CREG - Concepto 22426 de 2002
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CREG - Concepto 22426 de 2002
- Autor
- CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2002
GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA
CONTRASTE
AYUDA BUSCAR Concepto 22426 de 2002 CREG
ANOTACIONESANOTACIONES
Reducir Normal Aumentar
COMPARTIR
IMPRIMIR
DESCARGARANEXOS
DatosDATOS BúsquedaBUSCAR ÍndiceÍNDICE MemoriaMEMORIA DesarrollosDESARROLLOS ModificacionesMODIFICACIONES ConcordanciasCONCORDANCIAS NotificacionesNOTIFICACIONES Actos de trámiteACTOS DE TRÁMITE Concepto 22426 de 2002 CREG Abrir documento modal
DOCUMENTO
Abrir Datos modal DATOS Abrir Búsqueda modal
BUSCAR
Abrir Índice modal
ÍNDICE
Abrir Memoria modal
MEMORIA
Abrir Desarrollos modal
DESARROLLOS
Abrir Modificaciones modal
MODIFICACIONES
Abrir Concordancias modal
CONCORDANCIAS
Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal
ACTOS DE TRÁMITE
Abrir CONCEPTO 2426 DE 2002
COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS <NOTA: Concepto bajado de la página de internet de la CREG>
Solicitante: ELECTROCOSTA S.A. E.S.P.
Fecha: 17 de junio de 2002
Radicación: CREG – 5564 de 2002
Tema: Metodología para cargos por uso.
RESPUESTA: MMECREG – 2426 - 02
PROBLEMA: El interesado solicita información sobre la implementación de la segunda etapa de la opción tarifaria ofrecida, la senda de incremento tarifario y la aprobación a las empresas de nuevos cargos y costos a
partir de enero del año 2003.- Bogotá D. C., 16 de julio de 2002
MMECREG-2426
XXXXXXXXXXXXXXX Referencia: Comunicación REG-017.02 del 17 de junio de 2002.
Radicado CREG-5564 del 18 de junio de 2002.
Cordial Saludo XXXXX: En atención a la comunicación del asunto, donde solicita: "(...)comunicarnos sobre la efectiva implementación de la segunda etapa de la opción tarifaria ofrecida, la senda de incremento tarifario, y la aprobación a las empresas de nuevos cargos y costos que deben entrar a regir a partir del 1o de enero de 2003. (...)" Le informo que, en desarrollo de los análisis para la adopción de una nueva metodología para el siguiente periodo de cargos por Uso del STR y SDL, la CREG ha expedido: - La Resolución 080 de 2000, por la cual se sometió a consideración de los agentes, usuarios y terceros interesados los principios generales conceptuales sobre la remuneración en distribución eléctrica. - La Resolución 013 de 2002, mediante la cual se establece la metodología de cálculo y ajuste para la determinación de las tasas de retorno que se utilizarán en las fórmulas tarifarias de la actividad de distribución de energía eléctrica para el próximo período tarifario - La Resolución 046 de 2002, mediante la cual se modifica el artículo 8o de la Res. CREG 099/97, en desarrollo de la actuación iniciada con la Resolución CREG-080 de 2000. - La Circular 019 de 2002, solicitando el reporte de inventarios de activos de distribución antes del 31 de octubre
del presente año. Adicionalmente y, con el objetivo de mantener informados a los agentes y terceros interesados sobre los planes de trabajo previstos para efectuar la propuesta regulatoria de remuneración en las actividades de distribución y comercialización del servicio de energía eléctrica, se expidió la Circular 021 de 2002, adjuntando los cronogramas detallados con los cuales la Comisión expresa su compromiso en desarrollo de dichas tareas. En la página web de la CREG www.creg.gov.co encontrará las Resoluciones, Circulares y cronogramas mencionados. Respecto a la transición tarifaria entre el actual período tarifario y el próximo, le informamos que el Ministerio de Minas y Energía expidió el Decreto 1407 del 9 de julio de 2002, dictando una directriz política en cuanto a la transición de los períodos tarifarios de la actividad de distribución de energía eléctrica. Para lo referente a la implementación de la segunda etapa de la opción tarifaria propuesta mediante la Resolución CREG 159 de 2001, la Comisión actualmente efectúa los análisis pertinentes pero aún no se han tomado determinaciones al respecto. Cuando se efectúen las decisiones respectivas, se harán públicas para su conocimiento y discusión como es costumbre de esta Comisión. Es necesario recordar que de acuerdo con lo establecido en el artículo 126 de la Ley 142 de 1994, vencido el período de vigencia de las fórmulas tarifarias, continuarán rigiendo mientras la comisión no fije las nuevas. Atentamente, RICARDO RAMÍREZ CARRERO Director Ejecutivo (E) Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría
ISBN 978-958-98069-2-0
Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021
×