CREG - Concepto 21844 de 2002
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
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Detalles
- Título
- CREG - Concepto 21844 de 2002
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2002
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
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Abrir CONCEPTO 1844 DE 2002
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>
Solicitante: INTERCONEXIÓN ELÉCTRICA S.A. E.S.P.
Fecha: 16 de abril de 2002
Radicación: CREG – 3620 de 2002
Tema: Resolución CREG – 061 de 2000.
RESPUESTA: MMECREG – 1844 - 02
PROBLEMA: El solicitante plantea inquietud relacionada con la metodología establecida en la Resolución CREG-061 de 2000, por medio de la cual se establecen normas de calidad aplicables a los Transportes de
Energía Eléctrica en el STN y de conexión al STN., para el cálculo de los indicadores de calidad.- Bogotá D. C., 27 de mayo de 2002
MMECREG-1844
XXXXXXXXXXXXXXX Referencia: Comunicación del 16 de abril de 2002
Radicado CREG-3620 de 2002.
Cordial Saludo XXXXX: En atención a la comunicación del asunto donde solicita: (...)4. En vista de lo anterior, consideramos que la aplicación de la metodología establecida en la Resolución CREG 061 de 200 para el cálculo de los indicadores de calidad, debe diferenciar las desconexiones ocurridas antes de marzo 14, de aquellas ocurridas a partir de dicha fecha, lo cual podría implementarse llevando las primeras a la base de las 15 horas (multiplicando su duración por la relación 15/48 y 15/24 para las bahías de compensación y las bahías de línea/transformación, respectivamente), con el fin de medir las desconexiones anteriores con las metas que estaban vigentes en su momento, que eran las que estaban obligadas a cumplir, y mantener así la proporcionalidad de la duración de cada desconexión con su meta respectiva.
De acuerdo con todo lo anterior, y dado que las Resoluciones CREG 061 de 2000 y CREG 011 de 2002 no definen explícitamente el procedimiento para aplicar las metas establecidas en esta última, atentamente solicitamos su confirmación en relación con nuestra interpretación." Le informamos que, por cuanto los actos administrativos de las autoridades públicas, por regla general, no producen efectos retroactivos; con el fin de aplicar la metodología expuesta en la Resolución CREG 061 de 2000
con las metas establecidas en la Resolución CREG 011 de 2002, se podrá efectuar la proporcionalidad mencionada en su comunicación, evaluando las indisponibilidades de acuerdo con las metas vigentes al momento de ocurrir cada evento. Atentamente, DAVID REINSTEIN Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
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