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CREG - Concepto 2254 de 2007

CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas

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Detalles

Título
CREG - Concepto 2254 de 2007
Autor
CREG - Comisión de Regulación de Energía y Gas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2007

GESTOR NORMATIVO - ALEJANDRÍA

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Abrir Notificaciones modal NOTIFICACIONES Abrir Actos de trámite modal ACTOS DE TRÁMITE Abrir CONCEPTO 2254 DE 2007 <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

COMISIÓN DE REGULACIÓN DE ENERGÍA Y GAS - CREG

Bogotá,

XXXXXXXXXXXXXXX

Asunto: Radicado CREG E-2007-009173

Comunicación recibida por correo electrónico Respetado XXXXX: En su comunicación enviada vía electrónica indica: “Asunto: La Resolución 144 de 2001, en su anexo indica que el porcentaje de AOM reconocido para regulación de los niveles de tensión I y II actualmente es del 4%, solicito si dicha Comisión ha actualizado o modificado

dicho porcentaje” Al respecto, nos permitimos indicar que de acuerdo con la Resolución CREG 082 de 2002, vigente actualmente, el porcentaje de AOM reconocido para el nivel de tensión II es del 4% y para el nivel de tensión I se reconoce un cargo por concepto de AOM en $/kWh. Sin embargo, nos permitimos informarle que actualmente se encuentra publicada en la página WEB de la CREG la Resolución CREG 036 de 2008 “con la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución que pretende adoptar la CREG con el fin de aprobar los principios generales y la metodología para el establecimiento de los cargos por uso de los Sistemas de Transmisión Regional y Distribución Local”, en la cual se propone modificar dichos porcentajes de AOM. Adicionalmente, informamos que la CREG expidió para comentarios la Resolución 122 de 2007 “por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución que pretende adoptar la CREG con el fin de regular el acceso a la infraestructura del servicio de energía eléctrica para la prestación de los servicios de telecomunicaciones, de conformidad con lo establecido en el Artículo 151 de la Ley 1151 de 2007”, en el Artículo 5 de dicho proyecto de Resolución se establece: “ARTÍCULO 5o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga las Resoluciones CREG-144 de 2001 y CREG-060 de 2003 y las demás disposiciones que le sean contrarias”. En los anteriores términos damos por atendida su solicitud. Los conceptos aquí emitidos tienen el alcance previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Cordialmente, HERNÁN MOLINA VALENCIA Director Ejecutivo Ir al inicio Reducir Normal Aumentar IR ARRIBA Gestor Normativo de la Comisión de Regulación de Energía y Gas - Alejandría

ISBN 978-958-98069-2-0

Última actualización: Control de versiones Créditos y reserva de derechos de autor Comisión de Regulación de Energía y Gas CREG - DRA © 2019 a 2021

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