CREG - Concepto 2016 de 2021
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CREG - Concepto 2016 de 2021
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2021
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
AYUDA BUSCAR Concepto 2016 de 2021 CREG
ANOTACIONESANOTACIONES
Reducir Normal Aumentar
COMPARTIR
IMPRIMIR
DESCARGARANEXOS
DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 2016 de 2021 CREG Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir Índice modal
ÍNDICE
Abrir Memoria modal
MEMORIA
Abrir Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal
ACTOS DE TRÁMITE
Abrir CONCEPTO 2016 DE 2021
(mayo 12) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG
XXXXXXXXXXXXXXX
Asunto: Radicado CREG E-2021-004094
Expediente CREG - General N/A Respetado señor XXXXXX: Hemos recibido su consulta, en la cual manifiesta: Asunto: Solicitud concepto de vigencia y aplicación Resolución CREG 072 de 2002. Respetados señores.De acuerdo con el asunto, de la manera más atenta solicitamos nos informen si la Resolución CREG 072 de 2002 continúa vigente, especialmente lo mencionado en el artículo7 "ELABORACIÓN DE PLANES. Las empresas
de servicios públicos deberán tener un Plan de Gestión, para cada una de las actividades del servicio que prestan, de corto (un año), mediano (dos años) y largo plazo (tres años), el cual debe actualizarse anualmente. Dichos planes no estarán sujetos a aprobación dada la modificación introducida por la Ley 689 de 2001 a la Ley 142 de 1994.PARÁGRAFO. Las actividades de los servicios corresponden a las señaladas en el Artículo 4 de esta Resolución. Para las nuevas actividades que surjan como resultado de la regulación que se expida, la CREG indicará en resolución posterior los Indicadores de Gestión que se aplicarán".En caso afirmativo, solicitamos amablemente nos indiquen las resoluciones particulares emitidas por la CREG para dar cumplimiento a lo señalado en el parágrafo anterior, teniendo en cuenta que en el sector de Energía y Gas Combustible las actividades presentaron modificaciones con posterioridad a la publicación de la Resolución Creg 072 de 2002.Por último, solicitamos nos informen cuáles Prestadores están obligados a tener el Plan de Gestión. (sic) Nos permitimos manifestarle que la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene competencia para expedir la regulación de los servicios públicos domiciliarios de electricidad y gas combustible, según las funciones señaladas en las leyes 142 y 143 de 1994, y para emitir conceptos de carácter general y abstracto sobre los temas materia de su regulación. En cuanto a su consulta, le informamos que la Resolución CREG 072 de 2002 continúa vigente. En el Gestor Normativo – Alejandría, podrá encontrar un resumen de las notas de vigencia y el texto completo de esta
[1] resolución . Al respecto de lo señalado en el parágrafo del Artículo 7 Resolución CREG 072 de 2002, la Comisión no ha expedido resoluciones adicionales, por lo que se mantiene la agrupación de actividades descrita en el Artículo 4. En cuanto a su última consulta, el Artículo 1 de la misma Resolución menciona: ARTÍCULO 1o. AMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a las entidades prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible (…) En este sentido, si desea conocer las empresas activas actualmente, en el aplicativo del RUPS la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, ha dispuesto información de las entidades prestadoras de servicios públicos. Puede acceder a dicho aplicativo a través de la herramienta O3, dispuesta por la SSPD a través del siguiente enlace: http://bi.superservicios.gov.co/o3web/index.jsp Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el numeral 73.24 del Artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente,
JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN
Director Ejecutivo
<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.
1. A través del enlace:
https://gestornormativo.creg.gov.co/gestor/entorno/docs/resolucion_creg_0072_2002.htm Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
×