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CREG - Concepto 1994 de 2008

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 1994 de 2008
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2008

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 1994 DE 2008 <Fuente: Archivo interno entidad emisora> COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG XXXXXXXXXXXXXXX Asunto: Su comunicación de mayo 2 de 2008 Radicado CREG E–2008-3615.

Respetado XXXXX: A través de la comunicación de la referencia, Ud. solicita la siguiente información: “El objetivo de la presente es conocer si el aumento que está imponiendo la EDEQ fue autorizado por esta comisión pues es de mi conocimiento que es a ustedes los que la ley 142 y 143 les asigna estas funciones.

En el periodo facturado desde 18/01/2008 hasta 16/02/2008 la tarifa del $/Kw-h era de 295,05 en el periodo siguiente desde 17/02/2008 hasta 17/03/2008. La tarifa del $/Kw-h es de 306.9016, viéndose un incremento de más o menos el 4% en el costo total de la tarifa. En el último periodo facturado, o sea desde el 18/03/2008 hasta 15/04/2008, la tarifa del $/Kw-h es de 318.117, aquí se aprecia otro incremento de más o menos otro 4% en el costo total de la tarifa. Veo con preocupación cómo el Estado pregona una cosa y aplica otra; o sea el ejemplo claro es Cundinamarca y Medellín, pues allí en vez de subir las tarifas las rebajaron. Eso le escuché al mismo ministro de Minas con respecto a Cundinamarca bajo $100 el valor de la tarifa pero me preocupa aún más que el aumento del precio de la tarifa esté por encima del aumento decretado por el Estado para el salario mínimo. Con base en lo anterior mis inquietudes son:

1. La EDEQ si solicitó a esta comisión permiso para aumentar las tarifas.

Respuesta. El Costo Unitario de Prestación del Servicio de Energía Eléctrica de todas las empresas en Colombia resulta de la aplicación de las fórmulas establecidas por la CREG mediante Resoluciones. Por consiguiente el cargo de energía de la EDEQ es el resultado de la aplicación de las Resoluciones emitidas por la CREG y no de aprobación de permisos. Considerando lo anterior, las variaciones en los costos de las diferentes empresas del país dependen entonces de

la aplicación de las fórmulas establecidas por la CREG así:

1. Componente Variable($/Kw-h):

2. Componente Fijo ($/factura):

Componente Definición del Explicación Factores de Variación. Componente

1. Los contratos de de energía que Costo de compra de Este componente representan el mayor porcentaje en el energía ($/kWh) para el corresponde al costo de total de compras de los mes m, del compra de energía por comercializadores se indexan con el Comercializador parte del comercializador Índice de Precios al Productor (IPP).

Minorista i, en el tanto en bolsa al mercado 2. Para las compras en bolsa no se puede Mercado de mayorista diario como en precisar el comportamiento de los Comercialización j. contratos bilaterales a precios. El precio en este mercado varía Para este caso el largo plazo con hora a hora en cada día. Comercializador generadores u otros Minorista es EDEQ. comercializadores. Representa el costo de producción de energía. Costo por uso del Costo por uso del Sistema Es el valor con el cual se La Sistema Nacional de Nacional de Transmisión paga el transporte de actualización Transmisión ($/kWh) ($/kWh) para el mes m energía desde las plantas se realiza con para el mes m determinado de generación hasta las el Índice de determinado redes regionales de Precios al transmisión (STR). Productor Corresponde a un cargo (IPP). uniforme para todos los usuarios del país Varía independientemente de su mensualmente ubicación o tipo por la (residencial, comercial, demanda industrial, otros). nacional. Costo por uso de Corresponde al valor que La actualización se realiza con el Índice

Sistemas de Distribución se paga por transportar la de Precios al Productor (IPP). ($/kWh) correspondiente energía desde el Sistema al nivel de tensión n para de Transmisión Nacional el mes m. hasta el usuario final a Los niveles de tensión través de los Sistemas de son I,II,III y IV. En Transmisión Regional y de general los usuarios Distribución Local. Estos residenciales están valores se definen por la conectados al nivel I. CREG para cada empresa distribuidora. Margen de Remunera los costos La actualización se realiza con el Índice Comercialización variables de de Precios al Consumidor (IPC). correspondiente al mes comercialización m, del Comercializador asociados con la energía, Minorista i, en el tales como el margen de la Mercado de actividad, riesgo de Comercialización j que cartera, pagos al incluye los costos Administrador del variables de la actividad Mercado y al Centro de comercialización, Nacional de Despacho, así expresado en ($/kWh). como las contribuciones a la CREG y a la SSPD Costo de Restricciones y Corresponde a los costos Es variable por cuanto depende de la de Servicios asociados de las restricciones que magnitud de la indisponibilidad de los con generación en corresponde al costo de la activos de transmisión, siendo difícil $/kWh asignados al generación más costosa predecir su comportamiento. Comercializador que debió utilizarse debido Minorista i en el mes m. a las limitaciones que impiden abastecer la demanda con los recursos de generación más económicos. Costo de compra, Corresponde al costo La Resolución CREG 119 de 2007 no transporte y reducción reconocido de pérdidas de prevé actualización para este

de pérdidas de energía energía que por razones componente. Se realizará en resolución ($/kWh) acumuladas técnicas o no técnicas se posterior. hasta el nivel de tensión pierden tanto en el n, para el mes m, del Sistema de Transmisión Comercializador Nacional como en el Minorista i, en el Sistema de Transmisión Mercado de Regional y Distribución Comercialización j. Local; así como los costos de los programas de reducción de pérdidas no técnicas que se realicen por Mercado de Comercialización. Costo Base de Remunera los costos de la La Resolución CREG 119 de 2007 no Comercialización atención de los usuarios prevé ($/factura) tales como facturación, correspondiente al mes lectura, atención, m, para el Mercado de reclamos, etc. Comercialización j.

2. Porque la EDEQ no publica dicho aumento en un medio masivo de comunicación como lo mandan las leyes 142 y 143.

La EDEQ debe publicar sus tarifas en un medio masivo para el conocimiento de sus usuarios. En el mes mencionado por Usted, la estructura tarifaria del mes de marzo de 2008 se publicó en el diario La Crónica el día 27 de marzo de 2008 en la página 4A.

3. El aumento fue el mismo para todos los estratos.

Como se mencionó en la primera pregunta, los costos que cobran las empresas de energía eléctrica son el resultado de la aplicación de las fórmulas establecidas por la CREG, las cuales no dependen de los estratos, por lo que las variaciones de los costos, no de las tarifas que incluyen los subsidios y las contribuciones, son

uniformes para todos los estratos. Posterior a la aplicación de las fórmulas de la CREG, las empresas deben aplicar los subsidios y contribuciones correspondientes a cada estrato. Para el caso de los estratos 1 y 2, para los cuales la Ley 1117 de 2006 establece que la aplicación de subsidios al costo de prestación del servicio a partir del mes de enero de 2007 hasta diciembre del año 2010, la actualización tarifaria deberá hacerse de tal forma que el incremento a estos usuarios en relación con sus consumos básicos o de subsistencia corresponda en cada mes como máximo a la variación del Índice de Precios al Consumidor, IPC.

4. Si esta comisión autorizó este aumento quisiera conocer los parámetros. O sea cuando lo autorizó?

Se responde en el numeral 1.

5. Modo de aplicación de este aumento si fue en todo el país fue lo mismo, etc.

Todas las empresas de energía eléctrica están obligadas a cumplir con las resoluciones de carácter general expedidas por la CREG. La aplicación de las fórmulas puede generar resultados diferentes, dadas las características particulares de cada empresa.

6. Mi gran preocupación hasta hoy es saber si el próximo periodo a facturar traerá un nuevo aumento.

Esto depende, como ya se mencionó en la respuesta a la pregunta No 1, del comportamiento de los indicadores económicos (IPC-IPP) y de los precios de los contratos de compra de energía que tenga cada empresa prestadora del servicio o en su ausencia, de los precios de bolsa del mercado mayorista de energía. Esperamos haber resuelto satisfactoriamente su inquietud, Cordialmente, HERNÁN MOLINA VALENCIA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar

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ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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