En atención a su comunicación de la referencia en donde nos consulta lo siguiente: Comedidamente me dirijo a ustedes con el propósito de solicitar información de la nueva metodología de alumbrado público, si no se ha terminado por favor informarme en qué estado se encuentra.
Respecto a su consulta, es importante advertir que el Ministerio de Minas y Energía se encuentra aun elaborando
(1) el decreto reglamentario del artículo 191 de la Ley 1753 de 2015 , por consiguiente a la fecha todavía no existe reglamentación sobre la contribución especial de alumbrado público que sustituyó al antiguo impuesto. Inmediatamente el decreto reglamentario sea expedido, la Comisión de Regulación de Energía y Gas –CREG–, expedirá las resoluciones necesarias para regular los contratos de facturación y recaudo, al igual que la metodología para la determinación de los costos máximos que deben aplicar los municipios y distritos para la remuneración del servicio de alumbrado público. Así, tan pronto como sea expedida la reglamentación informaremos por todos los medios posibles las reglas dispuestas para la prestación y remuneración del alumbrado público. Cordialmente,
JORGE PINTO NOLLA
Director Ejecutivo
NOTA AL FINAL:
1. Ley 1753 de 2015 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo País” Ir al inicio
Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
×