🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CREG - Concepto 2016 de 2021

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CREG - Concepto 2016 de 2021
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2021

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

CONTRASTE

AYUDA BUSCAR Concepto 2016 de 2021 CREG

ANOTACIONESANOTACIONES

Reducir Normal Aumentar

COMPARTIR

IMPRIMIR

DESCARGARANEXOS

DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 2016 de 2021 CREG Abrir documento modal

DOCUMENTO

Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal

BUSCAR

Abrir Índice modal

ÍNDICE

Abrir Memoria modal

MEMORIA

Abrir Desarrollos modal

DESARROLLOS

Abrir Modificaciones modal

MODIFICACIONES

Abrir Concordancias modal

CONCORDANCIAS

Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal

ACTOS DE TRÁMITE

Abrir CONCEPTO 2016 DE 2021

(mayo 12) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Radicado CREG E-2021-004094

Expediente CREG - General N/A Respetado señor XXXXXX: Hemos recibido su consulta, en la cual manifiesta: Asunto: Solicitud concepto de vigencia y aplicación Resolución CREG 072 de 2002. Respetados señores.De acuerdo con el asunto, de la manera más atenta solicitamos nos informen si la Resolución CREG 072 de 2002 continúa vigente, especialmente lo mencionado en el artículo7 "ELABORACIÓN DE PLANES. Las empresas

de servicios públicos deberán tener un Plan de Gestión, para cada una de las actividades del servicio que prestan, de corto (un año), mediano (dos años) y largo plazo (tres años), el cual debe actualizarse anualmente. Dichos planes no estarán sujetos a aprobación dada la modificación introducida por la Ley 689 de 2001 a la Ley 142 de 1994.PARÁGRAFO. Las actividades de los servicios corresponden a las señaladas en el Artículo 4 de esta Resolución. Para las nuevas actividades que surjan como resultado de la regulación que se expida, la CREG indicará en resolución posterior los Indicadores de Gestión que se aplicarán".En caso afirmativo, solicitamos amablemente nos indiquen las resoluciones particulares emitidas por la CREG para dar cumplimiento a lo señalado en el parágrafo anterior, teniendo en cuenta que en el sector de Energía y Gas Combustible las actividades presentaron modificaciones con posterioridad a la publicación de la Resolución Creg 072 de 2002.Por último, solicitamos nos informen cuáles Prestadores están obligados a tener el Plan de Gestión. (sic) Nos permitimos manifestarle que la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene competencia para expedir la regulación de los servicios públicos domiciliarios de electricidad y gas combustible, según las funciones señaladas en las leyes 142 y 143 de 1994, y para emitir conceptos de carácter general y abstracto sobre los temas materia de su regulación. En cuanto a su consulta, le informamos que la Resolución CREG 072 de 2002 continúa vigente. En el Gestor Normativo – Alejandría, podrá encontrar un resumen de las notas de vigencia y el texto completo de esta

[1] resolución . Al respecto de lo señalado en el parágrafo del Artículo 7 Resolución CREG 072 de 2002, la Comisión no ha expedido resoluciones adicionales, por lo que se mantiene la agrupación de actividades descrita en el Artículo 4. En cuanto a su última consulta, el Artículo 1 de la misma Resolución menciona: ARTÍCULO 1o. AMBITO DE APLICACIÓN. La presente resolución aplica a las entidades prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible (…) En este sentido, si desea conocer las empresas activas actualmente, en el aplicativo del RUPS la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, ha dispuesto información de las entidades prestadoras de servicios públicos. Puede acceder a dicho aplicativo a través de la herramienta O3, dispuesta por la SSPD a través del siguiente enlace: http://bi.superservicios.gov.co/o3web/index.jsp Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el numeral 73.24 del Artículo 73 de la Ley 142 de 1994, y en el Artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Cordialmente,

JORGE ALBERTO VALENCIA MARÍN

Director Ejecutivo

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.

1. A través del enlace:

https://gestornormativo.creg.gov.co/gestor/entorno/docs/resolucion_creg_0072_2002.htm Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

×

Consultar sobre este documento ...